Periódico Oficial de Campeche No. 1652, Segunda sección, 31-03-2022

Fecha de publicación31 Marzo 2022
PERIÓDICO OFICIAL DEL ESTADO
ÓRGANO DEL GOBIERNO CONSTITUCIONAL DEL ESTADO DE CAMPECHE
FRANQUEO PAGADO PUBLICACIÓN PERIÓDICA PERMISO No. 0110762 CARACTERÍSTICAS 111182816 AUTORIZADO POR SEPOMEX
LAS LEYES, DECRETOS Y DEMÁS DISPOSICIONES OFICIALES OBLIGAN POR EL SOLO
HECHO DE PUBLICARSE EN ESTE PERIÓDICO
San Francisco de Campeche, Cam.
Jueves 31 de Marzo de 2022
SEGUNDA SECCIÓN
CUARTA ÉPOCA
Año VII No. 1652
Directora
Lic. Matiana del Carmen Torres López
SECCIÓN ADMINISTRATIVA
REGLAMENTO INTERIOR DE LA SECRETARÍA DE GOBIERNO DE LA ADMINISTRACIÓN
PÚBLICA DEL ESTADO DE CAMPECHE.
LICDA. LAY DA ELENA SANSORES SAN ROMÁN, Gobernadora del Estado de Campeche, en
ejercicio de la facultad que me confieren los artículos 59, 71, fracción XIX, y 73 de la Constitución
Política del Estado de Campeche, y con fundamento en los artículos 3, 9, 16, 17, 22, apartado A
CONSIDERANDO:
I. Que el artículo 72 de la Constitución Política del Estado de Campeche establece que para el
despacho de los asuntos que correspondan al Ejecutivo del Estado existirán las Secretarías de los
ramos de Administración Pública y el número de Dependencias que establezca la Ley Orgánica
relativa, que distribuirá las funciones que corresponde a cada una y señalará los requisitos que la
Gobernadora observará para nombrar a las y los titulares de las mismas, tomando en consideración
el principio de paridad de género.
II. Que el 14 de septiembre de 2021, se publicó en el Periódico Oficial del Estado de Campeche el
Decreto número 253 de la LXIII Legislatura del H. Congreso del Estado, por el que se expidió la
1° de enero de 2022, de conformidad con lo dispuesto en su Artículo Transitorio Primero , y que en
su artículo 22 apartado A fracción I creó a la Secretaría de Gobierno d e la Administración Pública
Centralizada, con las atribuciones referidas en el artículo 27 de este mismo ordenamiento jurídico.
III. Que el Artículo Transitorio Décimo Segundo del Decreto citado en el numeral que antecede,
establece que las Secretarías y las Dependencias de la Administración Pública Centralizada deberá n
emitir sus respectivos Reglamentos Interiores en un plazo no mayor a noventa días nat urales,
contados a partir de la entrada en vigor del funcionamiento de las Secretarías y Dependencias, para
efectos de contar con un marco jurídico estatal armonizado a la nueva Ley Orgánica,
IV. Que el artículo 18 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Estatal, en su párrafo segundo,
determina que todos los Organismos Centralizados y las Entidades Paraestatales contarán con una
Unidad de Igualdad Sustantiva, las cuales tendrán como objeto garantizar de manera efectiva e l
derecho fundamental a la igualdad entre mujeres y hombres, en estricto apego a las disposiciones
constitucionales y legales en la materia. La organización y funcionamiento de esta Unidad se
establecerá en este Reglamento Interior, sin perjuicio de que ejerzan las atribuciones que al efecto
emita la Gobernadora o el Gobernador, así como la Secretaría de Inclusión.
V. Que, de igual forma, en el presente Reglamento se señala que la Secretaría contará con un
Órgano Interno de Control, el cual no se encontrará dentro de su estructura, ya que estos Órga nos
están subordinados a la Secretaría de la Contraloría, de conformidad con el artículo 41 de la Ley
publicada el 4 de mayo de 2015 en el Diario Oficial de la Federación, en el presente Reglamento se
incluye a la Unidad de Transparencia, la cual tendrá las funciones que establece al artículo 45 de
esta normativa general, lo cual se encuentra acorde con el artículo 51 de la Ley de Transparencia y
Acceso a la Información Pública del Estado de Campeche.
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VII. Que la institucionalización de las políticas de género es de suma importancia para propiciar la
igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres en todos los ámbitos de la actuac ión de la
Administración Pública, por lo que, a través de la perspectiva de género, se propone la inclusión de
un lenguaje incluyente no sexista al Reglamento Interior, con el fin de garantizar un enfoq ue
incluyente, promoviendo la participación de las mujeres en la vida laboral y económica del país.
VIII. Que el Plan Estatal de Desarrollo publicado el 14 de enero de 2022 en el Periódico Oficial del
Estado, hace mención de las estrategias que se deben adoptar para armonizar el m arco jurídico
estatal, y para tener una mayor seguridad y certeza en relación al ámbito jurídico de esta Secretaría.
IX. Que, de conformidad con las disposiciones contempladas en la Ley Orgánica de la Administración
Pública del Estado de Campeche, el Reglamento Interior de la Secretaría de Gobierno, cuenta con
la Ficha Técnica Informativa relativa a la Estructura Ocupacional del Capítulo derivado a “Servicios
Personales” del sistema de nómina, misma que le permite cumplir de m anera efectiva con las
atribuciones conferidas en los ordenamientos legales. Asimismo, cuenta con la estimaci ón de
impacto presupuestario que emite la Secretaría de Administración y Finanzas, de conformidad con
el artículo 16 de la Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios, y el
Campeche y sus Municipios.
X. Que con base en todo lo anterior, se emite el siguiente:
REGLAMENTO INTERIOR DE LA SECRETARÍA DE GOBIERNO DE LA ADMINISTR ACIÓN
PÚBLICA DEL ESTADO DE CAMPECHE
CAPÍTULO I
DE LA COMPETENCIA Y ORGANIZACIÓN
Artículo 1.- El presente Reglamento tiene por objeto definir las atribuciones y com petencias de la
Secretaría de Gobierno y de sus Unidades Administrativas y Órganos Administrativos
Desconcentrados.
Artículo 2.- La Secretaría de Gobierno, es un Organismo Centralizado de la Administración Pública
Estatal que tiene a su cargo las funciones previstas en el artículo 27 de la Ley Orgánica de la
Administración Pública del Estado de Campeche, así como las demás atribuciones qu e le confieren
las leyes locales, los reglamentos, decretos, acuerdos, circulares, órdenes de la o el Depositario del
Poder Ejecutivo del Estado y las demás disposiciones aplicables.
Artículo 3.- Para interpretación y aplicación de este Reglamento, se entenderá por:
I. Centro Penitenciario: Espacio físico destinado al cumplimiento de prisión preventiva y
ejecución de penas de acuerdo al artículo tercero, fracción III de la Ley Nacional de Ejecución
Penal;
II. Comité Técnico: Órgano Colegiado Consultivo y de autoridad en aquellos asuntos que le
corresponda resolver del Centro Penitenciario, de conformidad el artículo 3°, fracción V de
la Ley Nacional de Ejecución Penal;
III. Derechos Humanos: Prerrogativas sustentadas en la dignidad humana señalados en el
IV. Entidades Paraestatales: Los organismos descentralizados, empresas de particip ación
estatal mayoritaria o Fideicomisos Públicos de la Administración Pública Par aestatal,
V. Gobernadora o Gobernador: Persona depositaria del Poder Ejecutivo del Estado de
Campeche;
VI. Periódico Oficial del Estado: Periódico Oficial del Estado de Campeche;
VII. Secretaría: Secretaría de Gobierno de la Administración Pública del Estado de Cam peche;
y
VIII. Secretaria o Secretario: Persona titular de la Secretaría de Gobierno;
IX. Instituciones de Seguridad Pública: Instituciones de Seguridad Pública del Sistema
Penitenciario, encargada de los elementos de seguridad y custodia penitenciaria a nivel
estatal.
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Artículo 4.- Al frente de la Secretaría, habrá una o un titular de la m isma, quien tendrá el rango de
Secretaria o Secretario de la Administración Pública Centralizada del Estado de Cam peche, en
términos de lo que establecen los artículos 12 y 23 de la Ley Orgánica de la Administración Pública
del Estado de Campeche, quien, para el desahogo de los asuntos de su competencia, se auxiliará
de las y los servidores públicos, Unidades Administrativas y Órganos Administrativos
Desconcentrados siguientes:
A. Unidades Administrativas:
I. La Oficina de la Secretaria o el Secretario;
II. La Secretaría Técnica;
III. La Subsecretaría de Asuntos Jurídicos y Derechos Humanos;
IV. La Subsecretaría de Gobierno;
V. La Subsecretaría de Concertación Agraria;
VI. La Subsecretaría de Vinculación Política, Desarrollo Democrático y Participación Social;
VII. La Subsecretaría para el Desarrollo Regional Participativo;
VIII. La Subsecretaría del Sistema Penitenciario, Prevención y Reinserción Social;
IX. La Subsecretaría de Trabajo y Previsión Social;
X. La Dirección General de Asuntos Jurídicos;
XI. La Dirección General del Registro Público de la Propiedad y de Comercio;
XII. La Dirección General de Gobernación;
XIII. La Dirección General de Asuntos Agrarios;
XIV. La Dirección General para el Desarrollo Regional Participativo Zona Carmen;
XV. La Dirección General para el Desarrollo Regional Participativo Zona Urbana Cam peche;
XVI. La Dirección General para el Desarrollo Regional Participativo Zona Rural Cam peche;
XVII. La Dirección General para el Desarrollo Regional Participativo Zona Norte A ;
XVIII. La Dirección General para el Desarrollo Regional Participativo Zona Sur A;
XIX. La Dirección General para el Desarrollo Regional Participativo Zona Sur B;
XX. La Dirección General de Reinserción Social;
XXI. La Dirección General de Justicia Laboral Administrativa en Campeche;
XXII. La Dirección General de Justicia Laboral Administrativa en Carmen;
XXIII. La Unidad Administrativa;
XXIV. La Dirección de Evaluación y Seguimiento;
XXV. La Dirección del Registro del Estado Civil;
XXVI. La Dirección de Derechos Humanos e Igualdad Sustantiva;
XXVII. La Dirección del Periódico Oficial del Estado;
XXVIII. La Dirección de los Talleres Gráficos del Estado;
XXIX. La Dirección de Control Notarial;
XXX. La Dirección de Seguridad del Sistema Penitenciario;
XXXI. La Dirección de Servicios Post Penitenciarios;
XXXII. La Dirección del Centro Penitenciario San Francisco Kobén;
XXXIII. La Dirección del Centro Penitenciario Carmen;
XXXIV. La Unidad Administrativa para Adolescentes;
XXXV. La Dirección de Inspección y Procedimientos Administrativos;
XXXVI. La Junta Local de Conciliación y Arbitraje;
XXXVII. La Junta Especial No. 1 de Conciliación y Arbitraje en Campeche;
XXXVIII. La Junta Especial No. 2 de Conciliación y Arbitraje en Carmen;
XXXIX. La Procuraduría de la Defensa del Trabajo;
XL. El Tribunal Burocrático de Conciliación y Arbitraje;
XLI. La Dirección Administrativa;
XLII. La Dirección Administrativa del Sistema Penitenciario;
XLIII. La Dirección de Programación y Desarrollo;
XLIV. La Secretaría Particular;
XLV. La Unidad de Atención Ciudadana;
XLVI. La Unidad de la Vocería;
XLVII. La Unidad de Transparencia;
XLVIII. La Unidad de Igualdad Sustantiva;
XLIX. La Unidad de Legalización y Apostilla;
L. La Unidad Coordinadora de Archivo;
LI. El Centro de Supervisores de Libertad;

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