Periódico Oficial de Campeche No. 1688, Segunda sección, 26-05-2022

Fecha de publicación26 Mayo 2022
PERIÓDICO OFICIAL DEL ESTADO
ÓRGANO DEL GOBIERNO CONSTITUCIONAL DEL ESTADO DE CAMPECHE
FRANQUEO PAGADO PUBLICACIÓN PERIÓDICA PERMISO No. 0110762 CARACTERÍSTICAS 111182816 AUTORIZADO POR SEPOMEX
LAS LEYES, DECRETOS Y DEMÁS DISPOSICIONES OFICIALES OBLIGAN POR EL SOLO
HECHO DE PUBLICARSE EN ESTE PERIÓDICO
CUARTA ÉPOCA
Año VII No. 1688
San Francisco de Campeche, Cam.,
Jueves 26 de Mayo de 2022
SECCIÓN ADMINISTRATIVA
Directora
Lic. Matiana del Carmen Torres López
SEGUNDA SECCIÓN
JEZRAEL ISAAC LARRACILLA PÉREZ, Secretario de Administración y Finanzas del Poder Ejecutivo
del Estado de Campeche, en ejercicio de la facultad que me conere el artículo 15 de la Ley Orgánica
de la Administración Pública del Estado de Campeche, y con fundamento en los artículos 22, apartado A,
inciso A, fracciones I y III, 13, 14, fracción XXVII, y 17, fracción III del Reglamento Interior de la Secretaría
de Administración y Finanzas del Estado de Campeche.
CONSIDERANDO
establece que corresponde originalmente a las personas titulares de los Organismos
Centralizados la representación legal de ellas, así como el trámite y resolución de los asuntos
de su competencia; sin embargo, para la mejor organización del trabajo, podrán delegar en las
y los servidores públicos que les estén subordinados jerárquicamente cualesquiera de sus
facultades, excepto aquellas que, por disposición legal o reglamentaria, deban ser ejercidas
directamente por dichas personas titulares.
Que a su vez, el artículo 13 del Reglamento Interior de la Secretaría de Administración y Finanzas del Estado
de Campeche, señala que la representación de la Secretaría y las facultades que las leyes le coneren,
corresponden originalmente a la o el Secretario y su delegación procede en razón de la distribución de
competencias que disponen los ordenamientos legales aplicables, el Reglamento o por acuerdo de la o
el Secretario. En todo caso, la representación y delegación de las facultades surtirán efectos sin perjuicio
del ejercicio directo por la o el titular de la facultad respectiva, cuando así lo considere conveniente la o el
Secretario.
Que de conformidad con el artículo 14, fracción XXVII del Reglamento Interior de la Secretaría de
Administración y Finanzas del Estado de Campeche, es facultad del Titular de la Secretaría de Administración
y Finanzas, llevar a cabo la negociación y contratación de nanciamientos, obligaciones y deuda pública del
Estado, llevar su registro y control, así como vigilar y registrar la de las Entidades Paraestatales, municipios
y Paramunicipales, en los términos de la ley estatal en la materia.
Que con la nalidad de procurar la mejor organización del trabajo y agilizar el despacho de los asuntos
competencia de esta Secretaría, es preciso delegar diversas facultades relacionadas con el análisis, estudio,
programación, negociación, contratación, autorización y registro de las operaciones Financiamientos,
Obligaciones y de Deuda Pública Estatal, por lo que se emite el siguiente:

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