Periódico Oficial de Campeche No. 1300, Primera sección, 11-11-2020
Fecha de publicación | 11 Noviembre 2020 |
PERIÓDICO OFICIAL DEL ESTADO
ÓRGANO DEL GOBIERNO CONSTITUCIONAL DEL ESTADO DE CAMPECHE
FRANQUEO PAGADO PUBLICACIÓN PERIÓDICA PERMISO No. 0110762 CARACTERÍSTICAS 111182816 AUTORIZADO POR SEPOMEX
LAS LEYES, DECRETOS Y DEMÁS DISPOSICIONES OFICIALES OBLIGAN POR EL SOLO
HECHO DE PUBLICARSE EN ESTE PERIÓDICO
CUARTA ÉPOCA
Año VI No. 1300
San Francisco de Campeche, Cam.,
Directora
C.P.F. Iris Janell May García
SECCIÓN ADMINISTRATIVA
ACTA NO. 45
SESIÓN ORDINARIA
EL PROFR. JESÚS BERNABE CHI DAMIAN, Secretario del H. Ayuntamiento de Hecelchakán, Campeche, CERTIFICA,
Que-
En Sesión Ordinaria del Municipio de Hecelchakán, Campeche, celebrada el día dieciséis (16) de Octubre del año dos
mil veinte (2020), siendo las diez horas con ocho minutos (10:08 hrs) EL CABILDO APRUEBA POR UNANIMIDAD.
LA ACTUALIZACIÓN DEL REGLAMENTO DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA MUNICIPAL Y EL BANDO DE BUEN
GOBIERNO. No habiendo más asuntos que tratar y agotado el orden del día, siendo las once horas con cincuenta
minutos (11:50) del día dieciséis (16) de Octubre del año dos mil veinte (2020), el Presidente Municipal Profr. José
Dolores Brito Pech, declara clausurada la Sesión y son válidos los acuerdos que en ella intervinieron. El Secretario del
H. Ayuntamiento que actúa y da fe: Sr. Jesús Bernabé Chi Damián.
Se expide la presente Certicación en la Ciudad de Hecelchakán, Campeche, a los dieciséis días del mes de Octubre
del año dos mil veinte, para todos los efectos legales correspondientes a que haya lugar.
A T E N T A M E N T E.- PROFR. JESUS BERNABE CHI DAMINA, SECRETARIO DEL H. AYUNTAMIENTO.- RÚBRICA.
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San Francisco de Campeche,
H. AYUNTAMIENTO DE HECELCHAKAN
EL CIUDADANO PROFR. JOSÈ DOLORES BRITO PECH, Presidente del Honorable
Ayuntamiento del Municipio de Hecelchakán, Campeche, en cumplimiento a lo dispuesto por los
de la Constitución Política del Estado de Campeche; 2°, 59, 69 fracción I, 103 fracción I y 186 de la
Ley Orgánica de los Municipios del Estado de Campeche; 3°, 6°, 35 fracción I y 39 del Bando de
Gobierno para el Municipio de Hecelchakán; a los Ciudadanos y Autoridades del Municipio, para su
publicación y debida observancia, hago saber:
Que el Honorable, Ayuntamiento del Municipio de Hecelchakán; en su sesión de Cabildo,
celebrada el día Veintinueve de Diciembre del año dos mil Dieciocho, HA TENIDO A BIEN
APROBAR EL SIGUIENTE:
REGLAMENTO DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA MUNICIPAL DE HECELCHAKÁN,
CAMPECHE.
TÍTULO PRIMERO.
OBJETO E INTEGRACIÓN DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA MUNICIP AL DE
HECELCHAKÁN, CAMPECHE.
CAPÍTULO I.
OBJETO.
Artículo 1°. El presente reglamento es de observancia general para toda la Administración Pública
del Municipio de Hecelchakán; tiene por objeto establecer las bases de organización,
funcionamiento y distribución de competencias de la Administración Pública del propio m unicipio.
Son fundamento de las normas del presente Reglamento: El artículo 115 fracción II párrafo
segundo de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; el artículo 108 de la
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San Francisco de Campeche,
CAPÍTULO II.
DISPOSICIONES GENERALES.
Artículo 2°. El Presidente Municipal es el titular de la Administración Pública Municipal. Para
atender el despacho de los asuntos de su competencia se auxiliará de las dependencias y
Reglamento y en las demás disposiciones legales vigentes. Conform e lo exija la resolución de los
negocios del orden administrativo y para la eficaz prestación de los ser vicios públicos municipales,
el Ayuntamiento podrá crear o suprimir Direcciones, Departamentos, Coordinaciones, Comités u
organismos para dichos fines.
Artículo 3°. El Presidente Municipal, previa aprobación del Ayuntamiento y para el cumplimiento
de los programas aprobados, podrá llevar a cabo la desconcentración adm inistrativa que se
requiera.
Artículo 4°. Para el estudio, planeación, despacho y ejecución de los asuntos de la Administración
Pública Municipal, el Presidente Municipal se auxiliará de las siguientes Unidades Adm inistrativas:
A. Unidades Administrativas
I. Secretaría del H. Ayuntamiento
II. Tesorería.
III. Dirección de Administración.
IV. Dirección de Planeación y Bienestar.
V. Dirección de Obras Públicas.
VI. Dirección de Servicios Públicos.
VII. Dirección de Desarrollo Económico.
VIII. Dirección de Desarrollo Urbano, Catastro y Ordenamiento Territorial.
(Fracción reformada y aprobada mediante sesión de cabildo de fecha 16 de octubre del 2020)
IX. Dirección de Cultura.
X. Dirección de Desarrollo Social.
XI. Dirección de Protección Civil.
XII. Dirección de Agua Potable y Alcantarillado.
XIII. Órgano interno de Control.
XIV. Dirección de Gobernación
B. Autoridades auxiliares:
I. HH. Juntas Municipales;
II. Comisarios Municipales;
III. Agentes Municipales;
IV. Delegados de sector;
V. Inspectores de cuartel; y
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