Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Guerrero del 2022-08-03. Edición Extraordinaria II

Fecha de publicación03 Agosto 2022
Precio del Ejemplar: $22.13
CONTENIDO
PODER EJECUTIVO
ACUERDO POR EL QUE SE CREA EL PROGRAMA
DEFENSA Y ACOMPAÑAMIENTO JURÍDICO
PARA EL BIENESTAR DE LOS PUEBLOS
INDÍGENAS Y AFROMEXICANO, Y SE
EMITEN SUS REGLAS DE OPERACIÓN PARA
EL EJERCICIO FISCAL 2022...........
ACUERDO POR EL QUE SE CREA EL PROGRAMA
ATENCIÓN INTEGRAL PARA LOS PUEBLOS
INDÍGENAS Y AFROMEXICANO, Y SE
EMITEN SUS REGLAS DE OPERACIÓN PARA
EL EJERCICIO FISCAL 2022...........
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Chilpancingo de los Bravo, Guerrero, Miércoles 03 de Agosto de 2022
Año CIII Edición Extraordinaria II
2 P ERIÓ DIC O OFIC IAL DEL ES TAD O DE GU ERR ERO Miér col es 03 d e A gost o d e 2 022
Edición Extraordinaria II
PODER EJECUTIVO
ACUERDO POR EL QUE SE CREA EL PROGRAMA DEFENSA Y ACOMPAÑAMIENTO
JURÍDICO PARA EL BIENESTAR DE LOS PUEBLOS INDÍGENAS Y
AFROMEXICANO, Y SE EMITEN SUS REGLAS DE OPERACIÓN PARA EL
EJERCICIO FISCAL 2022.
Al margen un sello con el Escudo Oficial que dice: Gobierno
del Estado Libre y Soberano de Guerrero.- Poder Ejecutivo.
MAESTRA EVELYN CECIA SALGADO PINEDA, GOBERNADORA
CONSTITUCIONAL DEL ESTADO DE GUERRERO, CON FUNDAMENTO EN LO
DISPUESTO POR LOS ARTÍCULOS 71, 87, 88 PÁRRAFO PRIMERO, 90 NUMERAL
2 Y 91 FRACCIONES I, VI, IX Y XLVI DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL
ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE GUERRERO, Y EN EJERCICIO DE LAS
FACULTADES QUE ME CONFIEREN LOS ARTÍCULOS 2, 3, 6, 7, 10, 18
APARTADO A FRACCIONES I Y XIV, 20 FRACCIÓN I Y 32 DE LA LEY ORGÁNICA
DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL ESTADO DE GUERRERO 08; 1, 2
FRACCIÓN I, 18 Y 25 DE LA LEY NÚMERO 454 DE PRESUPUESTO Y
DISCIPLINA FISCAL DEL ESTADO DE GUERRERO; 7 DE LA LEY NÚMERO 701
DE RECONOCIMIENTO, DERECHOS Y CULTURA DE LOS PUEBLOS Y
COMUNIDADES INDÍGENAS DEL ESTADO DE GUERRERO; EN RELACIÓN CON EL
ARTÍCULO 57 Y ANEXOS 21 (E14) Y 21-A (E14) DEL DECRETO NÚMERO 160
DEL PRESUPUESTO DE EGRESOS DEL ESTADO DE GUERRERO PARA EL EJERCICIO
FISCAL 2022 Y LOS LINEAMIENTOS PARA LA ELABORACIÓN DE LAS REGLAS
DE OPERACIÓN DE LOS PROGRAMAS SOCIALES ESTATALES PARA EL PERIODO
2022-2027.
C O N S I D E R A N D O
Que el Plan Nacional de Desarrollo 2019-2024 en el apartado
de Política y Gobierno incluye Recuperar el Estado de Derecho y
Libertad e Igualdad, reconoce y respeta las atribuciones y
facultades que el marco legal del país otorga a las comunidades
indígenas.
Que la Constitución Política del Estado Libre y Soberano
de Guerrero reconoce y garantiza los derechos de los pueblos
indígenas y afromexicanos.
Que el gobierno del estado de Guerrero tiene entre sus
prioridades atender a los pueblos originarios y afromexicanos,
el cual tiene como objetivo y metas, otorgar apoyos en casos de
emergencia a la población indígena y afromexicana, además de
brindar protección a las y los jornaleros agrícolas migrantes
que se encuentran en tránsito hacia los campos de trabajo. La
Mi érco les 03 de Ago sto de 20 22 P ERI ÓDIC O O FICIAL DE L E STAD O D E GU ERR ERO 3
Edición Extraordinaria II
población indígena y afromexicana representa el sector social
del país y del estado de Guerrero con mayores rezagos,
principalmente en lo que se refiere a ingresos económicos, lo
cual influye de manera relevante para que el 40% de la población
indígena y afromexicana del estado se ubique en el rango de
pobreza extrema.
Que estas difíciles condiciones de vida, sitúan a un vasto
número de personas indígenas y afromexicanas en una situación de
riesgo, principalmente cuando al interior de las familias se
presentan episodios de emergencia, ya sea por casos de enfermedad,
muerte, desastres naturales o fenómenos meteorológicos. Con el
Programa Atención Integral para los Pueblos Indígenas y
Afromexicano, el gobierno del estado, a través de la Secretaría
de Asuntos Indígenas y Afromexicanos, brinda diferentes apoyos a
las personas y familias que no cuentan con recursos para enfrentar
eventualidades o imprevistos, que pueden conducirlas a
endeudamientos o pérdida de su exiguo patrimonio. Así también el
Programa atiende algunas emergencias comunitarias,
específicamente las relacionadas con el apoyo a viviendas
precarias, dotación de utensilios y mobiliario a las casas de la
mujer indígena y atención al medio ambiente; de igual manera, se
brinda apoyo al comedor comunitario de la unidad de servicios
integrales de la ciudad de Tlapa de Comonfort, que atiende a
jornaleros agrícolas, migrantes indígenas, que se encuentran en
tránsito a los campos de trabajo.
Que mediante la Ley Orgánica de la Administración Pública
del Estado de Guerrero Número 433, publicada en el Periódico
Oficial del Gobierno del Estado el 12 de octubre de 1999, se
crea la Secretaría de Asuntos Indígenas, con el propósito de
proteger y preservar los derechos y cultura de las comunidades
indígenas, así como para dar seguimiento a la aplicación y
operación de los programas y acciones de las dependencias
federales, estatales y municipales, dirigidos a promover el
desarrollo integral de las y los indígenas, correspondiéndole
el despacho entre otros asuntos, el de promover el respeto de
los derechos, lengua y cultura de las comunidades indígenas.
Que con la reforma del 28 de agosto de 2018 de la citada
Ley Orgánica, en su artículo 32 establece que la Secretaría de
Asuntos Indígenas y Afromexicanos, es la encargada de establecer
y conducir las acciones encaminadas a preservar los derechos y
cultura de los pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas,
promoviendo su desarrollo y fomentando el respeto a los derechos
humanos, particularmente los de las mujeres, así como de dar
seguimiento a la aplicación y operación de los programas y
acciones de las dependencias federales, estatales y municipales,
dirigidos a promover su desarrollo integral.

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