Periódico Oficial del Estado de Baja California del 2022-12-28

TomoCXXIX No.Mexicali, Baja California, 28 de diciembre de 2022.75
Secretario General de Gobierno
Gobernadora del Estado
Marina del Pilar Avila Olmeda
Catalino Zavala Márquez
Autorizado como correspondencia de segunda clase por
la Dirección General de Correos el 25 de Marzo de 1958.
Las Leyes y demás disposiciones obligan por el solo hecho
de publicarse en este periódico.
NÚMERO ESPECIAL
SECCIÓN VIII
SECRETARÍA GENERAL DE GOBIERNO
REGLAMENTO INTERNO DE LA SECRETARÍA DE LA HONESTIDAD Y LA FUNCIÓN
PÚBLICA ..................................................................................................................
PODER EJECUTIVO ESTATAL
3
Página 228 de diciembre de 2022.
P E R I Ó D I C O O F I C I A L
Página 3 28 de diciembre de 2022. P E R I Ó D I C O O F I C I A L
CONSIDERANDO
PRIMERO. Que de conformidad con el artículo 40, párrafo segundo de la Constitución Política
del Estado Libre y Soberano de Baja California, la Persona Titular del Poder Ejecutivo Estatal
conduce la Administración Pública Estatal, que es Centralizada y Paraestatal, en términos de
la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Baja California (LOPEEBC).
SEGUNDO. Que con fundamento en el artículo 8, fracción III de la LOPEEBC, es atribución de
la Persona Titular del Poder Ejecutivo Estatal expedir los reglamentos internos que regulen la
organización y funcionamiento de las dependencias de la Administración Pública Estatal y la
forma en que las personas titulares de las mismas podrán ser suplidas en sus ausencias.
TERCERO. Que de acuerdo a los artículos 52, fracción I de la Constitución Política del Estado
Libre y Soberano de Baja California y 11 de la LOPEEBC, las disposiciones que la Persona Titular
del Poder Ejecutivo Estatal dicte en el uso de sus facultades, deberán es tar autorizadas con la
firma de la persona titular de la Secretaría General de Gobierno y publicadas en el Periódico
Oficial.
CUARTO. Que la Secretaría de la Honestidad y la Función Pública es la dependencia de la
Administración Pública Estatal, a quien de conformidad con el artículo 48, de la LOPEEBC, le
corresponden como atribuciones, organizar y coordinar la evaluación de la gestión
gubernamental y de sus resultados, inspeccionar el ejercicio del gasto público y su
congruencia con los presupuestos de egresos, evaluar los resultados de la aplicación de los
recursos públicos, promover el combate a la corrupción mediante el impulso a los principios
rectores de legalidad, respeto a la dignidad de las personas, disciplina, objetividad,
profesionalismo, honradez, lealtad, imparcialidad, integridad, rendición de cuentas, eficacia y
eficiencia que rigen el servicio público, entre otras.
QUINTO. Que el Plan Estatal de Desarrollo 2022-2027, señala en el componente 7.9
denominado “Combate Frontal a la Corrupción y Máxima Transparencia el garantizar la
transparencia y el combate a la corrupción de la función pública estatal, impulsando los
principios rectores de legalidad, respeto a la dignidad de las personas, disciplina, objetividad,
profesionalismo, honradez, lealtad, imparcialidad, integridad, rendición de cuentas, eficacia y
eficiencia que rigen el servicio público para consolidar la confianza ciudadana de un gobierno
honesto a través de la implementación de mecanismos y herramientas tendientes a evaluar,
vigilar, controlar y supervisar la ejecución de los recursos y el actuar de las personas servidoras
públicas, fijando para ello 3 estrategias definidas.
SEXTO. Que con el fin de dar cumplimiento a los artículos Segundo y Tercero Transitorios de
la LOPEEBC, es necesario armonizar la normatividad que resulte impactada con su inicio de
vigencia, tal es el caso del Reglamento Interno de la Secretaría de la Honestidad y la Función
Pública, publicado en el Periódico Oficial del Estado de Baja California, el 3 de septiembre de
MARINA DEL PILAR AVILA OLMEDA, GOBERNADORA DEL ESTADO, EN EJERCICIO DE LA
FACULTAD QUE ME CONFIERE EL ARTÍCULO 49, FRACCIÓN XVI DE LA CONSTITUCIÓN
POLÍTICA DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE BAJA CALIFORNIA Y CON FUNDAMENTO
EN EL ARTÍCULO 8, FRACCIÓN III DE LA LEY ORGÁNICA DEL PODER EJECUTIVO DEL
ESTADO DE BAJA CALIFORNIA, Y

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR