Periódico Oficial de Campeche No. 1986, Primera sección, 14-08-2023

Fecha de publicación14 Agosto 2023
PERIÓDICO OFICIAL DEL ESTADO
ÓRGANO DEL GOBIERNO CONSTITUCIONAL DEL ESTADO DE CAMPECHE
FRANQUEO PAGADO PUBLICACIÓN PERIÓDICA PERMISO No. 0110762 CARACTERÍSTICAS 111182816 AUTORIZADO POR SEPOMEX
LAS LEYES, DECRETOS Y DEMÁS DISPOSICIONES OFICIALES OBLIGAN POR EL SOLO
HECHO DE PUBLICARSE EN ESTE PERIÓDICO
CUARTA ÉPOCA
Año IX No. 1986
San Francisco de Campeche, Cam.,
Lunes 14 de Agosto de 2023
Directora
Lic. Matiana del Carmen Torres López
SECCIÓN ADMINISTRATIVA
H. AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DEL MUNICIPIO
DE PALIZADA, CAMPECHE 2021 2024
Avenida Miguel Hidalgo No. 32, entre Manuel Doblado y Manuel Santos Degollado. Col. Centro, Palizada,
Campeche, C.P. 24200 sria.ayuntamiento2124@palizada.gob.mx www.palizada.gob.mx
MAESTRA ÁN GELA DEL C ARMEN CÁMAR A DAMAS, Pres idente Municipal de Palizada, Estado de
Campeche, en cumplimiento a lo dispuesto por los artículos 1º. 115 fracciones I párrafo primero y III de la
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 102, 105, 106, 108, 115 de la Constitución Política del
Estado de Campeche; 2º, 20, 21, 27, 31,58 fracción III, 59, 60, 69 fracciones I, III, XII y XXII, 71, 73 fracciones
III, IV y XI, 103 fracciones I y XVII, 106 fracción VIII y 186 de la Ley Orgánica de los Municipios del Estado de
Campeche; 5º, 25 y 27 del Bando de Policía y Buen Gobierno del Municipio de Palizada; 2º, 3º, 4º y 11 del
Reglamento de Administración Pública Municipal de Palizada; 4º, 5º, 6º, 8º, 9º, 12, 18, 19 fracciones I, II y
XXIII, 69 y 74 del Reglamento Interior del H. Ayuntamiento de Palizada y demás normatividad aplicable a los
Ciudadanos y Autoridades del Municipio de Palizada, para su publicación y debida observancia; hago saber:
Que el H. Ayuntamiento del Municipio de Palizada en la DÉCIMA QUINT A SESIÓN EXTRAORDINARIA, de
fecha tres de julio del año dos mil veintitrés, han tenido a bien aprobar y expedir el siguiente:
ACUERDO NÚMERO 144
DEL H. AYUNTAMIENTO DEL MUNICIPIO DE PALIZADA, CAMPECHE MEDIANTE EL CU AL SE
APRUEBA EL REGLAMENTO DE MEJORA REGULATORIA DEL MUNICIPIO DE PALIZADA.
ANTECEDENTES
PRIMERO. - Que con fecha veintiocho de junio de 2023, se recibió en esta S ecretaría del H. Ayuntamiento
del Municipio de Palizada, el oficio número ADM-OF-PLZ100/198-409/2 8-06-2023, suscrito por el Ing. Helner
Armin de la Cruz Luna, Titular de La Dirección de Administración e Innovación, dirigida al C.D. Carlos
Roberto Ayala Fernández del Campo, Secretario Del H. Ayuntamiento del Municipio de Palizada, en donde
solicita que sea integrado dentro de los puntos del orden del día de la Próxima Sesión de Cabildo se someta
a consideración y en su caso aprobación del H. Ayuntamiento, el Reglamento de Mejora Regulat oria
Municipal.
SEGUNDO. - Que con fecha tres de julio de dos mil veintitrés, reunidos los integrantes del H. ayuntamiento
del Municipio de Palizada, en su la Décima Quinta S esión Extraordinaria de Cabildo, estimaron procedente
conocer de dicho asunto al tenor de los siguientes:
CONSIDERANDOS
I.- Que este H. Ayuntamiento es leg almente competente para conocer y dictaminar en el presente asunto
conforme a lo preceptuado por los artículos 103 fracción I y VI y demás aplicables a la Ley Orgánica de los
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Cam., Agosto 14 de 2023
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Municipios del Estado de Campeche; 6 y 9 fracción V del Bando de Policía y Buen Gobierno del Municipio de
Palizada.
II.- Que la Mtra. Angela del Carmen Cámara Damas, Presidente Municipal de Palizada y Titular de la
Administración Pública Municipal es ejecutor de las decisiones del H. Ayuntamiento y responsable del
ejercicio Gubernamental tal y como establece el Artículo 7 y 8 fracción I del Reglam ento de la Administración
Pública Municipal de Palizada: 30 fracción II y 31 del Bando de Policía y Bue n Gobierno del Municipio de
Palizada.
III.- Que enterados de dicho propósito, los inte grantes del H. Ayuntamiento estima que la procedencia de la
iniciativa del presente acuerdo debe determinarse conforme a los principios jurídicos expuestos en los
considerandos que anteceden.
IV. Que en este sentido los integrantes del H. Ayuntamiento del Municipio de Pali zada, estiman procedente
emitir el siguiente:
A C U E R D O
PRIMERO. - Se aprueba el Reglamento de Mejora Regulatoria del Municipio de Palizada para que dar como
sigue:
La ciudadana Mtra. Ángela del Carmen Cámara Damas, Presidenta del Honorable Ayuntamiento del
Municipio de Palizada, Estado de Campeche, en cumplimiento a los dispuesto en los artículos 115 fracción II
de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 108 de la Constitu ción Política del Estado de
Campeche, 69 fracción I, 103 fracción I, 119 y 186 de la Ley Orgánica de los Municipios del Estado de
Campeche, a los ciudadanos y autoridades del municipio, para su debida observancia hago saber:
Que el Honorable Ayuntamiento del Municipio de Palizada, en su sesión celebrada el día 0 3 del mes de julio
del año dos mil veintitrés, mediante ACUERDO NÚMERO 144, ha tenido a bien aprobar y expedir el:
REGLAMENTO DE MEJORA REGULATORIA PARA EL MUNICIPIO DE PALIZADA
TITULO PRIMERO
DE LA MEJORA REGULATORIA
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CAPÍTULO ÚNICO
DEL OBJETO, ÁMBITO DE APLICACIÓN Y SUJETOS OBLIGADOS
Artículo 1.-
El presente Reglamento es de orden público y de observancia general en el Municipio
de Palizada, Campeche, de conformidad con lo establecido en el artículo 3 fracción XIX de la
Ley General de Mejora Regulatoria, correlativo del artículo 2 Fracción II, de la Ley de Mejora
Regulatoria para el Estado de Campeche y sus Municipios, obligatoria para todas las unidades
administrativa y entidades de la administración pública centralizada y descentralizada en sus
respectivos ámbitos de competencia, dichas legislaciones aplicarán de manera supletoria para lo
que no se encuentre regulado en el presente Reglamento.
Artículo 2.-
El objeto de este Reglamento es establecer los principios, bases generales,
procedimientos, así como los instrumentos necesarios para que las regulaciones emitidas por el H.
Ayuntamiento del Municipio de Palizada y las normas de carácter general que emita cualquier
entidad o unidad administrativa del ámbito municipal, garantice beneficios superiores a sus costos
y el máximo bienestar para la sociedad.
Al efecto, este Reglamento también persigue como finalidad, establecer los procedimientos de
integración y funcionamiento del Sistema Muni cipal de Mejora Regulatoria, d el Catálogo Municipal
de Trámites y Servicios qu e incluya todos los trámites y servic ios municipales, así como el de la
Comisión Municipal de Mejora Regulatoria de Palizada.
Con el objetivo de generar seguridad jurídica y facilitar su cumplimiento mediante el uso de las
tecnologías de la información, la inscripción en el Catálogo y su actualización será obligatoria, de
conformidad con lo dispuesto por la Ley Estatal y Ley General de Mejora Regulatoria.
El seguimiento e implementación del Reglamento corresponde al Consejo Municipal y a la
Comisión Municipal de M ejora Regulatoria de Palizada, en el ámbito de sus respectivas
competencias.
Las disposiciones de carácter general a las que hace referencia el presente artículo, d eberán ser
publicadas por los sujetos obligados en el Periódico Oficial del Estado de Campeche.
Artículo 3.-
Para los efectos de este Reglamento se entenderá por:
I.
Ayuntamiento:
Órgano de Gobierno Colegiado, integrado por una o un Presidente
Municipal, las y/o los Síndicos y las y/o los Regidores.
II.
Catálogo:
El Catálogo Municipal de Trámites y Servicios;
III.
Comisión:
Comisión Municipal de Mejora Regulatoria.
IV.
Comisión Estatal:
La Comisión Estatal de Mejora Regulatoria;
V.
Consejo Municipal:
Cuerpo colegiado que se encargará de planear, desarrollar e
implementar las acciones de mejora regulatoria dentro del ámbito de la administración municipal.
VI.
CONAMER:
Comisión Nacional de Mejora Regulatoria.
VII.
Comisionado municipal:
Servidor público designado por el Presidente municipal, titular de
la Comisión Municipal de Mejora Regulatoria, quien se encargará de dirigir y desarrollar las
acciones de mejora regulatoria en el municipio, organizando para tal efecto a los Enlaces de Mejora
Regulatoria, teniendo que reportar avances directamente al presidente municipal.
VIII.
Dependencias:
Organismos centralizados, descentralizados y autónomos de la
Administración Pública Municipal.

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