Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Guerrero del 2017-08-08 Alcance I

Fecha de Entrada en Vigor30 de Agosto de 2017
Mar tes 08 de Agos to d e 201 7 PERIODI CO OFICIA L DEL ESTA DO DE GUER RERO 1
Chilp ancingo, Gro. , Martes 08 d e Agosto de 2017
Año XCVIII N o. 63 A lcance I
Ca r ac t e s t ic a s 11 4 2 1 2 8 1 6
Pe r m is o 03 4 1 0 8 3
Ofic io No. 404 4 23 -I X-1 99 1
Precio del Ejemplar: $ 18.40
C O N T E N I D O
PODER EJECUTIVO
ACUERDO POR EL QUE SE EMITEN LAS REGLAS DE
OPERACIÓN DEL PROGRAMA GUERRERO NOS
NECESITA EMPRENDEDORES PARA EL EJERCICIO
FISCAL 2017........................... 2
2 PER IODICO OFI CIAL DEL ES TADO DE GUERRE RO Mar tes 08 de Agos to d e 201 7
PODER EJECUTIVO
ACUERDO POR EL QUE SE EMITEN LAS REGLAS DE OPERACN DEL PROGRAMA
GUERRERO NOS NECESITA EMPRENDEDORES PARA EL EJERCICIO FISCAL 2017.
Al margen un sello con el Escudo Oficial que dice:
Gobierno del Estado Libre y Soberano de Guerrero.- Poder
Ejecutivo.
LICENCIADO HÉCTOR ANTONIO ASTUDILLO FLORES, GOBERNADOR
CONSTITUCIONAL DEL ESTADO DE GUERRERO, CON FUNDAMENTO EN LOS
ARTÍCULOS 90 NUMERAL 2 Y 91 FRACCIONES I, IX Y XLVI DE LA
CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE GUERRERO;
2, 3, 6, 10, 18 APARTADO A FRACCIONES I Y II Y 21 FRACCIÓN XI
DE LA LEY ORGÁNICA DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL ESTADO DE
GUERRERO NÚMERO 08; 1, 2 FRACCIÓN I, 18 Y 25 DE LA LEY NÚMERO
454 DE PRESUPUESTO Y DISCIPLINA FISCAL DEL ESTADO DE GUERRERO;
14 SEGUNDO PÁRRAFO FRACCIONES I, V Y XIV DEL DECRETO NÚMERO 176
POR EL QUE SE CREA EL INSTITUTO GUERRERENSE DEL EMPRENDEDOR, COMO
ORGANISMO PÚBLICO DESCENTRALIZADO; 60 FRACCIONES IV Y V Y EL ANEXO
20-A DEL DECRETO NÚMERO 426 DEL PRESUPUESTO DE EGRESOS DEL ESTADO
DE GUERRERO PARA EL EJERCICIO FISCAL 2017 Y LOS LINEAMIENTOS PARA
LA ELABORACIÓN DE LAS REGLAS DE OPERACIÓN DE LOS PROGRAMAS
SOCIALES ESTATALES PARA EL EJERCICIO FISCAL 2017, Y
C O N S I D E R A N D O
Que el Plan Estatal de Desarrollo 2016-2021 impulsa entre sus
prioridades, un Guerrero que garantice el ejercicio efectivo de los
derechos sociales de todos los guerrerenses, que vaya más allá del
asistencialismo y que conecte al capital humano con las oportunidades
que genera la economía en el marco de una nueva productividad social
que disminuya las brechas de desigualdad y promueva la más amplia
participación social en las políticas blicas.
Que la visión del gobierno dentro de sus objetivos es establecer
la planeación y coadyuvar a construir y asegurar un impacto real en
la calidad de vida de los guerrerenses.
Que específicamente en el inciso 3) menciona contemplar una;
"seguridad financiera a los empresarios para atraer y mantener
inversión para el Estado de Guerrero e impulso a los emprendedores";
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así como en su Objetivo 2 "Guerrero Próspero con Perspectiva de Género
e Intercultural", plantea sobre sus neas de acción "Fortalecer al
Instituto del Emprendedor para formar a hombres y mujeres con visión
empresarial y proporcionarles las herramientas para su crecimiento
económico y su inserción en el mercado laboral ", además de "Apoyar
a las PyMES, para impulsar su crecimiento y su generación de fuentes
de empleo en las diferentes regiones de la entidad" e "Impulsar el
emprendimiento y apoyar el autoempleo".
Que mediante Decreto número 176, publicado en el Perdico Oficial
del Gobierno del Estado de Guerrero número 10 Alcance I de fecha 2
de febrero de 2016, se creó el Instituto Guerrerense del Emprendedor,
como organismo blico descentralizado, el cual tiene por objeto
instrumentar, ejecutar y coordinar la política en el Estado de Guerrero
de apoyo incluyente a emprendedores y a las pequeñas y medianas
empresas, impulsando su innovación, competitividad y proyección en
el mercado nacional e internacional para aumentar su contribución al
desarrollo económico y bienestar social de los guerrerenses.
Que los titulares de las secretarías, dependencias y
entidades de la administración pública estatal, así como los
servidores públicos autorizados para ejercer recursos públicos
del presupuesto de inversión de las mismas, serán responsables
de los programas y proyectos de inversión que realicen.
Que los apoyos otorgados deberán sujetarse a criterios de
objetividad, equidad, transparencia, publicidad, selectividad
y temporalidad.
Que el artículo 60 del Decreto de Presupuesto de Egresos del
Estado de Guerrero, para el Ejercicio Fiscal 2017, establece que
con el objeto de asegurar la aplicación eficiente, eficaz, oportuna,
equitativa y transparente de los recursos blicos, la Secretaría
de Finanzas y Administración y la Secretaría de Planeación y
Desarrollo Regional emitirán las disposiciones a que deberán
sujetarse los programas de inversn sujetos a reglas de operación.
Que con sustento en lo anterior la Secretaría de Planeación
y Desarrollo Regional, expidió los Lineamientos para la
Elaboración de las Reglas de Operación de los Programas Sociales
Estatales para el Ejercicio Fiscal 2017, publicados con fecha
20 de enero del 2017 en el Periódico Oficial del Gobierno del
Estado de Guerrero número 6 Alcance II.
Que para el desarrollo del Estado de Guerrero es prioritario
el impulso, creación y consolidación de la micro, pequa y mediana
empresa y el impulso al emprendedor guerrerense, que permita ampliar

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