Periódico Oficial Legislativo - Número 126 - Tomo CXLVII del 20-10-2022

PERIÓDICO OFICIAL
ÓRGANO DEL GOBIERNO CONSTITUCIONAL DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE TAMAULIPAS
Periódico Oficial del Estado
TAMAULIPAS
RESPONSABLE
SECRETARÍA GENERAL DE GOBIERNO
Registro Postal publicación periódica
PP28-0009
AUTORIZADO POR SEPOMEX
TOMO CXLVII Victoria, Tam., jueves 20 de octubre de 2022. Número 126
SUMARIO
GOBIERNO FEDERAL
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL UNITARIO AGRARIO
DISTRITO 30
EDICTO al C. Leonardo Coronado Ramírez, del poblado “CENTENARIO DE LA CONSTITUCIÓN”
del municipio de Río Bravo, Tamaulipas, Expediente 156/2020. (2a Publicación)……………… 2
GOBIERNO DEL ESTADO
PODER EJECUTIVO
SECRETARÍA GENERAL
ACUERDO mediante el cual se concede a la licenciada GUILLERMINA REYNOSO OCHOA,
titular de la Notaría Pública número 319, con ejercicio en el Primer Distrito Judicial del
Estado y residencia en Ciudad Victoria, Tamaulipas, licencia para separase de sus
funciones notariales con efectos a partir del cinco de octubre de dos mil veintidós, por el
término de su desempeño en el cargo público como Directora de Asuntos Notariales,
dependiente de la Coordinación General de Legalidad de la Subsecretaría de Legalidad y
Servicios Gubernamentales de la Secretaría General de Gobierno……………………………. 3
INSTITUTO ELECTORAL DE TAMAULIPAS
ACUERDO No. IETAM-A/CG-72/2022 del Consejo General del Instituto Electoral de Tamaulipas,
por el que se aprueba la designación de la persona titular de la Dirección del Secretariado
de este Instituto, a propuesta del Consejero Presidente………………………………………… 4
ACUERDO No. IETAM-A/CG-73/2022 del Consejo General del Instituto Electoral de Tamaulipas,
por el que se aprueba la designación de la persona titular de la Unidad de Igualdad de
Género y No Discriminación de este Instituto, a propuesta del Consejero Presidente………. 16
AVISOS JUDICIALES Y DE INTERÉS GENERAL
Victoria, Tam., jueves 20 de octubre de 2022 Periódico Oficial
Página 2
GOBIERNO FEDERAL
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL UNITARIO AGRARIO
DISTRITO 30
EXPEDIENTE: 156
/
2020
POBLADO:
MUNICIPIO:
ESTADO:
“CENTENARIO DE LA CONSTITUCIÓN”
RÍO BRAVO
TAMAULIPAS
E D I C T O S
LEONARDO CORONADO RAMÍREZ.
Se le hace saber que en los autos del juicio agrario número 156/2020, del índice de este Tribunal Unitario
Agrario Distrito 30, con sede en Ciudad Victoria, Tamaulipas, se ordenó emplazarlo a juicio por edictos, al
haberse agotado su búsqueda a través de las diversas instituciones oficiales de las que se podía haber
recabado su domicilio, por tanto, se ordena el emplazamiento por EDICTOS A LEONARDO CORONADO
RAMÍREZ, en esa circunstancia y toda vez que se desconoce el domicilio del antes aludido, para respetar
su garantía de audiencia en el presente juicio, respecto de la demanda que ejerce AURELIA RAMÍREZ
GALLEGOS, de controversia agraria por la sucesión de los derechos agrarios de quien en vida le
correspondieron a los hoy extintos Roque Ramírez Aguilar y María del Carmen Gallegos Echevarría, en el
ejido “CENTENARIO DE LA CONSTITUCIÓN”, Municipio de Río Bravo, Tamaulipas, consistentes en las
parcelas 135, 162 y 213, por lo que ordeno emplazarlo a juicio por EDICTOS, que se publicarán por dos
veces dentro de un plazo de diez días, en el periódico de mayor circulación en la región en donde
esté ubicado el inmueble relacionado en el procedimiento, en el Periódico Oficial del Gobierno del
Estado de Tamaulipas, en los estrados de la Presidencia Municipal de Río Bravo, Tamaulipas, y de
este Unitario; para que comparezca, conteste, ofrezca pruebas, y haga valer las excepciones que estime
pertinentes, toda vez que de conformidad con el numeral 187 de la Ley Agraria, las partes tienen la carga
de la prueba de los hechos constitutivos de sus pretensiones, y por lo tanto se le previene para que el día
señalado para el desahogo de la audiencia de ley, siendo las DOCE HORAS CON TREINTA MINUTOS
DEL DÍA TREINTA DE NOVIEMBRE DE DOS MIL VEINTIDÓS, ofrezca todas las pruebas que considere
idóneas, en términos del artículo 185, fracciones I y II de la Ley de la materia, bajo apercibimiento que de no
hacerlo así, se tendrá precluído su derecho, sin necesidad de acuse de rebeldía, de conformidad con lo
dispuesto en el numeral 288 de supletorio Código Federal de Procedimientos Civiles. Asimismo, en su
primera comparecencia señale domicilio para oír y recibir notificaciones en esta Ciudad, apercibiéndolo que
de no hacerlo o de no comparecer las subsecuentes notificaciones, aun las de carácter personal, le serán
practicadas por estrados; igualmente, se le hace de su conocimiento que de no asistir a la audiencia de ley,
se tendrán por ciertas las afirmaciones de su contraparte; lo anterior con fundamento en los artículos 173 y
185 de la Ley Agraria...”
Bajo el entendido, que las constancias procesales del emplazamiento, están a su disposición en la
Secretaría de Acuerdos de este órgano jurisdiccional federal.
Ciudad Victoria, Tamaulipas, a trece de mayo de dos mil veintidós.
SECRETARIO DE ACUERDOS
DEL
TRIBUNAL UNITARIO AGRARIO DISTRITO
30
.-
LIC. VÍCTOR
DAVID SANDOVAL ARMAS.- Rúbrica. (2a. Publicación)

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