Periódico Oficial Legislativo - Número 085 - Tomo CXLI de 2016-07-19

Fecha de Entrada en Vigor21 de Febrero de 2017
PERIÓDICO OFICIAL
ÓRGANO DEL GOBIERNO CONSTITUCIONAL DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE TAMAULIPAS
Periódico Oficial del Estado
TAMAULIPAS
RESPONSABLE
SECRETARÍA GENERAL DE GOBIERNO
Registro Postal publicación periódica
PP28-0009
AUTORIZADO POR SEPOMEX
TOMO CXLI Victoria, Tam., martes 19 de julio de 2016. Número 85
SUMARIO
GOBIERNO FEDERAL
PODER EJECUTIVO
SECRETARÍA DE MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES
DECRETO por el que se reforman diversas disposiciones de la Ley General de Cambio Climático 2
SECRETARÍA DE ECONOMÍA
DECRETO por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley de la Propi edad
Industrial……………………………………………………………………………………………… 2
GOBIERNO DEL ESTADO
PODER EJECUTIVO
SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS
CONVOCATORIA Pública Nacional 009, referente a la Licitación LPE-N11-2016, para la contratación
de “Rehabilitación y mantenimiento de equipos electromecánicos de la obra de toma, rebombeo 1, 2 y
la normal del acueducto Guadalupe Victoria, en el municipio de Victoria, Tamaulipas.”...................... 4
AVISOS JUDICIALES Y DE INTERÉS GENERAL
Victoria, Tam., martes 19 de julio de 2016 Periódico Oficial
Página 2
GOBIERNO FEDERAL
PODER EJECUTIVO
SECRETARÍA DE MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES
DECRETO por el que se reforman diversas disposiciones de la Ley General de Cambio Climático.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia de la República.
ENRIQUE PEÑA NIETO, Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, a sus habitantes sabed:
Que el Honorable Congreso de la Unión, se ha servido dirigirme el siguiente
DECRETO
"EL CONGRESO GENERAL DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, D E C R E T A:
SE REFORMAN DIVERSAS DISPOSICIONES DE LA LEY GENERAL DE CAMBIO CLIMÁTICO.
Artículo Úni co.- Se reforman las fracciones VII del artículo 28 y II del artículo 30 de la Ley General de Cambio
Climático, para quedar como sigue:
Artículo 28. ...
I. a VI. ...
VII. Ordenamiento ecológico del territorio, desplazamiento interno de personas provocado por fenómenos
relacionados con el cambio climático, asentamientos humanos y desarrollo urbano;
VIII. y IX. ...
Artículo 30. ...
I. ...
II. Utilizar la información contenida en los atlas de riesgo para la elaboración de los planes de desarrollo urbano,
reglamentos de construcción y ordenamiento territorial de las entidades federativas y municipios; y para prevenir
y atender el posible desplazamiento interno de personas provocado por fenómenos relacionados con el cambio
climático;
III. a XXIII. ...
Transitorio
Único.- El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la
Federación.
Ciudad de México, a 27 de abril de 2016.- Sen. Roberto Gil Zuarth, Presidente.- Dip. José de Jesús Zambrano
Grijalva, Presidente.- Sen. Luis Humberto Fernández Fuentes, Secretario.- Dip. Ana Guadalupe Perea
Santos, Secretaria.- Rúbricas."
En cumplimiento de lo dispuesto por la fracción I del Artículo 89 de la Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos, y para su debida publicación y observancia, expido el presente Decreto en la Residencia del Poder
Ejecutivo Federal, en la Ciudad de México, a veintisiete de mayo de dos mil dieciséis.- Enrique Peña Nieto.-
Rúbrica.- El Secretario de Gobernación, Miguel Ángel Osorio Chong.- Rúbrica.
SECRETARIA DE ECONOMÍA
DECRETO por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley de la Propiedad
Industrial.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia de la República.
ENRIQUE PEÑA NIETO, Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, a sus habitantes sabed:
Que el Honorable Congreso de la Unión, se ha servido dirigirme el siguiente
DECRETO
"EL CONGRESO GENERAL DE LOS ESTADOS UNI DOS MEXICANOS, DECRETA:
SE REFORMAN Y ADICIONAN DIVERSAS DISPOSICIONES DE LA LEY DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL.
Artículo Úni co.- Se reforman los artículos 6o., fracción X, segundo párrafo; 7 Bis 1; 8o., 119, 120, 123 y 181,
tercer párrafo, y se adiciona el artículo 125, con un tercer párrafo, de la Ley de la Propiedad Industrial, para
quedar como sigue:
Artículo 6o.- ...
I.- a IX.- ...
X.- ...

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