Periódico Oficial de Campeche No. 1661, Primera sección, 13-04-2022

Fecha de publicación13 Abril 2022
PERIÓDICO OFICIAL DEL ESTADO
ÓRGANO DEL GOBIERNO CONSTITUCIONAL DEL ESTADO DE CAMPECHE
FRANQUEO PAGADO PUBLICACIÓN PERIÓDICA PERMISO No. 0110762 CARACTERÍSTICAS 111182816 AUTORIZADO POR SEPOMEX
LAS LEYES, DECRETOS Y DEMÁS DISPOSICIONES OFICIALES OBLIGAN POR EL SOLO
HECHO DE PUBLICARSE EN ESTE PERIÓDICO
CUARTA ÉPOCA
Año VII No. 1661
San Francisco de Campeche, Cam.,
Miércoles 13 de Abril de 2022
Directora
Lic. Matiana del Carmen Torres López
SECCIÓN ADMINISTRATIVA
El que suscribe Licdo. Manuel Arturo Arvez Pérez, Secretario del H. Ayuntamiento de la ciudad de
Calkiní, Campeche. Con fundamento del Artículo 123 Fracción IV de la Ley Orgánica de los Municipios del
Estado de Campeche, el Artículo 25 Fracción VI del Reglamento de la Administración Pública Municipal y
el Artículo 35 Fracción V del Reglamento Interior del Ayuntamiento del Municipio de Calkiní, CERTIFICA:
Que en la Décima Primera Sesión Extraordinaria del H. Cabildo 2021-2024, Iniciada a las dieciocho horas
con veintiocho minutos y clausurada a las diecinueve horas con treinta y cinco minutos del día veinticuatro
de marzo del año 2022.
EN EL TERCER PUNTO DEL ORDEN DEL DÍA REFERENTE AL ANÁLISIS Y APROBACIÓN DEL
CÓDIGO DE CONDUCTA PARA EL MUNICIPIO DE CALKINÍ, Y LAS DIRECTRICES QUE CONFORMAN
SU BASE.-
Una Vez que fue dado a conocer las referencias del punto expuesto, la Ciudadana Presidenta Municipal
Juanita del Rosario Cortés Moo, sometió a consideración de los integrantes del Honorable Ayuntamiento la
Aprobación, mismo que fue APROBADO POR MAYORÍA DE VOTOS; EL CÓDIGO DE CONDUCTA PARA
EL MUNICIPIO DE CALKINÍ Y LAS DIRECTRICES QUE CONFORMAN SU BASE ABSTENIENDOSE DE
APROBARLO LA REGIDORA ENNY MARIA PUCH GAMBOA.
El Licdo. Manuel Arturo Arvez Pérez; Secretario del H. Ayuntamiento de Calkiní, Campeche, CERTIFICA
que este documento es extracto el de su original del Acta de Cabildo, correspondiente a la Décima Primera
Sesión Extraordinaria del Honorable Cabildo de Calkiní, Campeche a los veinticinco días del mes de marzo
del año dos mil veintidós.
A T E N T A M E N T E.- “CERCANÍA Y TRABAJO”.- Licdo. Manuel Arturo Arvez Pérez, Secretario del
H. Ayuntamiento 2021-2024.- RÚBRICA
PERIÓDICO OFICIAL DEL ESTADO
PÁG. 2
San Francisco de Campeche,
Cam., Abril 13 de 2022
DIRECTRICES PARA LA PREVENCIÓN DE CONFLICTOS DE INTERÉS DEL H. AYUNTAMIENTO DEL
MUNICIPIO DE CALKINÍ, CAMPECHE.
INTRODUCCIÓN
La Constitución Política de los Estados Unidos Mex icanos estable dentro del artículo 109, Fracción III, del Título
Cuarto, que se aplicarán sanciones administrativas a las personas servidoras públicas por los actos u omisiones
que afecten la legalidad, honradez, lealtad, imparcialidad y eficiencia que deban observar en el desempeño de
sus empleos, cargos o comisiones.
De la misma forma la Ley General de Responsabilidades Administrativas, Artíc ulo 15, señala que, para prevenir
la comisión de faltas administrativas y hechos de corrupción, las Sec retarías y los Órganos Internos de Control,
podrán implementar acciones para orientar el criterio que en situaciones es pecíficas deberán observar los
Servidores Públicos en el desempeño de sus empleos, cargos o comisiones, en coordinación con el Sistema
Nacional Anticorrupción.
De la misma forma la Ley Federal de Austeridad Republicana, señala en su Artículo 22 que, ningún servidor
público podrá utilizar recursos humanos, mater iales o financieros institucionales para fines d istintos a los
relacionados con sus funciones; su contravención será causa de Responsabilidad Adm inistrativa en los
términos que establezca la Ley General de Responsabilidades Administrativas. Los entes públicos deberán
emitir su correspondiente Código de Conducta en concordancia con la presente Ley y cada servidor público
deberá protestar cumplirlo.
Derivado de lo anterior, el Comité de Ética y de Prevención de Conflictos de Interés del H. Ayuntamiento del
Municipio de Calkiní (CEPCI), tiene entre sus func iones: Elaborar, revisar y actualizar el Código de Conducta, a
efecto de propiciar la integridad de las person as servidoras públicas del H. Ayuntamiento de l Municipio de
Calkiní e implementar acciones permanentes que f avorezcan su comportamiento ético como lo establecen las
disposiciones aplicables en la materia.
CAPÍTULO I.
DISPOSICIONES GENERALES
I OBJETIVO, ALCANCE, ACUERDO Y MARCO JURÍDICO.
OBJETIVO.
Las directrices para prevenir el Conflicto de Interés en el H. Ayuntamiento del Mun icipio de Calkiní, tienen por
objeto que las personas Servidoras Públicas identifiquen situaciones de riesgos de un posible conflicto de
interés, así como saber qué hacer ante una situación d e esta naturaleza. Además de dar a conocer las
implicaciones legales en caso de no observar el contenid o de este documento.
ALCANCE .
Las presentes Directrices y las obligaciones que de ell a derivan, son aplicables a todas las personas servidoras
públicas del H. Ayuntamiento del Municipio de Calkiní.
ACUERDO.
Acuerdo que tiene por objeto emitir las directrices para la prevenc ión de conflictos de interés a los servidores
públicos de las Dependencias y Entidades de la Administración Pública d el Estado de Campeche, las Reglas de
Integridad para el ejercicio de la función pública y los Lineamientos generales para propiciar la integrida d de los
servidores públicos y para implementar acciones permanen tes que favorezcan su comportamiento ético a través
de los Comité de Ética y de Prevención de Conflicto de Interés, publicado en el Periódico Oficial del Estado de
fecha 13 de septiembre de 2017
MARCO JURÍDICO
2. LEY GENERAL DE RESPONSABILIDAD ES ADMINISTRATIVAS.

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR