Periódico Oficial del Estado de Chiapas Nº 257, 14-12-2022 - Sección Segunda

Fecha de publicación14 Diciembre 2022
Número de GacetaPeriódico Oficial del Estado de Chiapas Nº 257, 14-12-2022
ORGANO DE DIFUSION OFICIAL DEL ESTADO
LIBRE Y SOBERANO DE CHIAPAS
SECRETARIA GENERAL DE GOBIERNO
Franqueo pagado, publicación periódica. Permiso núm. 005 1021
características: 114182816. Autorizado por SEPOMEX
Tomo III Tuxtla Gutiérrez, Chiapas, México. miércoles, 14 de diciembre de 2022 257
SEGUNDA SECCIÓN
INDICE
Publicaciones Estatales Página
Pub. No. 3409-A-2022 Acuerdo por el que se reforman y adicionan diversas partidas específicas de
gasto del Clasificador por Objeto del Gasto del Estado de Chiapas. 1
Publicaciones Estatales Página
Pub. No. 3409-A-2022 Acuerdo por el que se reforman y adicionan diversas partidas específicas de
gasto del Clasificador por Objeto del Gasto del Estado de Chiapas. 1
Pub. No. 3410-A-2022 Acuerdo por el que se reforman y derogan diversas disposiciones del Acuerdo
por el que se expiden las Normas Presupuestarias para la Administración
Pública del Estado de Chiapas.
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Publicaciones Estatales Página
Pub. No. 3409-A-2022 Acuerdo por el que se reforman y adicionan diversas partidas específicas de
gasto del Clasificador por Objeto del Gasto del Estado de Chiapas. 1
Pub. No. 3410-A-2022 Acuerdo por el que se reforman y derogan diversas disposiciones del Acuerdo
por el que se expiden las Normas Presupuestarias para la Administración
Pública del Estado de Chiapas.
14
Pub. No. 3411-A-2022 Acuerdo por el que se determinan los días inhábiles conforme a lo dispuesto en
la Décima Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para
2022.
17
PUBLICACIONES ESTATALES
Publicación No. 3409-A-2022
Al margen un sello con el Escudo Nacional que dice: Estados Unidos Mexicanos. - Poder Ejecutivo
del Estado de Chiapas.
Javier Jiménez Jiménez, Secretario de Hacienda, en ejercicio de las facultades que me confieren
los artículos 60 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Chiapas; 15 segundo
párrafo, 28 fracción II y 30 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Chiapas;
340 del Código de la Hacienda Pública para el Estado de Chiapas; 1 y 3 del Decreto de Presupuesto
de Egresos del Estado de Chiapas para el Ejercicio Fiscal 2022; 13 del Reglamento Interior de la
Secretaría de Hacienda; 4 del Clasificador por Objeto del Gasto del Estado de Chiapas; y,
Considerando
El Clasificador por Objeto del Gasto es un instrumento que permite el análisis y seguimiento
presupuestario del Sector Público, identificando los bienes y servicios que deben adquirirse o
realizarse en función a las necesidades de las Dependencias, Entidades y Órganos Ejecutores para
el cumplimiento de sus proyectos derivados de la gestión pública gubernamental, además facilita el
registro único de las operaciones presupuestales y contables con el fin de mantener una adecuada
armonización, tal como lo dispone la Ley General de Contabilidad Gubernamental.
La Secretaría de Hacienda con base en sus facultades que determinan las disposiciones aplicables,
es la Dependencia de Estado que deberá administrar los fondos públicos bajo las directrices que
determina la Ley General de Contabilidad Gubernamental, así como a lo dispuesto en las normas
que emita el Consejo Nacional de Armonización Contable (CONAC), en esta tesitura el Clasificador
por Objeto del Gasto es el instrumento presupuestario operativo idóneo para el registro de las
erogaciones efectuadas por las Dependencias, Entidades y Órganos Ejecutores del Presupuesto de
Egresos, para el cumplimiento de sus programas y proyectos; bajo este contexto es importante que
durante el ejercicio fiscal se realicen las modificaciones, creaciones o derogaciones de las partidas
específicas de gasto como resultado de las necesidades que se presenten.
El quehacer Gubernamental demanda que la función institucional esté coordinada bajo un mismo
proceso presupuestal, debiendo cumplir con los principios constitucionales en materia de gasto
público, tal como lo establece el artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos y el artículo 1 de la Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los
Municipios, es por ello que resulta importante que las Instituciones Públicas de Seguridad Social en
el Estado como es el ISSTECH, precise sus procesos internos con el objetivo de homogeneizar la
información presupuestaria, contable o financiera tal como mandatan las Leyes.
Es importante recalcar que el gasto público, durante el proceso presupuestario debe registrarse a
nivel de partida específica de gasto, por lo que resulta necesaria la modificación y creación de
diversas partidas específicas, principalmente en los Capítulos 1000 Servicios Personales, 3000
Servicios Generales, 4000 Transferencias, Asignaciones, Subsidios y Otras Ayudas, y 7000
Inversiones Financieras y Otras Provisiones, con el objeto de precisar el destino de las erogaciones
que deban efectuarse para el cumplimiento de los requerimientos, en términos de las disposiciones
aplicables.
miércoles 14 de diciembre de 2022 Periódico Oficial No. 257 2a. Sección
SGG-ID-PO16791
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