Periódico Oficial de Campeche No. 2080, Primera sección, 31-12-2023

Fecha de publicación31 Diciembre 2023
PERIÓDICO OFICIAL DEL ESTADO
ÓRGANO DEL GOBIERNO CONSTITUCIONAL DEL ESTADO DE CAMPECHE
FRANQUEO PAGADO PUBLICACIÓN PERIÓDICA PERMISO No. 0110762 CARACTERÍSTICAS 111182816 AUTORIZADO POR SEPOMEX
LAS LEYES, DECRETOS Y DEMÁS DISPOSICIONES OFICIALES OBLIGAN POR EL SOLO
HECHO DE PUBLICARSE EN ESTE PERIÓDICO
CUARTA ÉPOCA
Año IX No. 2080
San Francisco de Campeche, Cam.,
Domingo 31 de Diciembre de 2023
Directora
Lic. Matiana del Carmen Torres López
SECCIÓN ADMINISTRATIVA
GOBIERNO MUNICIPAL DE TENABO
ADMINISTRACION 2021-2024
“2023: Año De Francisco Villa”
1
Presupuesto de Egresos del Municipio
de Tenabo, Estado de Campeche para el
Ejercicio Fiscal 2024
GOBIERNO MUNICIPAL DE TENABO
ADMINISTRACION 2021-2024
“2023: Año De Francisco Villa”
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Presupuesto de Egresos del Municipio
de Tenabo, Estado de Campeche para el
Ejercicio Fiscal 2024
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Cam., Diciembre 31 de 2023
GOBIERNO MUNICIPAL DE TENABO
ADMINISTRACION 2021-2024
“2023: Año De Francisco Villa”
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KARLA DEL ROSARIO UC TUZ, Presidenta Municipal de Tenabo, Estado de Campeche,
en cumplimiento a lo dispuesto por los artículos 1º, 115 fracciones I, párrafo primero, II,
párrafo primero y III de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 102, 105,
106 y 108, de la Constitución Política del Estado de Campeche; 2º, 20, 21, 57, 58 fracción
I, 59, 60, 69 fracciones I, III, XII y XXII, 71, 73 fracciones III, IV y XI, 103 fraccione s I y XVII,
106 fracción IX y 186 de la Ley Orgánica de los Municipios del Estado de Campeche; 2, 3,
4, 6, 8, 31 fracción I, 32, 35, 38, 40 fracción II, 48 fracción I, 49, 50, 51 y 56 del Bando de
Gobierno Municipal de Tenabo; 2, 3, 7, 10, 23, 30, 36 fracciones I, XX y XXVII, 97 y 101 del
Reglamento Interior del Honorable Ayuntamiento del Municipio de Tenabo; 5, 7 y 11, del
Reglamento de la Administración Pública del Municipio de Tenabo y demás normatividad
aplicable a los ciudadanos y autoridades del Municipio de Tenabo para su publicación y
debida observancia; hago saber:
Que el H. Ayuntamiento del Municipio de Tenabo, en la VIGESIMOSÉPTIMA SESIÓN
ORDINARIA, celebrada el día treinta de diciembre de dos mil veintitrés, ha tenido a bien
aprobar y expedir el siguiente:
ACUERDO NÚMERO 104
DEL H. AYUNTAMIENTO DEL MUNICIPIO DE TENABO, MEDIANTE EL CUAL SE
APRUEBA EL PRESUPUESTO DE EGRESOS DEL MUNICIPIO DE TENABO PARA EL
EJERCICIO FISCAL 2024.
A N T E C E D E N T E S:
A) .- Que como lo dispone el artículo 31 de la Ley Orgánica de los Municipios del Estado
de Campeche con fecha 1º de octubre del año 2021, por declaratoria solemne de la C.
Presidenta Municipal, quedó formal y legítimamente instalado el H. Ayuntamiento del
Municipio de Tenabo, que fungirá durante el período de gobierno comprendido del día 1º
de octubre del año 2021 al 30 de septiembre del año 2024.
B).- Que como lo dispone el artículo 35 del Bando de Gobierno Municipal de Tenabo,
corresponde al Presidente Municipal la ejecución de los acuerdos que apruebe el H.
Ayuntamiento, así como asumir la repr esentación jurídica del Municipio en los casos
previstos por la Ley, en tal virtud contará con todas aquellas facultades que le conceden la
de Campeche, las leyes federales y estatales, el presente Bando Municipal y demás
normatividad aplicable.
C). - Que en atención a lo dispuesto en el artículo 5 del Reglamento de la Administración
Pública del Municipio de Tenabo, el ejercicio de la Administración Pública Municipal
corresponde al Presidente Municipal, titular de la representación política del órgano
colegiado, a quien le corresponde ejercer las atribuciones conferidas por el presente
Reglamento, así como, vigilar el exacto cumplimiento de sus disposiciones, aplicando las
medidas necesarias para tal efecto. Además, dicho precepto expresa que el Presidente
Municipal podrá conferir sus facultades delegables a los f uncionarios que estime
pertinentes, sin perder la posibilidad de ejercerlos.
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D). - Que en fecha treinta de diciembre del año en curso, reunidos los integrantes del H.
Ayuntamiento del Municipio de Tenabo, en su Vigesimoséptima Sesión Ordinaria de
Cabildo, estimaron procedente conocer de dicho asunto.
E). - Que, en mérito de lo anterior, los integrantes del Cabildo procedieron a evaluar la
presente iniciativa de estudio, conforme a los siguientes:
C O N S I D E R A N D O S:
I.- Que el Honorable Ayuntam iento del Municipio de Tenabo, es competente para conocer
y dictaminar en el presente asunto conforme a lo preceptuado por los artículos 115, fracción
IV, párrafo quinto, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 54 Bis,
párrafo primero y 107, párrafo cuarto, de la Constitución Política del Estado de Campeche,
107, fracción IV, 143 y 144 de la Ley Orgánica de los Municipios del Estado de Campeche.
II.- Que en atención a lo dispuesto en el artículo 5 del Reglamento de la Administración
Pública del Municipio de Tenabo, el ejercicio de la Administración Pública Municipal
corresponde al Presidente Municipal, titular de la representación política del órgano
colegiado, a quien le corresponde ejercer las atribuciones conferidas por ese Reglamento,
así como, vigilar el exacto cumplimiento de sus disposiciones, aplicando las medidas
necesarias para tal efecto. Además, dicho precepto expresa que el Presidente M unicipal
podrá conferir sus facultades delegables a los funcionarios que estime pertinentes, sin
perder la posibilidad de ejercerlos.
III.- Del texto de la iniciativa planteada, se advierte el propósito del Tesorero Municipal para
que el H. Ayuntamiento apruebe el Presupuesto de Egresos del Municipio de Tenabo para
el ejercicio fiscal del año 2024.
IV.- Que, enterado de tal propósito, los integrantes de este Honorable Ayuntamiento
consideran que la procedencia de esta solicitud debe determinarse de conformidad a lo
establecido en los artículos 54 Bis, párrafo primero y 107, párrafo cuarto, de la Constitución
Política del Estado de Campeche, 107, fracción IV, 143 y 144 de la Ley Orgánica de los
V.- Que, en los artículos conducentes de la Ley Orgánica de los Municipios del Estado de
Campeche, se establece:
“ARTÍCULO 143.- Corresponde al Cabildo aprobar anualmente el Presupuesto de
Egresos Municipal para el siguiente ejercicio fiscal, previo examen, discusión y, en
su caso, modificación del proyecto que someta a su consideración el Presidente
Municipal a más tardar el dí a 31 de diciembre de cada año, contemplando los
ingresos que deban corresponder al Municipio.
Si el Presupuesto de Egresos Municipal no se presenta o no se aprueba dentro del
plazo antes señalado, continuará en vigor el presupuesto del ejercicio fiscal que
esté en curso.

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