Periódico Oficial del Estado de Baja California del 2024-03-22

Fecha de publicación22 Marzo 2024
Número de Gaceta15
TomoCXXXINo. Mexicali, Baja California, 22 de marzo de 2024.15
Secretario General de Gobierno
Gobernadora del Estado
Marina del Pilar Avila Olmeda
Alfredo Álvarez Cárdenas
Autorizado como correspondencia de segunda clase por
la Dirección General de Correos el 25 de Marzo de 1958.
Las Leyes y demás disposiciones obligan por el solo hecho
de publicarse en este periódico.
ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS ESTATALES
INSTITUTO DE SERVICIOS DE SALUD PÚBLICA DEL ESTADO DE BAJA CALIFORNIA
CONVENIO DE COLABORACIÓN Y COORDINACIÓN para la Ejecución de Acciones del Servicio
Nacional de Salud Pública, que celebra por una parte, el Ejecutivo Federal, a través de la Secretaría de
Salud y por la otra parte, el Estado de Baja California, representado por la Secretaría de Salud y del
Instituto de Servicios de Salud Pública del Estado de Baja California.…………………………………………
CONVOCATORIA MERO OM-ISEP-074-2024.…………………………………………………………..
CONVOCATORIA MERO OM-ISEP-073-2024.…………………………………………………………..
CONVOCATORIA NÚMERO 32065001-030-2024….………………………………………………………
OFICIALÍA MAYOR DE GOBIERNO
ONVOCATORIA MERO 32065001-028-2024……………………………………………………………
PODER EJECUTIVO ESTATAL
EDICTO para emplazar al colindante ENRIQUE PADILLA RUELAS y la codemandada sucesión a bienes
de JOSE GUADALUPE PADILLA RUELAS, también conocido como GUADALUPE PADILLA RUELAS, ya sea
a través de su cónyuge supérstite FLORA ALCÁNTAR ÁVILA o su albacea, en el expediente al rubro
indicado en los autos del expediente 88/2023 (1ra. Publicación)…………………………………………..
ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS FEDERALES
TRIBUNAL UNITARIO AGRARIO DISTRITO 45 ENSENADA, B.C.
SECCIÓN I
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Página 222 de marzo de 2024.
P E R I Ó D I C O O F I C I A L
Página 3 22 de marzo de 2024. P E R I Ó D I C O O F I C I A L
EDICTO
PARA EMPLAZAR AL COLINDANTE ENRIQUE PADILLA RUELAS Y LA CODEMANDADA
SUCESIÓN A BIENES DE JOSÉ GUADALUPE PADILLA RUELAS, TAMBIÉN
CONOCIDO COMO GUADALUPE PADILLA RUELAS, YA SEA A TRAVÉS DE SU
CÓNYUGE SUPÉRSTITE FLORA ALCÁNTAR ÁVILA O SU ALBACEA, EN EL
EXPEDIENTE AL RUBRO INDICADO.
En los autos del expediente 88/2023, promovido por MARTÍN BRICEÑO GUZMÁN y JUANA
HERNÁNDEZ GARA, en contra de GLORIA PADILLA RUELAS y JOSÉ GUADALUPE PADILLA
RUELAS, tambn conocido como GUADALUPE PADILLA RUELAS y OTROS, de quienes
demanda el reconocimiento de la posesión y propiedad de una superficie de 13,760.67
metros cuadrados, ubicados dentro del polígono que se asignó a ENRIQUE PADILLA RUELAS
dentro de la parcela 108 Z-l P-3 del ejido LEY FEDERAL DE REFORMA AGRARIA, municipio
de Ensenada, Baja California; entre otras pretensiones.
Con fundamento en el artículo 173 párrafo segundo de la Ley Agraria, se ordenó emplazar
por medio de EDICTOS al colindante ENRIQUE PADILLA RUELAS y la codemandada
SUCESIÓN A BIENES DE JOSÉ GUADALUPE PADILLA RUELAS, tambn conocido como
GUADALUPE PADILLA RUELAS, ya sea a través de su cónyuge supérstite FLORA ALCÁNTAR
ÁVILA o su albacea, para que comparezcan a la audiencia de Ley que tendrá verificativo a
las NUEVE HORAS DEL DÍA CATORCE DE MAYO DE DOS MIL VEINTICUATRO, en
las oficinas de este Tribunal Unitario Agrario Distrito 45, ubicado en Diamante número 85
bis, fraccionamiento Nueva Ensenada, segunda sección, de esta ciudad de Ensenada, Baja
California, a fin de deducir sus derechos, manifestar lo que a sus intereses convenga,
contestar demanda, ofrecer pruebas y producir alegatos, en la que por ser audiencia única
se desahogarán todas las pruebas que por su naturaleza así lo permitan, por lo que deberán
presentarse en forma personal, junto con los testigos y peritos que quieran sean oídos,
quedando apercibidos en términos de los artículos 163, 170, 173, 178, 180, 182, 185 y
demás relativos de la Ley Agraria, que de no comparecer les será declarado precluido su
derecho para contestar la demanda incoada en su contra y ofrecer pruebas, pudiendo
incluso el Tribunal tener por ciertas las afirmaciones de su contraria; debiendo salar
domicilio procesal en esta Ciudad, dado que de ser omisos en ello, las subsecuentes
notificaciones aún las de carácter personal, les serán notificadas por medio de estrados de
este Tribunal. Quedan a su disposición las copias simples de traslado correspondientes y en
general de todas las constancias procesales que integran el presente expediente en la
Actuaria de este Tribunal Unitario Agrario Distrito 45.

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