Periódico Oficial de Campeche No. 1837, Primera sección, 30-12-2022

Fecha de publicación30 Diciembre 2022
PERIÓDICO OFICIAL DEL ESTADO
ÓRGANO DEL GOBIERNO CONSTITUCIONAL DEL ESTADO DE CAMPECHE
FRANQUEO PAGADO PUBLICACIÓN PERIÓDICA PERMISO No. 0110762 CARACTERÍSTICAS 111182816 AUTORIZADO POR SEPOMEX
LAS LEYES, DECRETOS Y DEMÁS DISPOSICIONES OFICIALES OBLIGAN POR EL SOLO
HECHO DE PUBLICARSE EN ESTE PERIÓDICO
CUARTA ÉPOCA
Año VIII No. 1837
San Francisco de Campeche, Cam.,
Viernes 30 de Diciembre de 2022
Directora
Lic. Matiana del Carmen Torres López
SECCIÓN ADMINISTRATIVA
1
CIUDADANO MAESTRO JUAN ANTONIO NOH CANCHE, SECRETARIO DEL H. AYUNTAMIENTO
CONSTITUCIONAL DEL MUNICIPIO DE CALAKMUL, ESTADO DE CAMPECHE, ESTADOS
UNIDOS MEXICANOS………………...………………………………………………………………………
C E R T I F I C O: QUE EL DOCUMENTO QUE ANTECEDE, RELATIVO AL “BANDO DE POLICIA
Y BUEN GOBIERNO DEL MUNICIPIO DE CALAKMUL”, CONSTA DE 30 FOJAS ÚTILES,
TAMAÑO CARTA, ESCRITAS SOLO POR SU FRENTE: EL CUAL SE APROBÓ POR UNANIMIDAD
DE VOTOS MEDIANTE LA DÉCIMA CUARTA SESIÓN EXTRAORDINARIA DE C ABILDO,
CELEBRADA CON FECHA 21 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2022 (DOS MIL VEINTIDÓS), INSCRITA
EN EL LIBRO SEGUNDO DE ACTAS DEL EJERCICIO CONSTITUCIONAL 2021-2024 (DOS MIL
VEINTIUNO GUION DOS MIL VEINTICUATRO), DEL HONORABLE AYUNTAMIENTO DEL
MUNICIPIO DE CALAKMUL, MISMO INSTRUMENTO QUE COTEJO, SELLO Y FIRMO.--------------
------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
DOY FE……………..……………………………………………………………………………………..........
Y PARA CONSTANCIA, EXPIDO LA PRESENTE CERTIFICACIÓN, EN LA VILLA DE XPUJIL,
CALAKMUL, CAMPECHE, A LOS VEINTIÚN DÍAS DEL MES DICIEMBRE DEL DOS MIL
VEINTIDÓS……………………………………………………………………………………………………..
MTRO. JUAN ANTONIO NOH CANCHE, SECRETARIO DEL H. AYUNTAMIENTO DEL
MUNICIPIO DE CALAKMUL.- RUBRICA.
C. ING. LUIS ENRIQUE ALVARADO MOO PRESIDENTE DEL H. AYUNTAMIENTO
CONSTITUCIONAL DEL MUNICIPIO DE CALAKMUL EN CUMPLIMIENTO EN LO DISPUESTO
MEXICANOS; 102 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO DE CAMPECHE; 69, DE LA
AUTORIDADES DEL MUNICIPIO, PARA SU PUBLICACIÓN Y DEBIDA OBSERVANCIA HAGO
SABER:
QUE EL HONORABLE AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DEL MUNICIPIO DE CALAKMUL,
EN SESIÓN EXTRAORDINARIA DE CABILDO CON FECHA 21 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2022,
HA TENIDO A BIEN APROBAR Y EXPEDIR EL SIGUIENTE ACUERDO:
PRIMERO: SE APRUEBA EL “BANDO DE POLICIA Y BUEN GOBIERNO DEL MUNICIPIO DE
CALAKMUL”, PARA QUEDAR COMO SIGUE.
1
CIUDADANO MAESTRO JUAN ANTONIO NOH CANCHE, SECRETARIO DEL H. AYUNTAMIENTO
CONSTITUCIONAL DEL MUNICIPIO DE CALAKMUL, ESTADO DE CAMPECHE, ESTADOS
UNIDOS MEXICANOS………………...………………………………………………………………………
C E R T I F I C O: QUE EL DOCUMENTO QUE ANTECEDE, RELATIVO AL “BANDO DE POLICIA
Y BUEN GOBIERNO DEL MUNICIPIO DE CALAKMUL”, CONSTA DE 30 FOJAS ÚTILES,
TAMAÑO CARTA, ESCRITAS SOLO POR SU FRENTE: EL CUAL SE APROBÓ POR UNANIMIDAD
DE VOTOS MEDIANTE LA DÉCIMA CUARTA SESIÓN EXTRAORDINARIA DE C ABILDO,
CELEBRADA CON FECHA 21 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2022 (DOS MIL VEINTIDÓS), INSCRITA
EN EL LIBRO SEGUNDO DE ACTAS DEL EJERCICIO CONSTITUCIONAL 2021-2024 (DOS MIL
VEINTIUNO GUION DOS MIL VEINTICUATRO), DEL HONORABLE AYUNTAMIENTO DEL
MUNICIPIO DE CALAKMUL, MISMO INSTRUMENTO QUE COTEJO, SELLO Y FIRMO.--------------
------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
DOY FE……………..……………………………………………………………………………………..........
Y PARA CONSTANCIA, EXPIDO LA PRESENTE CERTIFICACIÓN, EN LA VILLA DE XPUJIL,
CALAKMUL, CAMPECHE, A LOS VEINTIÚN DÍAS DEL MES DICIEMBRE DEL DOS MIL
VEINTIDÓS……………………………………………………………………………………………………..
MTRO. JUAN ANTONIO NOH CANCHE, SECRETARIO DEL H. AYUNTAMIENTO DEL
MUNICIPIO DE CALAKMUL.- RUBRICA.
C. ING. LUIS ENRIQUE ALVARADO MOO PRESIDENTE DEL H. AYUNTAMIENTO
CONSTITUCIONAL DEL MUNICIPIO DE CALAKMUL EN CUMPLIMIENTO EN LO DISPUESTO
MEXICANOS; 102 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO DE CAMPECHE; 69, DE LA
AUTORIDADES DEL MUNICIPIO, PARA SU PUBLICACIÓN Y DEBIDA OBSERVANCIA HAGO
SABER:
QUE EL HONORABLE AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DEL MUNICIPIO DE CALAKMUL,
EN SESIÓN EXTRAORDINARIA DE CABILDO CON FECHA 21 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2022,
HA TENIDO A BIEN APROBAR Y EXPEDIR EL SIGUIENTE ACUERDO:
PRIMERO: SE APRUEBA EL “BANDO DE POLICIA Y BUEN GOBIERNO DEL MUNICIPIO DE
CALAKMUL”, PARA QUEDAR COMO SIGUE.
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San Francisco de Campeche,
Cam., Diciembre 30 de 2022
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BANDO DE POLICIA Y BUEN GOBIERNO DEL MUNICIPIO DE CALAKMUL
TÍTULO PRIMERO
DISPOSICIONES GENERALES
CAPÍTULO I
FUNDAMENTO Y OBJETO
Artículo 1.- Son fundamento de las normas del presente Bando: El Artículo 115 Fracción II Párrafo
Segundo de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el Artículo 105 párrafo II de
Orgánica de los municipios del Estado de Campeche.
Artículo 2.- El presente Bando es de interés público e interés social y tiene por objeto establecer las
normas generales básicas para orientar el régimen de gobierno y la organización y funcionamiento
de la Administración Pública; identificar autoridades y su ámbito de competencia; y se establece con
estricto apego al marco jurídico general que regula la vida del país. Sus disposiciones son de
observancia general y obligatoria en todo el territorio municipal.
Artículo 3.- El presente Bando y los demás Reglamentos y Acuerdos que expida el Ayuntamiento
serán obligatorios para las Autoridades Municipales, los vecinos, los habitantes, los visitantes y
transeúntes del Municipio de Calakmul, y sus infracciones serán sancionadas conforme a lo que
establezcan las propias disposiciones municipales.
Artículo 4.- Le corresponde directamente la aplicación del presente Bando, al Honorable
Ayuntamiento del Municipio de Calakmul, por conducto del C. Presidente Municipal, auxiliado por el
C. Secretario del H. Ayuntamiento; el C. Presidente de la H. Junta Municipal; los CC. Comisarios
Municipales, y los demás Servidores Públicos Municipales previstos en el presente Bando.
Artículo 5.- Para los efectos del presente Bando, se entenderá por:
Administración Pública Municipal: El Órgano de Gobierno conformado por el conjunto de
dependencias, organismos o unidades administrativas, cuyo titular es el Presidente Municipal y que
se encargan de la ejecución de las acciones contenidas en el Plan Municipal de Desarrollo, los
programas anuales de trabajo, y los programas específicos de trabajo, en una relación de
subordinación al poder público depositado en el Ayuntamiento;
Ayuntamiento: El órgano superior del Gobierno del Municipio;
Bando: El presente Bando de Policía y Buen Gobierno del Municipio de Calakmul;
Cabildo: El H. Ayuntamiento de Calakmul, Estado de Campeche;
Dirección Municipal: La unidad orgánica que forma parte de la Administración Pública Municipal y
que, por la división del trabajo, le corresponde la ejecución de acciones en un área específica del
quehacer Municipal;
Estado: El Estado Libre y Soberano de Campeche;
Gobierno Municipal o Autoridad Municipal: El órgano de gobierno competente en el Municipio,
atendiendo a la naturaleza de la facultad concedida, conforme a la Constitución General de la
República y las disposiciones legales aplicables, y que indistintamente se conoce como el
Ayuntamiento o la Administración Pública Municipal;
La Junta: Es el organismo auxiliar de la Administración Municipal denominados Junta de Gobierno
Municipal;
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Cam., Diciembre 30 de 2022
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La Policía: La Policía Municipal;
Municipio: La entidad de derecho público investido de personalidad jurídica, con libertad interior,
patrimonio propio y autonomía para su administración que se crea con fundamento en lo dispuesto
por el Artículo 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, siendo éste el
territorio del Municipio de Calakmul, Estado de Campeche y;
Seguridad: Todo lo referente a la Seguridad Pública Municipal.
CAPÍTULO II
DEL MUNICIPIO
Artículo 6.- El Municipio de Calakmul se rige por lo previsto en la Constitución Política de los Estados
Unidos Mexicanos, en las Leyes Federales, en la Constitución Política del Estado Libre y Soberano
de Campeche, en las Leyes Expedidas por la Legislatura del Estado de Campeche, en este Bando
de Gobierno Municipal, Reglamentos, Circulares, y demás disposiciones de observancia general que
emita el H. Ayuntamiento dentro del ámbito de su competencia.
Artículo 7.- El Municipio de Calakmul, es parte integrante de la división territorial, de la organización
política y administrativa del Estado de Campeche; es una entidad pública investida de personalidad
jurídica y capacidad política y administrativa, para la consecución de sus fines. Así mismo, goza de
autonomía en lo concerniente a su régimen interior; cuenta con territorio, población y gobierno
propios; y está gobernado por un Ayuntamiento de elección popular directa, no existiendo autoridad
intermedia entre éste y el Gobierno del Estado.
Artículo 8.- Las autoridades municipales tienen competencia plena sobre el territorio del Municipio
de Calakmul para decidir sobre su organización política, administrativa y sobre la prestación de los
servicios públicos de carácter municipal, ajustándose a lo dispuesto por la Constitución Federal, la
Estatal y las Leyes Federales y Estatales relativas.
CAPÍTULO III
FINES DEL MUNICIPIO
Artículo 9.- Es fin esencial del Municipio lograr el bienestar general de sus habitantes, por lo tanto,
la autoridad municipal debe sujetar sus acciones a los siguientes mandatos:
I. Preservar la dignidad de la persona humana y, en consecuencia, las garantías individuales
establecidas en el título primero de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos;
II. Salvaguardar y garantizar la integridad y seguridad del territorio municipal, de las
instituciones, la población y los visitantes tanto en sus bienes, posesiones o derechos;
III. Garantizar la tranquilidad, salubridad y el orden público, dentro del territorio municipal;
IV. Revisar y actualizar la Reglamentación Municipal de acuerdo con las necesidades de la
realidad social, económica y política del Municipio;
V. Prestar de manera regular y uniforme los servicios públicos para la satisfacción de las
necesidades de la población, en términos de lo dispuesto por el artículo 115 de la
VI. Promover el desarrollo social mediante acciones directas o en coordinación con otras
autoridades federales, estatales e intermunicipales, así como con la participación ciudadana;
VII. Planear y conducir el ordenamiento territorial así como dirigir el crecimiento ordenado y
armónico de la ciudad y centros de población;
VIII. Promover el desarrollo económico, mediante acciones directas o en coordinación con
autoridades federales, estatales, intermunicipales y con la participación de los diferentes
sectores de la industria, comercio, comunicaciones y transportes, entre otras;
IX. Preservar y restaurar el medio ambiente dentro del territorio municipal, a través de la
vigilancia, supervisión y corrección de las causas de degradación del mismo;
X. Rescatar, conservar, incrementar, promover y administrar el patrimonio cultural del

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