Periódico Oficial de Campeche No. 2024, Primera sección, 06-10-2023

Fecha de publicación06 Octubre 2023
PERIÓDICO OFICIAL DEL ESTADO
ÓRGANO DEL GOBIERNO CONSTITUCIONAL DEL ESTADO DE CAMPECHE
FRANQUEO PAGADO PUBLICACIÓN PERIÓDICA PERMISO No. 0110762 CARACTERÍSTICAS 111182816 AUTORIZADO POR SEPOMEX
LAS LEYES, DECRETOS Y DEMÁS DISPOSICIONES OFICIALES OBLIGAN POR EL SOLO
HECHO DE PUBLICARSE EN ESTE PERIÓDICO
CUARTA ÉPOCA
Año IX No. 2024
San Francisco de Campeche, Cam.,
Viernes 6 de Octubre de 2023
Directora
Lic. Matiana del Carmen Torres López
SECCIÓN ADMINISTRATIVA
“2023, AÑO DE FRANCISCO VILLA, EL REVOLUCIONARIO DEL PUEBLO”
SECRETARIA
ACTA No. 38
SESION ORDINARIA.
EL PROFR. JORGE LUIS COHUO MAAS, Secretario del H. Ayuntamiento de
Hecelchakán, Estado de Campeche, CERTIFICA QUE-----------------------------------
En Sesión Ordinaria de Cabildo del Municipio de Hecelchakán, Estado de
Campeche, celebrada el día once (11) de Septiembre del año dos mil veintitrés
(2023), siendo las diecinueve horas con diez minutos (19:10 Hrs.), EL CABILDO
APRUEBA POR UNANIMIDAD. LAS REGLAS DE OPERACIÓN PARA LA ENTREGA
DE PROGRAMAS SOCIALES, APOYO ECONÓMICO O EN ESPECIE DEL
H. AYUNTAMIENTO DE HECELCHAKÁN Y REGLAS COMPLEMENTARIAS PARA LA
EJECUCIÓN DE DIVERSOS PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS DEL
H. AYUNTAMIENTO DE HECELCHAKÁN. No habiendo más asuntos que tratar y
agotado el Orden del día, siendo las veinte horas con cincuenta minutos
(20:50 Hrs.) del día once (11) de Septiembre del año dos mil veintitrés (2023), el
Presidente Municipal Profr. José Dolores Brito Pech, declara clausurada la Sesión
y son válidos los acuerdos que en ella intervinieron. El Secretario del H.
Ayuntamiento que actúa y da fé: Profr. Jorge Luis Cohuo Maas.
Se expide la presente Certificación en la Ciudad de Hecelchakán, Campeche a los
doce días del mes de Septiembre del año dos mil veintitrés, para todos los efectos
legales correspondientes a que haya lugar.
ATENTAMENTE
PROFR. JORGE LUIS COHUO MAAS
SECRETARIO DEL H. AYUNTAMIENTO
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San Francisco de Campeche,
Cam., Octubre 6 de 2023
C. Profr.José Dolores Brito Pech, Presidente Municipal del H. Ayuntamiento de Hecelchakán del Estado
de Campeche, en términos de lo establecido por los artículos 115, fracción II de l a Constitución Política
fracción I, 103, fracciones I y II y 106, fracción I de la Ley Orgánica de los municipios del Estado de
Campeche; 4, 7, fracciones II, X, XII, XIII, XIV, XVII y XXIV, 8, fracción I del Bando de Gobier no del
Municipio de Hecelchakán; y 16 del Reglamento de la Administración Pública Mun icipal de Hecelchakán
tiene a bien promulgar las REGL AS COMPLEMENTARIAS PARA L A EJECUCIÓN DE DIVERSOS
PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS.
Título I
Capítulo I
Disposiciones Generales
Artículo1.- Las presentes reglas son de uso y aplicación obligatoria en las funciones, trámites y
procedimientos que se describen en el mismo para todos los servidores públicos del H. Ayuntamiento
del Municipio de Hecelchakán.
Artículo 2.- Para los efectos las presentes reglas, se entenderá por:
I. Ayuntamiento: Al H. Ayuntamiento de Hecelchakán.
II. Área requirente: Área del Ayuntamiento que solicite o requiera formalm ente la adquisición o
arrendamiento de bienes o la prestación de servicios, así como aquella que solicite cualquier
tipo de bien o servicio; o bien aquélla que los utilizará.
III. Bienes: Los bienes materiales, muebles e inmuebles propiedad del Ayuntamiento.
IV. Dirección de Administración: Dirección de Administración del Ayuntamiento.
V. Disposición final: La determinación de enajenar, donar o destruir los bienes no útiles.
VI. Expediente: A la unidad documental compuesta por documentos de archivo, ordenados y
relacionados por un mismo asunto, actividad o trámite de los Sujetos Obligados.
VII. LPEEC: Ley de Presupuesto de Egresos del Estado de Campeche
VIII. Presupuesto: El Presup uesto de Egresos del Municipio de Hecelchakán, Estado de
Campeche aprobado por la Cámara de Diputados del Congreso del Estado de Campeche.
IX. Procedimiento de adquisición: Conjunto de etapas por las que el Ayuntamiento, adquiere
bienes, contrata servicios o en arrendamiento bienes para el cumplimiento de sus funciones,
programas y acciones.
X. Resguardo. Guarda y custodia de un bien material, mueble o inmueble propiedad del
Ayuntamiento por parte de un servidor público.
XI. Resguardante: Servidor público que tiene en custodia y uso algún bien mueble propiedad del
Ayuntamiento.
XII. Requisición: Es el formato o medio por escrito a través del cual un área del Ayuntamiento
solicita materiales, equipos, vehículos, servicios, combustible, recursos ya sea temporal o
permanente, para su uso en la realización de las actividades encomendadas.
XIII. Servicios generales: Los servicios que de una manera regular, continua y unif orme requiere
el Ayuntamiento, para la buena operación y funcionamiento de sus unidades administrativas.
XIV. Servidor público: Quien desempeña un empleo, cargo, com isión o encargo de cualquier
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San Francisco de Campeche,
Cam., Octubre 6 de 2023
naturaleza, en el Ayuntamiento, de forma permanente o eventual, responsable por los actos u
omisiones en que incurran, en el desempeño de sus respectivas funciones.
Título II
Capítulo I
Del procedimiento de adquisiciones
y arrendamiento de bienes o servicios
Artículo 3.- En complemento a lo establecido por las l eyes y reglamentos en materia de adquisiciones
las diversas áreas del Ayuntamiento que participen en el desarrollo de los procedimientos de
adquisiciones y arrendamiento de bienes o servicios, deberán procurar el siguient e procedimiento para
el desarrollo de los mismos, se estará a lo siguiente:
PROCEDIMIENTO: ADQUISICIONES Y ARRENDAMIENTO DE BIENES O SERVICIOS. LICITACIÓN,
CONCURSO POR INVITACIÓN A CUANTO MENOS TRES Y ADJUDICACIÓN DIRECTA
ÁREA
ACTIVID ADES
DOCUMENTOS
INICIO DE PROCEDIMIENTO
Requirente
Realiza la solicitud con la justificación del
bien o servicio para adquirir, arrendar o
contratar.
Oficio
Anexo técnico/ presupuesto.
Justificación
Dirección General
de Administración
Recibe solicitud del bien o servicio a
adquirir o arrendar o contratar, turna a la
Coordinación de Recursos Materiales.
Oficio
Coordinación de
Recursos Materiales
Recibe solicitud, verifica la existencia en
almacén del bien o la existencia del
servicio.
1. En caso de existencia del bien o
servicio: Informa y se abastece el
bien o del servicio al requirente.
2. En caso de que no exista el bien o
servicio en el inventario de bienes
se le solicita a la Dirección General
de Administración.
Oficio
Investigación de mercado
Se notifica a Dirección General
de Administración
.
Dirección General
de Administración
Informa al requirente del procedimiento a
seguir para adquirir o arrendar o contratar
el bien o servicio.
Oficio
Investigación de mercado
Requirente
Solicita suficiencia presupuestal para
adquirir o arrendar el bien o servicio.
Oficio
Recibe solicitud de suficiencia presupuestal
y da respuesta al requirente de la
procedencia o no, así como del
procedimiento conforme a Ley para dicha
adquisición o arrendamiento.
Oficio
Órgano Interno de
Control
Recibe del área solicitante la justificación y
analiza
Oficio
Anexo técnico
Justificación

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