Periódico Oficial Legislativo - Número 123 - Tomo CXLVI de 2021-10-14

Fecha de Entrada en Vigor15 de Octubre de 2021
PERIÓDICO OFICIAL
ÓRGANO DEL GOBIERNO CONSTITUCIONAL DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE TAMAULIPAS
Periódico Oficial del Estado
TAMAULIPAS
RESPONSABLE
SECRETARÍA GENERAL DE GOBIERNO
Registro Postal publicación periódica
PP28-0009
AUTORIZADO POR SEPOMEX
TOMO CXLVI Victoria, Tam., jueves 14 de octubre de 2021. Número 123
“2021, Año como Centenario de la Constitución Política del Estado de Tamaulipas y Bicentenario de la Consumación de la Independencia de México ”
SUMARIO
GOBIERNO FEDERAL
PODER EJECUTIVO
SECRETARÍA DE SALUD
INSTITUTO DE SALUD PARA EL BIENESTAR
(INSABI)
CONVENIO de Colaboración en Materia de Transferencia de Recursos Presupuestarios Federales con el
Carácter de Subsidios para el Desarrollo de Acciones correspondientes al Programa Presupuestario
E023 “Atención a la Salud” para el Ejercicio Fiscal 2021. (PSP-E023-2021-TAM-28)…………………….. 2
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL UNITARIO AGRARIO
DISTRITO 30
EDICTO al C. Ignacio Arguello Hernández, del poblado “CINCO DE MAYO” del municipio de Soto la Marina,
Tamaulipas, Expediente 257/2019. (2ª. Publicación)…………………………………..…………………..…….. 17
GOBIERNO DEL ESTADO
PODER EJECUTIVO
SECRETARÍA GENERAL
ACUERDO Gubernamental mediante el cual se expide al Licenciado ABRAHAM GONZÁLEZ BENAVIDES, FÍAT
DE NOTARIO PÚBLICO NÚMERO 26…………………………………….……………………………………….. 20
ACUERDO Gubernamental mediante el cual se expide al Licenciado HÉCTOR ARAGÓN GIL, FÍAT DE NOTARIO
PÚBLICO NÚMERO 60……… …………..…………………………………………………………………………. 21
ACUERDO Gubernamental mediante el cual se expide al Licenciado JAIME VILLARREAL GARCÍA, FÍAT DE
NOTARIO PÚBLICO NÚMERO 128………………………………………………………...................................... 22
ACUERDO Gubernamental mediante el cual se expide al Licenciado CARLOS CÓRDOVA GONZÁLEZ,
PATENTE DE ASPIRANTE AL CARGO DE NOTARIO PÚBLICO……………………………………………... 23
ACUERDO Gubernamental mediante el cual se expide al Licenciado JOSÉ LUIS GUTIÉRREZ AGUIRRE,
PATENTE DE ASPIRANTE AL CARGO DE NOTARIO PÚBLICO……………………………………………... 24
SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS
CONVOCATORIA PÚBLICA NACIONAL 041 mediante la cual se convoca a los interesados en participar en
la(s) Licitación(es) de carácter Nacional LPE-N060-2021, para la contratación relativa a: “Programa
2021 de Rehabilitación de Pavimentación, Alumbrado Público, Guarniciones y Banquetas y Diversas
Vialidades Etapa 11, en el Municipio de Tampico, Tamaulipas”……………………………………………... 25
PODER JUDICIAL
H. SUPREMO TRIBUNAL DE JUSTICIA
COMITÉ DE OBRAS PÚBLICAS Y SERVICIOS RELACIONADOS CON LAS MISMAS
CONVOCATORIA mediante la cual se convoca a los interesados en participar en la Licitación de carácter
Nacional LO-032-PJ28COP-E03-2021, para la contratación relativa a: “Supervisión Externa de Obra
para la Construcción de la Ciudad Judicial en Reynosa, Tamaulipas”………..…………………………….. 27
AVISOS JUDICIALES Y DE INTERÉS GENERAL
Victoria, Tam., jueves 14 de octubre de 2021 Periódico Oficial
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GOBIERNO FEDERAL
PODER EJECUTIVO
SECRETARÍA DE SALUD
INSTITUTO DE SALUD PARA EL BIENESTAR
(INSABI)
CONVENIO: PSP-E023-2021-TAM-28
CONVENIO DE COLABORACIÓN EN MATERIA DE TRANSFERENCIA DE RECURSOS PRESUPUESTARIOS
FEDERALES CON EL CARÁCTER DE SUBSIDIOS PARA EL DESARROLLO DE ACCIONES
CORRESPONDIENTES AL PROGRAMA PRESUPUESTARIO E023 “ATENCIÓN A LA SALUD” PARA EL
EJERCICIO FISCAL 2021, EN LO SUCESIVO “EL PROGRAMA”, QUE CELEBRAN POR UNA PARTE EL
INSTITUTO DE SALUD PARA EL BIENESTAR, AL QUE EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ EL
“INSABI”, REPRESENTADO POR EL MTRO. JUAN ANTONIO FERRER AGUILAR, EN SU CARÁCTER DE
DIRECTOR GENERAL, ASISTIDO POR EL DR. JUAN JOSÉ MAZÓN RAMÍREZ, COORDINADOR DE
RECLUTAMIENTO Y DISTRIBUCIÓN DEL PERSONAL DE SALUD, Y POR LA OTRA PARTE, EL
EJECUTIVO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE TAMAULIPAS, AL QUE EN LO SUCESIVO SE LE
DENOMINARÁ “LA ENTIDAD”, REPRESENTADO POR LA C.P. MARÍA DE LOURDES ARTEAGA REYNA,
SECRETARIA DE FINANZAS Y LA DRA. GLORIA DE JESÚS MOLINA GAMBOA, SECRETARIA DE SALUD
Y DIRECTORA GENERAL DEL ORGANISMO PUBLICO DESCENTRALIZADO DENOMINADO SERVICIOS
DE SALUD DE TAMAULIPAS, A QUIENES DE MANERA CONJUNTA SE LES DENOMINARÁ COMO "LAS
PARTES", AL TENOR DE LOS ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLÁUSULAS SIGUIENTES:
A N T E C E D E N T E S
1. La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos reconoce en su artículo 4o, párrafo cuarto, el
derecho humano que toda persona tiene en nuestro país a la protección de la salud, disponiendo que la Ley
definirá las bases y modalidades para el acceso a los servicios de salud, así como un sistema de salud para
el bienestar, con el fin de garantizar la extensión progresiva, cuantitativa y cualitativa de los servicios de salud
para la atención integral y gratuita de las personas que no cuenten con seguridad social.
2. En términos de lo señalado en las fracciones I y II del artículo 2o de la Ley General de Salud, ordenamiento
reglamentario del referido derecho humano, forman parte de las finalidades del derecho a la protección de la
salud, el bienestar físico y mental de la persona, para contribuir al ejercicio pleno de sus capacidades, así
como la prolongación y mejoramiento de la calidad de la vida humana.
3. Conforme a lo señalado en el apartado II. Política Social del Plan Nacional de Desarrollo 2019-2024,
publicado en el Diario Oficial de la Federación el 12 de julio de 2019, al abordarse el tema de salud para toda
la población, el Gobierno Federal realizará las acciones necesarias para garantizar que hacia 2024 todas y
todos los habitantes de México puedan recibir atención médica y hospitalaria gratuita, haciéndose énfasis en
que la atención se brindará de conformidad con los principios de participación social, competencia técnica,
calidad médica, pertinencia cultural, trato no discriminatorio, digno y humano, para lo cual se impulsaría la
creación del “INSABI”, a través del cual, el Gobierno Federal realizará las acciones necesarias para
garantizar que hacia el 2024 todas y todos los habitantes de México puedan recibir atención médica y
hospitalaria gratuita, incluidos el suministro de medicamentos y materiales de curación y los exámenes
clínicos.
4. El Programa Sectorial de Salud 2020-2024, publicado el 17 de agosto de 2020 en el Diario Oficial de la
Federación, que parte de la necesidad de disponer de un sistema único, público, gratuito y equitativo de salud
que garantice el acceso efectivo de toda la población a servicios de salud de calidad; entre sus objetivos
prioritarios establece (i) garantizar los servicios públicos de salud a toda la población que no cuente con
seguridad social y, el acceso gratuito a la atención médica y hospitalaria, así como exámenes médicos y
suministro de medicamentos incluidos en el Compendio Nacional de Insumos para la Salud, y (ii) incrementar
la capacidad humana y de infraestructura en las instituciones que conforman el Sistema Nacional de Salud,
especialmente, en las regiones con alta y muy alta marginación para corresponder a las prioridades de salud
bajo un enfoque diferenciado, intercultural y con perspectiva de derechos.
5. En este contexto, dentro de “EL PROGRAMA” se prevén como objetivos en lo que tiene intervención el
“INSABI”, los relativos a (i) servicios de atención médica dirigidos a las personas sin seguridad social que
asisten al primer nivel de atención médica, y (ii) acciones para la prestación de los servicios de atención
médica dirigidos a las personas sin seguridad social que asisten al primer nivel de atención médica, respecto
de los cuales, se plantea la intervención del “INSABI”. Para el cumplimiento de los mismos es condición
necesaria propiciar en las regiones de alta y muy alta marginación, así como en las zonas de atención
prioritaria a que se refiere el Decreto por el que se formula la Declaratoria de las Zonas de Atención Prioritaria
para el año 2021, publicado el 30 de noviembre de 2020 en el Diario Oficial de la Federación, exista el
personal de salud necesario para garantizar que las personas sin seguridad social que se encuentran en las
mismas, tengan un acceso efectivo a la prestación de los servicios de salud que requieren.
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D E C L A R A C I O N E S
I. El “INSABI” declara que:
I.1. De conformidad con los artículos 90 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 1o, párrafo
tercero, 3o, fracción I y 45 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y 77 bis 35 de la Ley
General de Salud es un Organismo Descentralizado de la Administración Pública Federal sectorizado en la
Secretaría de Salud, cuyo objeto es proveer y garantizar la prestación gratuita de servicios de salud,
medicamentos y demás insumos asociados a las personas sin seguridad social, así como impulsar, en
coordinación con la Secretaría de Salud en su calidad de órgano rector, acciones orientadas a lograr una
adecuada integración y articulación de las instituciones públicas del Sistema Nacional de Salud.
I.2. De conformidad con el artículo 77 bis 35, fracción II de la Ley General de Salud, tiene entre sus funciones
celebrar y proponer convenios y demás instrumentos jurídicos de coordinación y colaboración con las
instituciones de salud públicas, entidades federativas y municipios, para asegurar el cumplimiento de su objeto.
I.3. El Mtro. Juan Antonio Ferrer Aguilar, en su carácter de Director General, cuenta con las facultades necesarias
para la celebración del presente Convenio de Colaboración, de conformidad con lo dispuesto por los artículos
77 bis 35 B, fracción II y 77 bis 35 G, párrafo segundo de la Ley General de Salud y 22 fracción I y 59, fracción I
de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales, quien acredita su cargo con copia del nombramiento
respectivo. ANEXO A.
I.4. Participa en la celebración del presente instrumento jurídico, en asistencia del Director General de “INSABI”,
el Dr. Juan José Mazón Ramírez, Coordinador de Reclutamiento y Distribución del Personal de Salud, en
virtud de las atribuciones que se le confieren en el artículo Trigésimo noveno del Estatuto Orgánico del
Instituto de Salud para el Bienestar, quien acredita su cargo con copia del nombramiento respectivo. ANEXO
B.
I.5. Para los efectos legales relacionados con este Convenio de Colaboración, señala como domicilio el ubicado en
calle Gustavo E. Campa número 54, colonia Guadalupe Inn, Demarcación Territorial Álvaro Obregón, Ciudad
de México. C.P. 01020.
II. “LA ENTIDAD” declara que:
II.1. Forma parte de la Federación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 40, 42, fracción I y 43 de
la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y artículo 1 de la Constitución Política del
Estado de Tamaulipas.
II.2. La Secretaría de Finanzas, es una Dependencia de la Administración Pública Estatal de conformidad
con lo establecido en el artículo 93 de la Constitución Política del Estado de Tamaulipas, así como en el
artículo 23, fracción III y 26, fracción XXVI, de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado
de Tamaulipas.
II.3. La C.P. María de Lourdes Arteaga Reyna, Secretaria de Finanzas, en representación del Titular
del Ejecutivo del Estado de Tamaulipas, tiene la competencia y legitimidad suficiente y necesaria para
suscribir el presente Convenio Específico, según se desprende de lo previsto en los artículos 21 punto 1
de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Tamaulipas y el artículo 2° del
Reglamento Interno de la Secretaría de Finanzas, cargo que queda debidamente acreditado con la
copia de su nombramiento de fecha 01 de julio del 2017, expedido por el Lic. Francisco Javier García
Cabeza de Vaca, Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Tamaulipas, cargo que
acredita con copia del nombramiento respectivo. Anexo C.
II.4. La Secretaría de Salud, es una Dependencia de la Administración Pública Estatal, de conformidad con
lo establecido en los artículos 93 de la Constitución Política del Estado de Tamaulipas, así como el
artículo 23 fracción XII y 35, fracción III de la de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado
de Tamaulipas.
II.5. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 35, fracción VII de la Ley Orgánica de la Administración
Pública del Estado de Tamaulipas, a la Secretaría de Salud le corresponde organizar y operar en el
Estado.
II.6. La Dra. Gloria de Jesús Molina Gamboa, Secretaria de Salud y Directora General del Organismo
Público Descentralizado (O.P.D.) denominado Servicios de Salud de Tamaulipas, tiene la
competencia y legitimidad suficiente y necesaria para suscribir el presente Convenio, según se
desprende de lo previsto en los artículos 21 punto 1, 23 fracción XII y 35 fracciones I, III y IV de la Ley
Orgánica de la Administración Pública del Estado de Tamaulipas y los artículos 1°, 2° y 11 del Decreto
Gubernamental mediante el cual fue creado el Organismo Público Descentralizado Servicios de Salud
de Tamaulipas, publicado el 27 de febrero de 1999, reformado mediante Decreto Gubernamental
publicado el 07 de febrero del 2013, cargo que queda debidamente acreditado con la copia de su
nombramiento de fecha 20 de abril del 2017, expedido por el Lic. Francisco Javier García Cabeza de
Vaca, Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Tamaulipas, cargos que quedan
debidamente acreditados con la copia de sus nombramientos. Anexo D.

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