Periódico Oficial Legislativo - Número 43 - Tomo CXLVI de 2021-04-13

Fecha de Entrada en Vigor30 de Abril de 2021
PERIÓDICO OFICIAL
ÓRGANO DEL GOBIERNO CONSTITUCIONAL DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE TAMAULIPAS
Periódico Oficial del Estado
TAMAULIPAS
RESPONSABLE
SECRETARÍA GENERAL DE GOBIERNO
Registro Postal publicación periódica
PP28-0009
AUTORIZADO POR SEPOMEX
TOMO CXLVI Victoria, Tam., martes 13 de abril de 2021. Número 43
SUMARIO
GOBIERNO FEDERAL
PODER EJECUTIVO
SECRETARÍA DE SALUD
INSTITUTO DE SALUD PARA EL BIENESTAR
(INSABI)
CONVENIO de
Colaboración e
n
Materia d
e
Transferencia d
e Recursos para
la
ejecución del
Programa Seguro Médico Siglo
XXI
que celebran, por una parte
el
Instituto de Salud para el
Bienestar; y por otra parte el Ejecutivo del Estado Libre y Soberano d
e
Tamaulipas……………
2
GOBIERNO DEL ESTADO
PODER EJECUTIVO
SECRETARÍA GENERAL
R. AYUNTAMIENTO REYNOSA, TAM.
CONVOCATORIA No. 008-2021 mediante la cual se convoca a las personas físicas y morales a
participar en las Licitaciones Públicas: 57057002-038-2021, 57057002-039-2021 y 57057002-
040-2021 para Construcción de Ampliación del Edificio del Archivo Municipal, Rehabilitación de
secciones dañadas del Dren Pluvial de las Mujeres y Rehabilitación y Desazolve de canal
pluvial en calle, que se llevarán a cabo en la ciudad de Reynosa, Tamaulipas…………………… 23
CONVOCATORIA No. 009-2021 mediante la cual se convoca a las personas físicas y morales a
participar en las Licitaciones Públicas: 57057002-041-2021 y 57057002-042-2021 para
Construcción y Equipamiento de la segunda etapa del Centro de Manejo Integral de
Residuos Sólidos Urbanos y Rehabilitación de Sistema de drenaje en calle, que se llevarán
a cabo en la ciudad de Reynosa, Tamaulipas……………………………………………………….. 24
CONVOCATORIA No. 010-2021 mediante la cual se convoca a las personas físicas y morales a
participar en la Licitación Pública: 57057002-043-2021 para Pavimentación Hidráulica de
calle, que se llevará a cabo en la ciudad de Reynosa, Tamaulipas………………………………... 26
AVISOS JUDICIALES Y DE INTERÉS GENERAL
Victoria, Tam., martes 13 de abril de 2021 Periódico Oficial
Página 2
GOBIERNO FEDERAL
PODER EJECUTIVO
SECRETARÍA DE SALUD
INSTITUTO DE SALUD PARA EL BIENESTAR
(INSABI)
CONVENIO DE
COLABORACIÓN
EN
MATE
R
I
A
DE
TRANSFERENCIA
DE RECURSOS PARA
LA
EJECUCIÓN DEL PROGRAMA SEGURO MÉDICO SIGLO
XXI
QUE CELEBRAN, POR UNA PARTE
EL
INSTITUTO DE SALUD PARA EL BIENESTAR,
REPRESENTADA
POR SU DIRECTOR GENERAL,
EL
MTRO. JUAN ANTONIO FERRER AGUILAR, EN ADELANTE SE LE
DENOMINARÁ
“EL
INSABI”
ASISTIDO POR EL MTRO. JOAQUÍN VALENTE PAREDES NARANJO, COORDINADOR
DE
FINANCIAMIENTO
Y POR EL DR. ADALBERTO JAVIER SANTAELLA SOLÍS,
COORDINADOR DE
ABASTO; Y POR OTRA PARTE EL EJECUTIVO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO
DE
TAMAULIPAS,
REPRESENTADO
POR LA
C.P
.
MARÍA DE LOURDES ARTEAGA
REYNA,
SECRETARIA
DE FINANZAS
Y POR LA DRA. GLORIA DE JESÚS MOLINA GAMBOA,
SECRETARIA
DE SALUD DE TAMAULIPAS Y
DIRECTORA GENERAL DEL ORGANISMO
PÚBLICO
DESCENTRALIZADO
SERVICIOS DE SALUD DE
TAMAULIPAS;
A QUIENES EN LO SUCESIVO
SE
LE DENOMINARÁ “EL ESTADO” Y CUANDO ACTÚEN
DE MANERA CONJUNTA LOS
QUE
SUSCRIBEN ESTE
INSTRUMENTO,
SE LES DENOMINARÁ “LAS
PARTES”, CONFORME A
LOS
ANTECEDENTES, DECLARACIONES
Y CLÁUSULAS
SI
GUIENTES:
ANTECEDENTES
1. La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece en su artículo 4o., párrafos cuarto y
noveno, el derecho humano de toda persona a la protección de la salud, disponiendo que la Ley, definirá las
bases y modalidades para el acceso a los servicios de salud, así como el derecho que tienen los niños y las
niñas a la satisfacción de sus necesidades de salud.
2. La promoción de la salud de los niños representa un objetivo estratégico para todo Estado que pretenda
construir una sociedad sana, justa y desarrollada. La condición de salud de los niños afecta de manera
importante el rendimiento educativo de los escolares, y éste, a su vez, tiene un efecto significativo en la salud
y la capacidad productiva en la edad adulta, es decir, la salud de los primeros años determina las condiciones
futuras de esa generación.
3. El Plan Nacional de Desarrollo 2019-2024, en su apartado II, Política Social “Instituto Nacional de Salud
para el Bienestar”, señala que el gobierno federal realizará las acciones necesarias para garantizar que
hacia 2024 todas y todos los habitantes de México puedan recibir atención médica y hospitalaria gratuita,
incluidos el suministro de medicamentos y materiales de curación y los exámenes clínicos.
4. El Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2020, en su Anexo 25 establece al
Programa Seguro Médico Siglo XXI, en lo sucesivo “EL PROGRAMA”, como uno de los que deben
sujetarse a Reglas de Operación, mediante el cual el Gobierno Federal continuará en dicho ejercicio fiscal, las
acciones conducentes que aseguren la cobertura de servicios de la salud de todos los niños en el país, ya
que operará en todas las localidades del territorio nacional financiando la atención médica completa e integral
a los niños beneficiarios que no cuentan con ningún tipo de seguridad social.
5. Con fecha 28 de diciembre de 2019 se publicaron en el Diario Oficial de la Federación las Reglas de
Operación del Programa Seguro Médico Siglo XXI para el Ejercicio Fiscal 2020, en lo sucesivo “LAS
REGLAS DE OPERACIÓN”.
6. El objetivo específico de “EL PROGRAMA” consiste en otorgar el financiamiento para que la población
menor de cinco años de edad sin derechohabiencia en alguna institución de seguridad social cuente con un
esquema de aseguramiento en salud de atención médica y preventiva, complementaria a la contenida en el
Fondo de Salud para el Bienestar (FSB).
DECLARACIONES
l. “EL INSABI” declara que:
I.1. Es un Organismo Descentralizado con personalidad jurídica y patrimonio propio sectorizado a la Secretaría
de Salud en términos del artículo 77 bis 35 de la Ley General de Salud.
I.2. El Director General del Instituto de Salud para el Bienestar tiene la facultad y legitimación para suscribir el
presente Convenio, según se desprende de lo previsto en los artículos 77 bis 35, fracción II, 77 bis 35 B,
fracción II, 77 bis 35 G de la Ley General de Salud y 22, fracción I y II y 59, fracción I de la Ley Federal de
las Entidades Paraestatales, cargo que se acredita con nombramiento de fecha 30 de noviembre de 2019,
expedido por el Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, Lic. Andrés Manuel López Obrador.
Periódico Oficial Victoria, Tam., martes 13 de abril de 2021 Página 3
I.3. Cuenta con atribuciones para proveer y garantizar la prestación gratuita de servicios de salud, medicamentos
y demás insumos asociados a las personas sin seguridad social, así como impulsar en coordinación con la
Secretaría de Salud en su calidad de Órgano Rector, acciones orientadas a lograr una adecuada
integración y articulación de las instituciones públicas del Sistema Nacional de Salud.
I.4. Para llevar a cabo el objetivo de “EL PROGRAMA”, realizará la transferencia de recursos federales a las
Entidades Federativas de conformidad con lo que establece la Ley Federal de Presupuesto y
Responsabilidad Hacendaria, en sus artículos 74 y 75, en el sentido de que el Ejecutivo Federal, por
conducto de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, autorizará la ministración de los subsidios y
transferencias con cargo a los presupuestos de las dependencias, mismos que se otorgarán y ejercerán
conforme a las disposiciones generales aplicables. Dichas transferencias y subsidios deberán sujetarse a
los criterios de objetividad, equidad, transparencia, publicidad, selectividad y temporalidad que en la Ley
citada se señalan.
I.5. Cuenta con recursos presupuestales autorizados en el Presupuesto de Egresos de la Federación para hacer
frente a las obligaciones derivadas de la suscripción del presente instrumento.
I.6. Para efectos del presente Convenio señala como domicilio el ubicado en la Calle Gustavo E. Campa,
número 54, colonia Guadalupe lnn, Demarcación Territorial Álvaro Obregón, C.P. 01020, en la Ciudad de
México.
II. “EL ESTADO” declara que:
II.1. Es un Estado Libre y Soberano que forma parte integrante de la Federación y que el ejercicio de su Poder
Ejecutivo se deposita en el Gobernador del Estado, conforme a lo dispuesto por los artículos 40, 42 fracción
I y 43 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, con las atribuciones y funciones que le
confieren la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Constitución Política del Estado Libre
y Soberano de Tamaulipas y la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Tamaulipas.
II.2. La Secretaria de Salud y Directora General de Organismo Público Descentralizado denominado Servicios de
Salud de Tamaulipas comparece a la suscripción del presente Convenio, de conformidad con los artículos
21 punto 1, 23 fracción XII y 35, de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Tamaulipas,
cargo que quedó debidamente acreditado con nombramiento de fecha 20 de abril del año 2017, expedido
por el Lic. Francisco Javier García Cabeza de Vaca, Gobernador Constitucional del Estado de Tamaulipas.
II.3. La Secretaria de Finanzas, comparece a la suscripción del presente Convenio de conformidad con los
artículos 21, punto 1 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Tamaulipas y 2 del
Reglamento Interno de la Secretaría de Finanzas, cargo que quedó debidamente acreditado con
nombramiento de fecha 1 de julio del año 2017, expedido por el Lic. Francisco Javier García Cabeza de
Vaca, Gobernador Constitucional del Estado de Tamaulipas y participa con carácter de “RECEPTOR DE
LOS RECURSOS”.
II.4. Para los efectos de este Convenio se considera como “UNIDAD EJECUTORA DE LOS RECURSOS” al
Organismo Público Descentralizado denominado Servicios de Salud de Tamaulipas; (así como también se
le conocerá como “LOS SESA’S”).
II.5. Sus prioridades para alcanzar los objetivos pretendidos a través del presente instrumento son: garantizar el
acceso efectivo y la continuidad en la prestación de servicios de salud con la calidad que demanda la
población en condiciones según corresponda, a través de la transferencia de recursos federales para el
apoyo económico para el pago de intervenciones cubiertas por el Seguro Médico Siglo XXI.
II.6. Para efectos del presente Convenio señala como su domicilio el ubicado en: Avenida Francisco I Madero
No. 414, Zona Centro C.P. 87000, en Cuidad Victoria Tamaulipas.
II.7. Que cuenta con Dictamen de Acreditación vigente expedido por la Secretaría de Salud.
III. “LAS PARTES” declaran que:
III.1. “EL PROGRAMA” es federal, público y su costo es cubierto mediante un subsidio federal proveniente de
recursos presupuestarios autorizados en el Presupuesto de Egresos de la Federación (PEF) para el
Ejercicio Fiscal 2020, que complementan los recursos que las entidades federativas reciben de la
Federación vía Ramo 12 y del Fondo de Aportaciones para los Servicios de Salud del Ramo 33, destinados
a la prestación de servicios médicos.
III.2. Están de acuerdo en celebrar el presente Convenio de Colaboración en Materia de Transferencia de
Recursos para la Ejecución de “EL PROGR AMA”, conforme a las estipulaciones que contienen las
siguientes:
CLÁUSULAS
PRIMERA.- OBJETO. El presente Convenio de Colaboración tiene por objeto que “EL INSABI” transfiera a “EL
ESTADO” recursos presupuestarios federales destinados a “EL PROGRAMA”, por concepto de “Apoyo
económico para el pago de atenciones cubiertas por el Seguro Médico Siglo XXI” en términos de lo
establecido en “LAS REGL AS DE OPERACIÓN” de acuerdo con la disponibilidad presupuestaria.

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