Periódico Oficial del Estado de Chiapas Nº 219, 06-04-2022 - Sección Segunda

Fecha de publicación06 Abril 2022
Número de GacetaPeriódico Oficial del Estado de Chiapas Nº 219, 06-04-2022
ORGANO DE DIFUSION OFICIAL DEL ESTADO
LIBRE Y SOBERANO DE CHIAPAS
SECRETARIA GENERAL DE GOBIERNO
Franqueo pagado, publicación periódica. Permiso núm. 005 1021
características: 114182816. Autorizado por SEPOMEX
Tomo III Tuxtla Gutiérrez, Chiapas, México. miércoles, 6 de abril de 2022 219
SEGUNDA SECCIÓN
INDICE
Publicaciones Municipales Página
Pub. No. 1131-C-2022 Acuerdo por el que se reforman, adicionan y derogan, diversas disposiciones
del Reglamento de la Administración Pública municipal de TUXTLA
GUTIÉRREZ, CHIAPAS.
1
Publicaciones Municipales Página
Pub. No. 1131-C-2022 Acuerdo por el que se reforman, adicionan y derogan, diversas disposiciones
del Reglamento de la Administración Pública municipal de TUXTLA
GUTIÉRREZ, CHIAPAS.
1
Pub. No. 1132-C-2022 Reglamento de las Agencias y Subagencias del municipio de TUXTLA
GUTIÉRREZ, CHIAPAS. 6
Publicaciones Municipales Página
Pub. No. 1131-C-2022 Acuerdo por el que se reforman, adicionan y derogan, diversas disposiciones
del Reglamento de la Administración Pública municipal de TUXTLA
GUTIÉRREZ, CHIAPAS.
1
Pub. No. 1132-C-2022 Reglamento de las Agencias y Subagencias del municipio de TUXTLA
GUTIÉRREZ, CHIAPAS. 6
Pub. No. 1133-C-2022 Reglamento de Protección Ambiental y Ecología del Honorable Ayuntamiento
Constitucional de OCOZOCOAUTLA DE ESPINOSA, CHIAPAS. 26
Publicaciones Municipales Página
Pub. No. 1131-C-2022 Acuerdo por el que se reforman, adicionan y derogan, diversas disposiciones
del Reglamento de la Administración Pública municipal de TUXTLA
GUTIÉRREZ, CHIAPAS.
1
Pub. No. 1132-C-2022 Reglamento de las Agencias y Subagencias del municipio de TUXTLA
GUTIÉRREZ, CHIAPAS. 6
Pub. No. 1133-C-2022 Reglamento de Protección Ambiental y Ecología del Honorable Ayuntamiento
Constitucional de OCOZOCOAUTLA DE ESPINOSA, CHIAPAS. 26
Pub. No. 1134-C-2022 Reglamento de Protección Civil del Honorable Ayuntamiento Constitucional de
OCOZOCOAUTLA DE ESPINOSA, CHIAPAS. 85
Publicaciones Municipales Página
Pub. No. 1131-C-2022 Acuerdo por el que se reforman, adicionan y derogan, diversas disposiciones
del Reglamento de la Administración Pública municipal de TUXTLA
GUTIÉRREZ, CHIAPAS.
1
Pub. No. 1132-C-2022 Reglamento de las Agencias y Subagencias del municipio de TUXTLA
GUTIÉRREZ, CHIAPAS. 6
Pub. No. 1133-C-2022 Reglamento de Protección Ambiental y Ecología del Honorable Ayuntamiento
Constitucional de OCOZOCOAUTLA DE ESPINOSA, CHIAPAS. 26
Pub. No. 1134-C-2022 Reglamento de Protección Civil del Honorable Ayuntamiento Constitucional de
OCOZOCOAUTLA DE ESPINOSA, CHIAPAS. 85
Pub. No. 1135-C-2022 Bando de Policía y Gobierno del Municipio de PUEBLO NUEVO
SOLISTAHUACAN, CHIAPAS. 127
Publicaciones Municipales Página
Pub. No. 1131-C-2022 Acuerdo por el que se reforman, adicionan y derogan, diversas disposiciones
del Reglamento de la Administración Pública municipal de TUXTLA
GUTIÉRREZ, CHIAPAS.
1
Pub. No. 1132-C-2022 Reglamento de las Agencias y Subagencias del municipio de TUXTLA
GUTIÉRREZ, CHIAPAS. 6
Pub. No. 1133-C-2022 Reglamento de Protección Ambiental y Ecología del Honorable Ayuntamiento
Constitucional de OCOZOCOAUTLA DE ESPINOSA, CHIAPAS. 26
Pub. No. 1134-C-2022 Reglamento de Protección Civil del Honorable Ayuntamiento Constitucional de
OCOZOCOAUTLA DE ESPINOSA, CHIAPAS. 85
Pub. No. 1135-C-2022 Bando de Policía y Gobierno del Municipio de PUEBLO NUEVO
SOLISTAHUACAN, CHIAPAS. 127
Pub. No. 1136-C-2022 Reglamento de la Policía Municipal de PUEBLO NUEVO SOLISTAHUACAN,
CHIAPAS. 214
PUBLICACIONES MUNICIPALES
Publicación No. 1131-C-2022
Ciudadano Carlos Orsoe Morales Vázquez, Presidente Municipal del Ayuntamiento de Tuxtla
Gutiérrez, Chiapas; con fundamento en lo dispuesto en los artículos 115 fracción II, párrafo segundo
de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 82 párrafo segundo de la Constitución
Política del Estado Libre y Soberano de Chiapas; 57 fracciones I, X y XIII, y 213 de la Ley de
Desarrollo Constitucional en Materia de Gobierno y Administración Municipal del Estado de Chiapas;
130 del Bando de Policía y Gobierno del Municipio de Tuxtla Gutiérrez, Chiapas; y,
C O N S I D E R A N D O
Que la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en su artículo 115 establece la
voluntad política constitucional de que sea el Ayuntamiento responsable de la eficaz prestación de
servicios vinculados estrechamente con la sociedad y que para este gobierno resulta importante
contar con bases jurídicas sólidas que permitan mantener la certeza de que cada una de sus
acciones, obedecen al principio de legalidad que la Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos consigna.
Con la autonomía del régimen interno de los Municipios que se encuentra consagrada en la
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y debido al dinamismo de la Administración
Pública Municipal, y por ser esta la instancia más cercana a la ciudadanía, orilla a que el aparato
administrativo se someta a una frecuente y constante actualización normativa, con el propósito de
que la prestación de sus servicios logre cumplir con todos y cada uno de los ejes establecidos en el
Plan Municipal de Desarrollo.
Que los Ayuntamientos tienen atribuciones y personalidad jurídica para aprobar, de conformidad con
las leyes, en materia municipal, los bandos de policía, los reglamentos, circulares y disposiciones
administrativas de observancia general dentro de sus respectivas jurisdicciones, que organice la
Administración pública municipal, regule las materias, procedimientos, funciones y servicios públicos
de su competencia y aseguren la participación ciudadana y vecinal, en los términos de los artículos
115 Fracción II, Párrafo Segundo de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 82
Por las consideraciones anteriores expuestas, los integrantes del Ayuntamiento Constitucional de
Tuxtla Gutiérrez, Chiapas, aprobaron en Sesión Extraordinaria de Cabildo número 14, Punto Tercero
del Orden del Día, celebrada el dieciséis de marzo del año dos mil veintidós, el siguiente:
ACUERDO POR EL QUE SE REFORMAN, ADICIONAN Y DEROGAN,
DIVERSAS DISPOSICIONES DEL REGLAMENTO DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA
MUNICIPAL DE TUXTLA GUTIÉRREZ, CHIAPAS.
Artículo Único.- Se reforman la fracción XXX, del artículo 15; la fracción III del artículo 17; la
denominación del Capítulo IV, del Título Segundo; el artículo 20; la fracción XXXVII del artículo 35; y
el párrafo primero del artículo 135; se adicionan las fracciones XXXI y XXXII, al artículo 15; la
fracción VIII, al artículo 17; la fracción XXXVIII y XXXIX, al artículo 35; y se derogan las fracciones VI,
XIII, XXIX y XXX, del artículo 38; la fracción V, del artículo 42, el Capítulo VII, del Título Quinto; y el
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artículo 137; todos del Reglamento de la Administración Pública Municipal de Tuxtla Gutiérrez,
Chiapas, para quedar de la siguiente manera:
Artículo 15.- Son facultades y obligaciones del Presidente . . .
I. a la XXIX. . . .
XXX. Designar al Coordinador de Agencias y Subagencias Municipales.
XXXI. Proponer al Ayuntamiento el nombramiento de Agentes y Subagentes Municipales.
XXXII. Las demás que las leyes, Bando de Policía y Gobierno del Municipal, reglamentos y otras
disposiciones legales le confieran.
Artículo 17. Para el apoyo . . .
I. a la II. . . .
III. Coordinación General de Gabinete y Atención Ciudadana.
IV. a la VII. . . .
VIII. Coordinación General de Agencias y Subagencias Municipales, cuyas atribuciones están
conferidas en el Reglamento de Agencias y Subagencias del Municipio de Tuxtla Gutiérrez,
Chiapas; y demás disposiciones jurídicas aplicables.
CAPÍTULO IV
De la Coordinación General de Gabinete y Atención Ciudadana
Artículo 20. La Coordinación General de Gabinete y Atención Ciudadana tendrá las siguientes
atribuciones:
I. Asistir y representar al Presidente en las reuniones y actos que éste le encomiende.
II. Realizar y convocar las reuniones de gabinete legal y de los gabinetes sectoriales, de
manera periódica o cuando así lo solicite el Presidente, para el seguimiento de las
acciones de las dependencias y entidades de la administración pública municipal, así
como de aquellas tareas encomendadas.
III. Proponer al Presidente, los asuntos que deban desahogarse en las reuniones de
Gabinete para su aprobación.
IV. Propiciar el desarrollo de la gestión municipal con la finalidad de hacerla eficiente y
eficaz.
V. Planear y desarrollar la agenda del gabinete.
VI. Participar en la planeación y evaluación de la administración municipal.
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