Periódico Oficial del Estado de Baja California del 2022-12-09

TomoCXXIX No.Mexicali, Baja California, 9 de diciembre de 2022.71
SECCIÓN I
Secretario General de Gobierno
Gobernadora del Estado
Marina del Pilar Avila Olmeda
Catalino Zavala Márquez
GOBIERNO MUNICIPAL
Autorizado como correspondencia de segunda clase por
la Dirección General de Correos el 25 de Marzo de 1958.
Las Leyes y demás disposiciones obligan por el solo hecho
de publicarse en este periódico.
H. XXIV AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DE TIJUANA, B.C.
ACUERDO DE CABILDO por el que se aprueba Apertura Programática, Presupuesto de Ingresos,
Egresos y Plantilla para el Ejercicio Fiscal 2023, correspondiente al Instituto Municipal contra las
Adicciones (IMCAD) .........................................................................................................................3
H. IX AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DE PLAYAS DE ROSARITO, B.C.
ACUERDO DE CABILDO relativo a la Reforma del Reglamento Municipal para Regular el Graffiti en el
Municipio de Playas de Rosarito, Baja California ..................................................................................23
Página 29 de diciembre de 2022.
P E R I Ó D I C O O F I C I A L
Página 3 09 de diciembre de 2022. P E R I Ó D I C O O F I C I A L
EL C. JESÚS GARCÍA CASTRO,Secretario de Gobierno del H. Ayuntamiento
Constitucional del Municipio de Tijuana, Baja California, conforme a la Ley,-------------
C E R T I F I C A:
Que en el acta levantada con motivo de la Sesión Extraordinaria de Cabildo del H. Ayuntamiento
de Tijuana, Baja California, celebrada el día diez de noviembre del año dos mil veintidós, se
encuentra un acuerdo que a la letra dice: ----------------------------------------
ACTA No. 22.- …….. YTOMANDO EN CONSIDERACION QUE:----------------------
PRIMERO.- Que el artículo 115, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y
artículo 85, de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Baja California, establecen
que los municipios administraran libremente su hacienda, la cual se formará de los rendimientos
de los bienes que les pertenezcan, así como de las contribuciones y otros ingresos que las
legislaturas establezcan a su favor. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
SEGUNDO.- Que el artículo 11 de la Ley de Régimen Municipal para el Estado de Baja California,
señala que con base en la proyección de los ingresos disponibles para cada ejercicio fiscal, los
Ayuntamientos aprobarán y ejercerán sus presupuestos de egresos. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
TERCERO.- Que el artículo 23, de la Ley de Presupuesto y Ejercicio del Gasto Publico señala
que el presupuesto de egresos comprende las erogaciones que por concepto de gasto corriente,
gasto de capital, amortización de la deuda y disminución de pasivos realizan los sujetos de la
presente Ley, dichas definiciones se sujetaran a lo que establezca el CONAC, y en su caso, la
información complementaria que emita el Consejo. ---------------------------------
CUARTO.- Que el artículo 34, fracción ll, de la Ley de Presupuesto y Ejercicio del Gasto Publico
establece que aprobados los Presupuestos de Egresos de la Administración Pública Centralizada
del Municipio y de las Entidades Paramunicipales, deberá remitirse al Congreso del Estado a
más tardar el día 10 de diciembre de cada año, por conducto del Presidente Municipal, copias
de los mismos, de sus programas y del Acta de la Sesión de Cabildo en que fueron aprobados,
para su conocimiento y efecto de la revisión de la Cuenta Pública. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
QUINTO.- Que el artículo 16 fracción VII, del Reglamento de la Administración Pública Municipal,
establece que es atribución de la Presidenta Municipal formular y someter a la aprobación del
Ayuntamiento los proyectos de Ley de Ingresos y de Presupuesto de Egresos. - - - - - - - - - - - - -
SEXTO.- Que el artículo 22, fracción IX, del Reglamento de la Administración Pública Municipal
del Ayuntamiento de Tijuana, establece que la Tesorería Municipal elaborará los anteproyectos
de presupuesto de egresos, con análisis de género, y Ley de Ingresos del Ayuntamiento, para
su presentación ante Presidencia. ---------------------------------------------
SÉPTIMO.- Que el artículo 44 del Reglamento Interno y de Cabildo del Ayuntamiento de Tijuana,
Baja California, dispone que el derecho de iniciar proyectos de acuerdos y resoluciones
corresponde a los Integrantes del Cabildo y siendo el Proyecto del Presupuesto de Egresos del
Ayuntamiento de Tijuana, un proyecto de iniciativa, su aprobación corresponde a los miembros
del Cabildo de este Municipio de Tijuana, Baja California. ----------------------------
OCTAVO.- El presente Proyecto de Presupuesto de Egresos del Ayuntamiento de Tijuana para
el Ejercicio Fiscal 2023, incluye los Programas Operativos en que se sustenta el mismo, con una
fórmula de austeridad, honestidad y transparencia, pero manteniendo el nivel de eficiencia y
eficacia en la prestación de servicios públicos. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - ---------
NOVENO.- Por ello, el Proyecto de Presupuesto de Egresos para el Ejercicio Fiscal 2023,
permitirá se destinen los recursos necesarios al desarrollo de diversas obras de infraestructura,
necesarias para todos los sectores de la ciudad, sobre todo aquellos que presentan los mayores

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR