Periódico Oficial del Estado de Chiapas Nº 265, 25-01-2023 - Sección Segunda

Fecha de publicación25 Enero 2023
Número de GacetaPeriódico Oficial del Estado de Chiapas Nº 265, 25-01-2023
ORGANO DE DIFUSION OFICIAL DEL ESTADO
LIBRE Y SOBERANO DE CHIAPAS
SECRETARIA GENERAL DE GOBIERNO
Franqueo pagado, publicación periódica. Permiso núm. 005 1021
características: 114182816. Autorizado por SEPOMEX
Tomo III Tuxtla Gutiérrez, Chiapas, México. miércoles, 25 de enero de 2023 265
SEGUNDA SECCIÓN
INDICE
Publicaciones Municipales Página
Pub. No. 1587-C-2023 Reglamento de la Administración Pública Municipal de BERRIOZÁBAL,
CHIAPAS. 1
Publicaciones Municipales Página
Pub. No. 1587-C-2023 Reglamento de la Administración Pública Municipal de BERRIOZÁBAL,
CHIAPAS. 1
Pub. No. 1588-C-2023 Reglamento del DIF Municipal de BERRIOZÁBAL, CHIAPAS 78
Publicaciones Municipales Página
Pub. No. 1587-C-2023 Reglamento de la Administración Pública Municipal de BERRIOZÁBAL,
CHIAPAS. 1
Pub. No. 1588-C-2023 Reglamento del DIF Municipal de BERRIOZÁBAL, CHIAPAS 78
Pub. No. 1589-C-2023 Reglamento de Desarrollo Urbano y Movilidad para el municipio de
BERRIOZÁBAL, CHIAPAS. 94
Publicaciones Municipales Página
Pub. No. 1587-C-2023 Reglamento de la Administración Pública Municipal de BERRIOZÁBAL,
CHIAPAS. 1
Pub. No. 1588-C-2023 Reglamento del DIF Municipal de BERRIOZÁBAL, CHIAPAS 78
Pub. No. 1589-C-2023 Reglamento de Desarrollo Urbano y Movilidad para el municipio de
BERRIOZÁBAL, CHIAPAS. 94
Pub. No. 1590-C-2023 Reglamento del Servicio de Limpia para el municipio de BERRIOZÁBAL,
CHIAPAS. 134
Publicaciones Municipales Página
Pub. No. 1587-C-2023 Reglamento de la Administración Pública Municipal de BERRIOZÁBAL,
CHIAPAS. 1
Pub. No. 1588-C-2023 Reglamento del DIF Municipal de BERRIOZÁBAL, CHIAPAS 78
Pub. No. 1589-C-2023 Reglamento de Desarrollo Urbano y Movilidad para el municipio de
BERRIOZÁBAL, CHIAPAS. 94
Pub. No. 1590-C-2023 Reglamento del Servicio de Limpia para el municipio de BERRIOZÁBAL,
CHIAPAS. 134
Pub. No. 1591-C-2023 Reglamento de Protección Civil para el municipio de BERRIOZÁBAL,
CHIAPAS. 150
Publicaciones Municipales Página
Pub. No. 1587-C-2023 Reglamento de la Administración Pública Municipal de BERRIOZÁBAL,
CHIAPAS. 1
Pub. No. 1588-C-2023 Reglamento del DIF Municipal de BERRIOZÁBAL, CHIAPAS 78
Pub. No. 1589-C-2023 Reglamento de Desarrollo Urbano y Movilidad para el municipio de
BERRIOZÁBAL, CHIAPAS. 94
Pub. No. 1590-C-2023 Reglamento del Servicio de Limpia para el municipio de BERRIOZÁBAL,
CHIAPAS. 134
Pub. No. 1591-C-2023 Reglamento de Protección Civil para el municipio de BERRIOZÁBAL,
CHIAPAS. 150
Pub. No. 1592-C-2023 Plan Municipal de Desarrollo 2021-2024, del municipio de LA GRANDEZA,
CHIAPAS. 190
PUBLICACIONES MUNICIPALES
Publicación No. 1587-C-2023
REGLAMENTO DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA MUNICIPAL DE BERRIOZÁBAL, CHIAPAS.
Ciudadano Jorge Arturo Acero Gómez, Presidente Municipal del Ayuntamiento de Berriozábal,
Chiapas; con fundamento en lo dispuesto en los artículos 115 fracción II, párrafo segundo de la
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 82 párrafo segundo de la Constitución
Política del Estado Libre y Soberano de Chiapas; 57 fracciones I, X y XIII, y 213 de la Ley de
Desarrollo Constitucional en Materia de Gobierno y Administración Municipal del Estado de Chiapas;
y CONSIDERANDO
Es indudable que el medio para construir un mejor Gobierno, es contar con instrumentos normativos
e instituciones sólidas que sean acordes a las necesidades y requerimientos que la sociedad
demanda, todo ello en aras fortalecer el orden, respeto, y seguridad en el actuar de las instancias
públicas municipales.
En el contexto de la promulgación de la Ley de Desarrollo Constitucional en Materia de Gobierno y
Administración Municipal del Estado de Chiapas, publicada mediante Periódico Oficial del Estado
número 346, Tercera Sección, de fecha 31 de enero del año 2018, se abrogó la Ley Orgánica
Municipal del Estado de Chiapas, y se dio así un cambio acorde las necesidades modernas de
legislación aplicable a los Municipios de nuestra entidad.
De lo anterior, y para armonizar el Reglamento de la Administración Pública Municipal de
Berriozábal, Chiapas, con las nuevas disposiciones de la Ley, se crearon nuevas entidades como la
Consejería Jurídica, dependiente del Despacho del Presidente Municipal, la cual funge como órgano
encargado de otorgar apoyo técnico jurídico en todos aquellos asuntos que lo requieran y estén
relacionados con la Administración Pública Municipal; asimismo, la Defensoría Municipal de los
Derechos Humanos para la promoción del respeto y observancia de los derechos humanos
establecidos en el orden jurídico mexicano y en instrumentos internacionales ratificados por el Estado
mexicano; y también se complementaron los requisitos para la designación de algunos servidores
públicos, como es la obtención de un certificado que avale la aptitud para el desarrollo de sus
funciones, lo que exige el mejoramiento de la calidad de los mismos.
En este sentido, y toda vez que el Reglamento de la Administración Pública Municipal de Berriozábal,
Chiapas, es la base fundamental para establecer la estructura organizacional y las obligaciones de
cada una de las dependencias y órganos que conforman el Gobierno de nuestra ciudad, esta
Administración trabaja permanentemente para contar con un marco normativo ajustado a lo
orgánicamente necesario para funcionar eficazmente en beneficio de la ciudadanía, sin que ello
tenga que representar un impacto presupuestal al gasto público que se tiene.
Asimismo, y considerando que Oficialía Mayor es la dependencia que administra el capital humano
del Gobierno Municipal, se le transfiere la atribución para que a través de la Oficialía Mayor,
promueva y concerté cursos de capacitación, adiestramiento y desarrollo personal y laboral de los
trabajadores al servicio de la Administración Pública Municipal. Con motivo a las atribuciones que
tiene la Secretaria de Medio Ambiente y cambio climático, cambia a Secretaría de Medio Ambiente.
miércoles 25 de enero de 2023 Periódico Oficial No. 265
SGG-ID-PO17093
1
Por cuestión de reestructura administrativa, la Dirección de Desarrollo Urbano, la Dirección de Obras
Públicas y Planeación Municipal, se convierten en Secretarias, así como las atribuciones que tenía,
para un mejor control y seguimiento de los asuntos de su competencia.
Con el propósito de armonizar las regulaciones, la Dirección de Igualdad de Género e Inclusión
Social, adiciona las atribuciones que están previstas en la Ley de Desarrollo Constitucional para la
igualdad y acceso a una vida libre de violencia para las mujeres de Chiapas.
A fin de armonizar las atribuciones en cuanto a la Secretaría de Protección Civil Municipal, se
especifica que las situaciones de emergencias que se presenten en la población, se adicionan
nuevas atribuciones para un mejor servicio.
Es importante señalar también que aun siendo una reforma completa respecto del contenido anterior,
que incluye modificaciones denominativas y de adscripción, el presente Reglamento está enfocado a
optimizar los recursos humanos, materiales y financieros disponibles y existentes, sin que exista
creación de órganos administrativos nuevos que impacten significativamente en el presupuesto de
egresos. El cuidado de los recursos públicos y la eficiencia en su ejercicio de gasto, han sido y
seguirán siendo una premisa de esta Administración.
Por lo antes expuesto y fundado, y de conformidad en el Acta de Sesión Ordinaria de Cabildo
número DIC/003/2022, de fecha 26 de diciembre de 2022; se expide el siguiente:
REGLAMENTO DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA MUNICIPAL DE BERRIOZÁBAL, CHIAPAS.
TÍTULO PRIMERO
Disposiciones Generales
CAPÍTULO I
Objeto y Definiciones
Artículo 1.- El presente reglamento es de orden público e interés general, y encuentra su
fundamento en los artículos 115 fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos; 82 párrafo segundo, de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Chiapas;
45, fracción II, 57, fracciones I, II, VI y XIII, y 213 de la Ley de Desarrollo Constitucional en Materia de
Gobierno y Administración Municipal del Estado de Chiapas, y demás disposiciones legales
aplicables.
El objeto de este cuerpo reglamentario, es definir la creación, organización y funcionamiento de las
Dependencias que integran la Administración Pública Municipal, debiendo sujetarse a las
disposiciones del mismo y de manera obligatoria, todos los servidores públicos de la administración
Municipal.
Artículo 2.- Los supuestos contemplados en este Reglamento, así como las referencias a las
personas o de quienes conforman los órganos de la Administración Pública Municipal, deberán
entenderse siempre con ánimo de lenguaje incluyente y perspectiva de género, por encima de la
cuestión gramatical con que se encuentren redactados; en ese tenor los nombramientos que para tal
efecto se expidan, deberán referirse en cuanto a su género.
miércoles 25 de enero de 2023 Periódico Oficial No. 265
SGG-ID-PO17093
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