Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Guerrero del 2023-04-18

Fecha de publicación18 Abril 2023
Número de Gaceta31
Precio del Ejemplar: $ 22.13
CONTENIDO
PODER EJECUTIVO
ACUERDO POR EL QUE SE CREA EL PROGRAMA
PENSIÓN GUERRERO, Y SE EMITEN SUS
REGLAS DE OPERACIÓN................
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Chilpancingo de los Bravo, Guerrero, Martes 18 de Abril de 2023
Año CIV Edición No. 31 Alcance V
2 P ERIÓ DIC O O FIC IAL DEL ES TAD O DE GU ERR ERO Mart es 18 de A bri l de 20 23
Edición No. 31 Alcance V
PODER EJECUTIVO
ACUERDO POR EL QUE SE CREA EL PROGRAMA PENSIÓN GUERRERO, Y SE
EMITEN SUS REGLAS DE OPERACIÓN.
Al margen un sello con el Escudo Oficial que dice: Gobierno
del Estado Libre y Soberano de Guerrero.- Poder Ejecutivo.
MAESTRA EVELYN CECIA SALGADO PINEDA, GOBERNADORA
CONSTITUCIONAL DEL ESTADO DE GUERRERO, CON FUNDAMENTO EN LO
DISPUESTO POR LOS ARTÍCULOS 71, 87, 88 Y 90 NUMERAL 2 Y 91
FRACCIONES I, VI, IX Y XLVI DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL
ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE GUERRERO; 47 FRACCIÓN I DE LA LEY DE
COORDINACIÓN FISCAL, Y EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE ME
CONFIEREN LOS ARTÍCULOS 1, 2, 4, 8, 9, 16, 22 APARTADO A FRACCIÓN
I, 23 FRACCIÓN III Y 46 DE LA LEY ORGÁNICA DE LA ADMINISTRACIÓN
PÚBLICA DEL ESTADO DE GUERRERO NÚMERO 242; 1, 2 FRACCIÓN I, 18
Y 25 DE LA LEY NÚMERO 454 DE PRESUPUESTO Y DISCIPLINA FISCAL
DEL ESTADO DE GUERRERO; 2, 3, 59 Y 60 DE LA LEY NÚMERO 375 DE
LOS DERECHOS DE LAS PERSONAS ADULTAS MAYORES DEL ESTADO DE
GUERRERO; EN RELACIÓN CON EL ARTÍCULO 47 Y ANEXO 23 (P38) Y 23-
A DEL DECRETO NÚMERO 424 DEL PRESUPUESTO DE EGRESOS DEL ESTADO
DE GUERRERO PARA EL EJERCICIO FISCAL 2023, Y LOS LINEAMIENTOS
PARA LA ELABORACIÓN DE LAS REGLAS DE OPERACIÓN DE LOS PROGRAMAS
SOCIALES ESTATALES PARA EL PERIODO 2022-2027.
C O N S I D E R A N D O
Que el Plan Estatal de Desarrollo 2022-2027, Eje 1.
Bienestar, Desarrollo Humano y Justicia Social, Objetivo 1.3.
Disminuir las desigualdades a través de la atención a grupos
vulnerables; a la Estrategia 1.3.2. Atención prioritaria a
grupos vulnerables con la Línea de acción 1.3.2.5. Mejorar el
nivel de bienestar y envejecimiento digno de los Adultos Mayores
de 63 a 64 años 11 meses a través de apoyos y acciones orientadas
a satisfacer sus necesidades básicas.
Que en la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible se
alinea en el Objetivo 1. “Fin a la pobreza” en su meta 1.1.
“Erradicar para todas las personas y en todo el mundo la pobreza
extrema. Se considera que sufren pobreza extrema las personas
que viven con menos de 1,25 dólares al día” con el indicador
1.1.1. Proporción de la población que vive por debajo del umbral
internacional de la pobreza, desglosada por sexo, edad,
situación laboral y ubicación geográfica (urbana o rural).
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Edición No. 31 Alcance V
Que es responsabilidad de la administración pública
estatal, que la planeación y aplicación de las políticas
públicas se adecúen a los principios, objetivos y programas,
así como a los compromisos internacionales adquiridos por el
gobierno mexicano, con respecto a los derechos de las Personas
Adultas Mayores.
Que uno de los compromisos de la titular del ejecutivo
estatal con la ciudadanía guerrerense, al asumir y tomar
protesta como Gobernadora Constitucional del Estado es, lograr
un Guerrero de tranquilidad, de paz y de justicia, que permitan
consolidar el crecimiento económico y estabilidad social de las
Personas Adultas Mayores de nuestro estado.
Que la Ley Número 375 de los Derechos de las Personas
Adultas Mayores del estado de Guerrero establece garantizar las
condiciones para que las personas adultas mayores gocen de una
calidad de vida digna, productiva dentro y fuera del seno
familiar.
Que la citada Ley Número 375 fundamenta la creación del
Instituto Guerrerense para la Atención Integral de las Personas
Adultas Mayores IGATIPAM, como Organismo Público
Descentralizado de la Administración Pública Estatal, con
personalidad jurídica y patrimonio propio y autonomía técnica
de gestión para el cumplimiento de sus atribuciones, objetivos
y fines, con domicilio en la ciudad de Chilpancingo de los
Bravo, Guerrero, misma que en su artículo 38 refiere que el
IGATIPAM es rector responsable de la formulación, desarrollo,
ejecución, evaluación y vigilancia de la política pública
estatal de las y los adultos mayores, que forma parte
prioritaria de la política para el Desarrollo Social, cuyo
objeto es coordinar, promover, apoyar, vigilar y evaluar las
acciones públicas, estrategias y programas que se deriven de
ella, y será el enlace con los Organismos Nacionales y
Municipales afines en la materia.
Que el Decreto Número 424 del Presupuesto de Egresos del
Estado de Guerrero para el Ejercicio Fiscal 2023, publicado en
el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Guerrero No.
103 de fecha 27 de diciembre del 2022, señala que se ejercitarán
los recursos bajo una política de gasto público, que permita
dar cumplimiento a lo que globalmente prevén las dimensiones,
ejes temáticos, objetivos, estrategias y líneas de acción del
Plan Estatal de Desarrollo 2022-2027 orientados a los sectores,
municipios y comunidades del estado de Guerrero.

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