Periódico Oficial de Campeche No. 1519, Segunda sección, 14-09-2021

Fecha de publicación14 Septiembre 2021
PERIÓDICO OFICIAL DEL ESTADO
FRANQUEO PAGADO PUBLICACIÓN PERIÓDICA PERMISO No. 0110762 CARACTERÍSTICAS 111182816 AUTORIZADO POR SEPOMEX
LAS LEYES, DECRETOS Y DEMÁS DISPOSICIONES OFICIALES OBLIGAN POR EL SOLO
HECHO DE PUBLICARSE EN ESTE PERIÓDICO
San Francisco de Campeche, Cam.
Martes 14 de Septiembre de 2021
SEGUNDA SECCIÓN
CUARTA ÉPOCA
Año VII No. 1519
Directora
C.P.F. Iris Janell May García
SECCIÓN LEGISLATIVA
ACUERDO
La Diputación Permanente de la LXIII Legislatura del Congreso del Estado de Campeche acuerda:
NÚMERO 44
PRIMERO.- Con fundamento en el artículo 58 fracción X de la Constitución Política del Estado de Campeche, se
aprueba el nombramiento como Magistrada Numeraria del H. Tribunal Superior de Justicia del Estado expedido por
el Gobernador del Estado a favor de la licenciada Virginia Leticia Lizama Centurión, quien satisface los requisitos
establecidos por los artículos 95 fracciones I a V y 116 fracción III de la Constitución Política de los Estados Unidos
SEGUNDO.- De conformidad con el artículo 78 de la Constitución Política del Estado, este nombramiento estará
vigente a partir del día 14 de septiembre del año 2021, previa protesta de ley.
TERCERO.- Comuníquese este acuerdo al Gobernador y al Pleno del H. Tribunal Superior de Justicia, ambos del
Estado de Campeche, así como a la magistrada nombrada, para los efectos legales conducentes.
T R A N S I T O R I O
ÚNICO.- Publíquese el presente acuerdo en el Periódico Ocial del Estado.
Dado en el Palacio Legislativo, en la ciudad de San Francisco de Campeche, Campeche, a los catorce días del mes
de septiembre del año dos mil veintiuno.
C. Ana Gabriela Sánchez Preve, Diputada Secretaria.- C. María del C. Guadalupe Torres Arango, Diputada
Secretaria.-Rúbricas.
SEGUNDA SECCIÓN
PERIÓDICO OFICIAL DEL ESTADO
PÁG. 2
San Francisco de Campeche,
Cam., Septiembre 14 de 2021
ACUERDO
La Diputación Permanente de la LXIII Legislatura del Congreso del Estado de Campeche acuerda:
NÚMERO 45
PRIMERO.- Con fundamento en el artículo 58 fracción X de la Constitución Política del Estado de Campeche, se
aprueba el nombramiento como Magistrada Supernumeraria del H. Tribunal Superior de Justicia del Estado, expedido
por el Gobernador del Estado a favor de la licenciada en derecho Perla Karina Castro Farías, quien satisface los
requisitos establecidos por los artículos 95 fracciones I a V y 116 fracción III de la Constitución Política de los Estados
SEGUNDO.- De conformidad con el artículo 78 de la Constitución Política del Estado, este nombramiento estará
vigente a partir del día 14 de septiembre del año 2021, previa protesta de ley.
TERCERO.- Comuníquese este acuerdo al Gobernador y al Pleno del H. Tribunal Superior de Justicia, ambos del
Estado de Campeche, así como a la magistrada nombrada, para los efectos legales conducentes.
T R A N S I T O R I O
ÚNICO.- Publíquese el presente acuerdo en el Periódico Ocial del Estado.
Dado en el Palacio Legislativo, en la ciudad de San Francisco de Campeche, Campeche, a los catorce días del mes
de septiembre del año dos mil veintiuno.
C. Ana Gabriela Sánchez Preve, Diputada Secretaria.- C. María del C. Guadalupe Torres Arango, Diputada
Secretaria.-Rúbricas.
PÁG. 3
San Francisco de Campeche,
Cam., Septiembre 14 de 2021
SEGUNDA SECCIÓN
PERIÓDICO OFICIAL DEL ESTADO
DECRETO
La LXIII Legislatura del Congreso del Estado de Campeche decreta:
NÚMERO 253
Campeche, para quedar como sigue:
LEY ORG ÁNICA DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA
DEL ESTADO DE CAMPECHE
CAPÍTULO PRIMERO
DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 1.- Las disposiciones contenidas en la presente Ley son de orden público e interés
general cuyo objeto es regular el ejercicio de las facultades y atribuciones que corresponden al
Poder Ejecutivo del Estado, así como establecer las bases para la organización,
funcionamiento y control de la Administración Pública del Estado de Campeche.
Artículo 2.- Para el ejercicio de sus atribuciones y el despacho de los asuntos de orden
administrativo que corresponden al Poder Ejecutivo, la Administración Pública se divide en
Centralizada y Paraestatal.
Artículo 3.- El ejercicio del Poder Ejecutivo se deposita en la Gobernadora o en el Gobernador
del Estado, quien podrá conferir sus facultades delegables a las y los servidores públicos que
estime pertinente, sin perder la posibilidad de ejercerlas directamente.
La Administración Pública Centralizada se integra por las Secretarías y Depende ncias, con sus
respectivos órganos desconcentrados y, en su conjunto, se denominarán “Organism os
Centralizados”; mientras que, la Administración Pública Paraestatal, se integra por los
organismos descentralizados, las empresas de participación estatal y los fideicomisos públicos,
a los que, en forma conjunta, se les denominará “Entidades Paraestatales”.
Lo anterior, sin perjuicio de los demás Organismos Centralizados y Entidades Paraestatales
que se señalen en otras disposiciones jurídicas aplicables vigentes, de conformidad con la
Artículo 4.- La Gobernador a o el Gobernador, en ejercicio de su atribución constitucional de
representante del Estado de Campeche, podrá celebrar convenios y acuerdos de coordinación,
colaboración, concertación y demás actos afines con las autoridades federa les, con otras
Entidades Federativas, con los Municipios del Estado, con las Entidades Paraestatales,
Federales, Estatales y Municipales, con las Empresas Productivas del Estado, de propiedad
Federal o de la Administración Pública Estatal, y con los Organismos Constitucionales
Autónomos Federales y Estatales, con el objeto de favorecer el desarrollo estatal, as í como con
personas físicas o morales, de carácter público o privado.
LXIII LEGISLATURA
CAMPECHE
PODER LEGISLATIVO

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR