Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Aguascalientes del 2017-12-22 Edición Extraordinaria Quinta Sección

RESPONSABLE: Francisco Javier Luévano Núñez, Secretario General de Gobierno.
Con fundamento en el Artículo 9° de la Ley del Periódico Ocial del Estado de Aguascalientes y dando cumplimiento a lo señalado en
el Artículo 35 de la Constitución Política del Estado de Aguascalientes, se ordena la publicación en número extraordinario del Decreto
Número 184, correspondiente a la Ley de Ingresos del Municipio de Calvillo, Aguascalientes, para el Ejercicio Fiscal del Año 2018.
C O N T E N I D O :
GOBIERNO DEL ESTADO
PODER LEGISLATIVO
H. CONGRESO DEL ESTADO.- LXIII Legislatura:
Decreto Número 184.- Ley de Ingresos del Municipio de Calvillo, Aguascalientes,
para el Ejercicio Fiscal del Año 2018.
Í N D I C E :
Página 82
PERIODICO OFICIAL
DEL ESTADO DE AGUASCALIENTES
MEDIO DE DIFUSION DEL GOBIERNO CONSTITUCIONAL DEL ESTADO
Registro Postal PP-Ags.-001-0125.- Autorizado por SEPOMEX}
QUINTA SECCIÓN
TOMO XVIII Aguascalientes, Ags., 22 de Diciembre de 2017 Núm. 25
EXTRAORDINARIO EXTRAORDINARIO
Pág. 2 PERIÓDICO OFICIAL Diciembre 22 de 2017
(Quinta Sección)
GOBIERNO DEL ESTADO
MARTÍN OROZCO SANDOVAL, Gobernador Constitucional del Estado de Aguascalientes, a sus
habitantes sabed:
Que por el H. Congreso del Estado se me ha comunicado lo siguiente:
La LXIII Legislatura del Congreso del Estado Libre y Soberano de Aguascalientes, en virtud de su función
y facultad constitucional, ha tenido a bien expedir el siguiente
ARTÍCULO ÚNICO.- Se Expide la Ley de Ingresos del Municipio de Calvillo, Aguascalientes, para el
Ejercicio Fiscal del Año 2018, para quedar en los términos siguientes:
LEY DE INGRESOS DEL MUNICIPIO DE CALVILLO, AGUASCALIENTES,
PARA EL EJERCICIO FISCAL DEL AÑO 2018
TÍTULO PRIMERO
DE LOS INGRESOS
CAPÍTULO ÚNICO
Disposiciones Generales
ARTÍCULO 1º.- Los ingresos que el Municipio percibirá durante el Ejercicio Fiscal del 1º de enero al 31 de
diciembre de 2018, serán los provenientes de los conceptos relativos a las contribuciones que a continuación
se indican:
INGRESOS DE GESTIÓN
$31,934,561.85
I. IMPUESTOS $14,731,543.37
I.1. Impuestos sobre los ingresos $5,375.00
I.1.1 Sobre diversiones y espectáculos públicos $5,375.00
I.1.2 Sobre juegos permitidos $0.00
I.2. Impuestos sobre el patrimonio $9,291,988.60
I.2.1 A la propiedad raíz $9,291,988.60
I.2.1.1 Predios urbanos y suburbanos con
construcciones
$3,963,443.93
I.2.1.2 Predios urbanos y suburbanos sin
construcciones
$3,188,871.51
I.2.1.3 Predios rústicos con o sin construcción $2,139,673.16
I.2.1.4 Predios ejidales con o sin construcción $0.00
I.3. Impuestos sobre la producción, el consumo y las
transacciones
$2,106,186.76
I.3.1. Sobre adquisición de inmuebles $2,106,186.76
I.4. Accesorios $1,364,199.65
I.4.1 Gastos de ejecución $0.00
I.4.2 Recargos $485,802.40
I.4.3 Actualización $161,360.59
I.4.4 Garantías $0.00
I.4.5 Multas $529,144.29
I.4.6 Rezagos $0.00
I.4.7 Gastos de cobranza $187,892.37
I.5. Otros Impuestos $0.00
PERIÓDICO OFICIAL Pág. 3Diciembre 22 de 2017 (Quinta Sección)
I.6.
Impuestos no comprendidos en las Fracciones de la
Ley de Ingresos causadas en Ejercicios Fiscales
anteriores pendientes de liquidación o pago
$1,963,793.35
I.6.1 Impuestos no comprendidos en las Fracciones de la
Ley de Ingresos causadas en Ejercicios Fiscales
anteriores pendientes de liquidación o pago
$1,963,793.35
I.6.1.1 Rezagos Predios Urbanos y Suburbanos Con
Construcción
$789,433.90
I.6.1.2 Rezagos Predios Urbanos y Suburbanos Sin
Construcción
$773,025.77
I.6.1.3 Rezagos Predios Rústicos con o sin
Construcción
$401,333.67
II. DERECHOS $14,194,749.86
II.1. Derechos por el uso, goce y aprovechamiento o
explotación de bienes de dominio público
$992,628.64
II.1.1 Mercados $375,917.00
II.1.2 Actividades Comerciales en la Vía Pública $298,920.72
II.1.3 Ferias y Fiestas Municipales $317,790.92
II.2. Derechos por prestación de servicios $12,740,489.93
II.2.1 Por registro de comercio con expedición inicial o
renovación de licencias de funcionamiento de
establecimientos comerciales, de servicios, de
industria y de aquellos cuyos giros sean la
enajenación de bebidas alcohólicas o la
prestación de servicios que incluyan su
expendio.
$3,964,630.54
II.2.2 Por los Servicios de Seguridad Pública y Vialidad $590,625.00
II.2.3 Por Servicios Prestados en Cementerios $1,813,142.45
II.2.4 Por Servicios Prestados en Rastros $486,421.25
II.2.5 Por Servicios de Transportación Municipal $0.00
II.2.6 Por Servicios de Certificaciones y Legalizaciones $143,187.05
II.2.7 Por Asignación de Número Oficial $49,875.51
II.2.8 Por Servicios Relativos a las Construcciones $1,220,807.70
II.2.9 Por las Instalaciones Subterráneas $91,684.66
II.2.10 Por Subdivisión, Fusión, Relotificación,
Alineamientos y Compatibilidad Urbanística
$735,348.79
II.2.11 Por Servicios Relativos a Fraccionamientos y
Condominios y Desarrollos Especiales
$2,292.57
II.2.12 Por Servicios Prestados a Predios sin Bardear
y/o No Atendidos por sus Propietarios
$0.00
II.2.13 Derechos por expedición de Pasaporte Mexicano
de acuerdo al convenio suscrito con la
Delegación de Aguascalientes de la Secretaría
de Relaciones Exteriores y Fotografía.
$1,073,441.25
II.2.14 Servicio de alumbrado público $2,178,285.05
II.2.15 Por Servicios de Agua Potable, Drenaje y
Alcantarillado
$0.00
II.2.16 Formatos de Cuadro de Construcción $10,855.87
II.2.17 Consultas y Platicas Prematrimoniales $379,892.25
II.3. Otros Derechos $74,568.57
II.3.1 Por Servicios Catastrales $38,626.10
II.3.2 Por Cooperación Para Obras Públicas $0.00
II.3.3 Por Derechos de Publicidad $35,942.46
II.3.4 Concesiones de servicio público $0.00
II.3.5 Concesiones de bienes de dominio público $0.00
II.3.6 Concesión de locales del mercado $0.00
II.3.7 Extracción, Explotación, Aprovechamiento de
Bancos de Canteras, Pizarras, Basaltos, Cal,

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