Periódico Oficial de Campeche No. 1545, Segunda sección, 22-10-2021

Fecha de publicación22 Octubre 2021
PERIÓDICO OFICIAL DEL ESTADO
ÓRGANO DEL GOBIERNO CONSTITUCIONAL DEL ESTADO DE CAMPECHE
FRANQUEO PAGADO PUBLICACIÓN PERIÓDICA PERMISO No. 0110762 CARACTERÍSTICAS 111182816 AUTORIZADO POR SEPOMEX
LAS LEYES, DECRETOS Y DEMÁS DISPOSICIONES OFICIALES OBLIGAN POR EL SOLO
HECHO DE PUBLICARSE EN ESTE PERIÓDICO
CUARTA ÉPOCA
Año VII No. 1545
San Francisco de Campeche, Cam.,
Viernes 22 de Octubre de 2021
SECCIÓN LEGISLATIVA
Directora
Lic. Matiana del Carmen Torres López
SEGUNDA SECCIÓN
DECRETO
La LXIV Legislatura del Congreso del Estado de Campeche decreta:
Número 4
ÚNICO.- Se reforma el artículo 194 del Código Penal del Estado de Campeche, para quedar como sigue:
ARTÍCULO 194.- La sanción que conforme a este Código deba imponerse por la comisión del delito de robo simple, se
aumentará de uno a cinco años de prisión cuando se cometa en edicio, vivienda, aposento o cuarto que estén habitados
o inhabitados pero destinados para habitación o en lugar cerrado, así como en aquellos lugares o establecimientos
destinados a actividades comerciales. Comprende esta denominación no sólo los que estén jos en la tierra, sino
también los movibles, sea cual fuere la materia de que estén construidos. En los mismos términos se sancionará al que
se apodere de un vehículo estacionado y no ocupado por persona alguna.
TRANSITORIOS
PRIMERO.- El presente decreto entrará en vigor quince días después de su publicación en el Periódico Ocial del
Estado.
SEGUNDO.- Los procedimientos penales iniciados antes de la entrada en vigor del presente decreto, se sustanciarán
de acuerdo con las disposiciones vigentes en el momento de la comisión del ilícito que corresponda.
TERCERO.- Se derogan todas las disposiciones legales y reglamentarias de igual o menor jerarquía del marco jurídico
estatal, en lo que se opongan al contenido del presente decreto.
Dado en el Salón de Sesiones del Palacio Legislativo, en la ciudad de San Francisco de Campeche, Campeche, a los
siete días del mes de octubre del año dos mil veintiuno.
C. Balbina Alejandra Hidalgo Zavala, Diputada Presidenta.- C. Irayde del Carmen Avilez Kantún, Diputada
Secretaria.- C. Karla Guadalupe Toledo Zamora, Diputada Secretaria.- Rúbricas.

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