Periódico Oficial de Campeche No. 1550, Primera sección, 29-10-2021

Fecha de publicación29 Octubre 2021
PERIÓDICO OFICIAL DEL ESTADO
ÓRGANO DEL GOBIERNO CONSTITUCIONAL DEL ESTADO DE CAMPECHE
FRANQUEO PAGADO PUBLICACIÓN PERIÓDICA PERMISO No. 0110762 CARACTERÍSTICAS 111182816 AUTORIZADO POR SEPOMEX
LAS LEYES, DECRETOS Y DEMÁS DISPOSICIONES OFICIALES OBLIGAN POR EL SOLO
HECHO DE PUBLICARSE EN ESTE PERIÓDICO
CUARTA ÉPOCA
Año VII No. 1550
San Francisco de Campeche, Cam.,
Viernes 29 de Octubre de 2021
Directora
Lic. Matiana del Carmen Torres López
SECCIÓN JUDICIAL
DICTAMEN DE LA COMISIÓN DE CARRERA JUDICIAL, APROBADO POR EL PLENO DEL CONSEJO DE LA
JUDICATURA LOCAL, EN SESIÓN ORDINARIA DE FECHA VEINTISIETE DE OCTUBRE DE DOS MIL VEINTIUNO,
RELATIVO A LA SOLICITUD DE REFRENDO DEL CIUDADANO LICENCIADO JUAN ALFONSO DELGADO QUEJ,
PARA FUNGIR COMO PERITO EN INGENIERÍA CIVIL Y VALUACIÓN INMOBILIARIA E INDUSTRIAL, CUYOS
PUNTOS RESOLUTIVOS SON LOS SIGUIENTES:
“…PRIMERO: Los integrantes de la Comisión de Carrera Judicial del Consejo de la Judicatura Local, con
fundamento en lo que establecen los artículos 101, 102, 103 y 104 de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado y
los numerales 9, 10, y 13 del Reglamento y Arancel de los Peritos, Auxiliares de la Administración de Justicia del Poder
Judicial del Estado de Campeche, aprueban la solicitud de refrendo planteada por el ciudadano Ingeniero Civil Juan
Alfonso Delgado Quej, como Perito en Ingeniería Civil y Valuación Inmobiliaria e Industrial, por dos años, ante
el Tribunal y los Juzgados, en razón de que satisface los requisitos legales establecidos en el referido Reglamento y
Arancel de los Peritos y la Ley Orgánica ambos del Poder Judicial del Estado, en vigor.
SEGUNDO: Se autoriza al ciudadano Ingeniero Civil Juan Alfonso Delgado Quej, como Perito en Ingeniería Civil
y Valuación Inmobiliaria e Industrial, otorgándole cédula para realizar tal función por dos años ante el Tribunal y
los Juzgados; autorización que tendrá vigencia a partir de la fecha en que surta efectos la noticación del presente
acuerdo, tal y como lo establece el artículo 13 del Reglamento y Arancel de los Peritos, Auxiliares de la Administración
de Justicia del Poder Judicial del Estado de Campeche.
TERCERO: Se hace saber al ciudadano Ingeniero Civil Juan Alfonso Delgado Quej, que debe observar cabalmente
las obligaciones que establece el artículo 20 del Reglamento y Arancel de los Peritos, Auxiliares de la Administración
de Justicia del Poder Judicial del Estado de Campeche en relación con el numeral 105 de la Ley Orgánica de Poder
Judicial del Estado, en vigor.
CUARTO: Así también se le hace saber la obligatoriedad de elaborar, por lo menos, una vez al año, un peritaje gratuito
para las partes como servicio social, a solicitud de algún Órgano Jurisdiccional cuando las circunstancias del caso así
lo ameriten, de conformidad con la fracción VI del artículo 20 del Reglamento y Arancel de los Peritos, Auxiliares de la
Administración de Justicia, y fracción VI del numeral 105 de la Ley Orgánica, ambos del Poder Judicial del Estado de
Campeche
PERIÓDICO OFICIAL DEL ESTADO
PÁG. 2
San Francisco de Campeche,
Cam., Octubre 29 de 2021
QUINTO: Se ordena a la Secretaria Ejecutiva del Consejo de la Judicatura Local, para que asiente en el registro
correspondiente, el nombre del perito, fotografía, materia sobre la que se autoriza, la fecha de aprobación y vencimiento
del refrendo concedido por dos años al ciudadano Ingeniero Civil Juan Alfonso Delgado Quej, como Perito en
Ingeniería Civil y Valuación Inmobiliaria e Industrial; asimismo, haga del conocimiento de las Salas del Tribunal y de
los Juzgados del Estado, mediante atento ocio dicha autorización, y proceda a su publicación en el Periódico Ocial
del Estado. De igual forma, comuníquese a la Secretaria General de Acuerdos para los nes correspondientes…”
Dado en el Salón de Sesiones del Pleno del Consejo de la Judicatura del Poder Judicial del Estado de Campeche, a
veintisiete de octubre de dos mil veintiuno.
Así lo proveyeron y rman las integrantes del Pleno del Consejo de la Judicatura del Poder Judicial del Estado de
Campeche, señoras y señores Consejeros: Presidenta Magistrada Maestra VIRGINIA LETICIA LIZAMA CENTURIÓN,
Licenciado CARLOS ENRIQUE AVILÉS TUN, Magistrada Maestra MARÍA DE GUADALUPE PACHECO PÉREZ,
Maestra INÉS DE LA CRUZ ZÚÑIGA ORTIZ y Magistrado MAESTRA MARÍA EUGENIA ÁVILA LÓPEZ ante la
Secretaria Ejecutiva Doctora Concepción del Carmen Canto Santos, que autoriza y da fe.
AL CALCE SEIS FIRMAS ILEGIBLES, RÚBRICAS.
DOCTORA CONCEPCIÓN DEL CARMEN CANTO SANTOS, SECRETARIA EJECUTIVA DEL CONSEJO DE LA
JUDICATURA DEL PODER JUDICIAL DEL ESTADO DE CAMPECHE, CON FUNDAMENTO EN EL ARTÍCULO 156,
FRACCIÓN I, DE LA LEY ORGÁNICA DEL PODER JUDICIAL DEL ESTADO.
CERTIFICA
EL PRESENTE ACUERDO RELATIVO AL DICTAMEN DE LA COMISIÓN DE CARRERA JUDICIAL, APROBADO
POR EL PLENO DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA LOCAL, EN SESIÓN ORDINARIA DE FECHA VEINTISIETE
DE OCTUBRE DE DOS MIL VEINTIUNO, RELATIVO AL REFRENDO DEL CIUDADANO LICENCIADO JUAN
ALFONSO DELGADO QUEJ, PARA FUNGIR COMO PERITO EN INGENIERÍA CIVIL Y VALUACIÓN INMOBILIARIA
E INDUSTRIAL, POR UNANIMIDAD DE VOTOS DE LAS SEÑORAS Y SEÑORES CONSEJEROS: PRESIDENTA
MAGISTRADA MAESTRA VIRGINIA LETICIA LIZAMA CENTURIÓN, LICENCIADO CARLOS ENRIQUE AVILÉS
TUN, MAGISTRADA MAESTRA MARÍA DE GUADALUPE PACHECO PÉREZ, MAESTRA INÉS DE LA CRUZ
ZÚÑIGA ORTIZ Y MAGISTRADA MAESTRA MARÍA EUGENIA ÁVILA LÓPEZ.
CIUDAD DE SAN FRANCISCO DE CAMPECHE, CAMPECHE, A VEINTISIETE DE OCTUBRE DE DOS MIL
VEINTIUNO. - CONSTE.- RÚBRICA.
A T E N T A M E N T E.- LA SECRETARIA EJECUTIVA DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA DEL PODER JUDICIAL
DEL ESTADO, DOCTORA CONCEPCIÓN DEL CARMEN CANTO SANTOS
PODER JUDICIAL DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO
DE CAMPECHE
H. TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA, SALA PENAL
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN POR EDICTOS.
Folio: 38994
Nombre: Isauro Balan Arceo (Acusado)
En Toca 01/20-2021/00168, Relativo al recurso de
apelación interpuesto por el Ministerio Público en contra
del Sobreseimiento de diecisiete de diciembre de dos mil
veinte, dictada por la Juez Interina del Juzgado Primero
de Primera Instancia del Ramo Penal del Primer Distrito
Judicial del Estado, en la causa penal 0401/19-2020/00142
instruida a ISAURO BALAN ARCEO Y JASMIN ORALIA
ÁVILA GÓMEZ, por el delito de FRAUDE ESPECIFICO,
esta Sala Penal con fecha de hoy seis de octubre de dos
mil veintiuno, dictó una resolución que en sus puntos
resolutivos dice:
Resuelve:
PRIMERO: Se declaran infundados los agravios
expuestos por la Fiscalía. SEGUNDO: Se CONFIRMA el
Auto de Sobreseimiento de fecha diecisiete de diciembre
de dos mil veinte, por la Jueza Interina del Juzgado
Primero de Primera Instancia del Ramo Penal del Primer
Distrito Judicial del Estado, en la Causa Penal 0401/19-
2020/00142 instruida a Isauro Balan Arceo y Jasmín
Oralia Ávila Gómez , por el delito de Fraude Especíco.

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR