Periódico Oficial del Estado de Baja California del 2024-03-08

Fecha de publicación08 Marzo 2024
Número de Gaceta13
TomoCXXXINo. Mexicali, Baja California, 8 de marzo de 2024.13
SECCIÓNI
Secretario General de Gobierno
Gobernadora del Estado
Marina del Pilar Avila Olmeda
Alfredo Álvarez Cárdenas
3
Autorizado como correspondencia de segunda clase por
la Dirección General de Correos el 25 de Marzo de 1958.
Las Leyes y demás disposiciones obligan por el solo hecho
de publicarse en este periódico.
PODER EJECUTIVO ESTATAL
SECRETARÍA GENERAL DE GOBIERNO
AVISO DEL EJECUTIVO mediante el cual se comunica a la población del Estado de Baja California,
que a partir de las dos horas del segundo domingo (día diez) del mes de marzo del año 2024, surti
efecto el horario estacional fronterizo en el estado, por lo que a partir de esa fecha quedará sujeto al
meridiano 120 por ubicación y 105 grados al oeste de Greenwich y consecuentemente, deberán
adelantarse una hora los instrumentos de medición del tiempo…………….………….………………………
OFICIALÍA MAYOR DE GOBIERNO
CONVOCATORIA PÚBLICA REGIONAL NÚMERO OM-ISSSTECALI-089-2024…….………………..
CONVOCATORIA PÚBLICA REGIONAL NÚMERO OM-CESPM-060-2024………………….…………
CONVOCATORIA PÚBLICA REGIONAL NÚMERO 32065001-025-2024……………………………..
CONVOCATORIA PÚBLICA REGIONAL NÚMERO OM-DIF-072-2024………………………………..
CONVOCATORIA PÚBLICA REGIONAL NÚMERO OM-ISSSTECALI-091-2024……………………
CONVOCATORIA PÚBLICA REGIONAL NÚMERO OM-CESPM-043-2024……………………………
CONVOCATORIA PÚBLICA REGIONAL NÚMERO 32065001-027-2024…………………………….
CONVOCATORIA PÚBLICA REGIONAL NÚMERO 32065001-026-2024….………….……………..
CONVOCATORIA PÚBLICA REGIONAL NÚMERO OM-INDE-092-2024……..………….…………..
PODER LEGISLATIVO ESTATAL
H. XXIV LEGISLATURA CONSTITUCIONAL DEL ESTADO DE BAJA CALIFORNIA
DECRETO NO. 386 DE LA XXIV LEGISLATURA, MEDIANTE EL CUAL SE APRUEBA LA REFORMA A
LOS ARTÍCULOS 1, 2, 3, 4, 8, 14, 18, 20, 22, 24, 34, 35, 37, 38, 40, 44, 49, 63 Y 83; ASÍ COMO LA
ADICIÓN DEL ARTÍCULO 51 BIS A LA LEYDE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS PARA
EL ESTADO DE BAJA CALIFORNIA..………….………….………….………….………….………….…………..
FE DE ERRATAS DEL DECRETONO. 353, MEDIANTE EL CUAL SE APRUEBA LA TABL A DE VALORES
CATASTRALES UNITARIOS, BASE DEL IMPUESTO PREDIAL DEL MUNICIPIO DE TIJUANA, BAJA
CALIFORNIA, PARA EL EJERCICIO FISCAL DE 2024.………….………….………….………………………….
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Página 28 de marzo de 2024.
P E R I Ó D I C O O F I C I A L
ACUERDO DE LA XXIV LEGISLATURA, mediante el cual se nombra a la C. Raquel Barrera Rico,
como Concejala Síndica Suplente del Concejo Fundacional del Municipio de San Felipe, Baja California, a
partir del día 05 de marzo de 2024 al 03 de junio de 2024…………….………….……………………………
Página 3 08 de marzo de 2024. P E R I Ó D I C O O F I C I A L
MARINA DEL PILAR AVILA OLMEDA, GOBERNADORA DEL ESTADO DE BAJA
CALIFORNIA, EN EJERCICIO DE LA FACULTAD QUE ME CONFIERE EL
ARTÍCULO 49, FRACCIÓN I, DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO
LIBRE Y SOBERANO DE BAJA CALIFORNIA, CON FUNDAMENTO EN EL
ARTÍCULO 8 FRACCIÓN II DE LA LEY ORGÁNICA DEL PODER EJECUTIVO
DEL ESTADO DE BAJA CALIFORNIA, Y
C O N S I D E R A N D O
1.- Que el 28 de octubre del año 2022, el Ejecutivo Federal publicó en el Diario Oficial de la
Federación, Decreto por el que se expide la nueva Ley de los Husos Horarios en los Estados
Unidos Mexicanos, misma que abroga la Ley del Sistema de Horario en los Estados Unidos
Mexicanos, publicada el 29 de diciembre de 2001; así como el Decreto por el que se
establece el Horario Estacional que se aplicará en los Estados Unidos Mexicanos, publicado
el 1 de marzo de 2002, en el Diario Oficial de la Federación y sus subsecuentes reformas.
2.- Que de conformidad con el artículo 4 y 5 fracción III, de la Ley de los Husos Horarios en
los Estados Unidos Mexicanos, únicamente se aplicará un horario estacional para los
Estados y Municipios de la Frontera Norte, sujetándose Baja California al meridiano 105
grados al oeste de Greenwich, el cual surtirá efecto desde las dos horas del segundo
domingo de marzo y concluirá a las dos horas del primer domingo de noviembre.
3.- Que la conclusión del horario estacional fronterizo norte se traduce en el cambio de
horario, el cual resulta de suma importancia para nuestro Estado; toda vez que adelantar
una hora los instrumentos de medición del tiempo, mejora en materia económica la
interacción comercial con los Estados Fronterizos; así como beneficios a la salud al mejorar
el rendimiento matutino de los bajacalifornianos dentro de sus actividades diarias.
4.- Que acorde a lo previsto en los artículos 52 fracción I, de la Constitución Política del
Estado Libre y Soberano de Baja California y 11 de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del
Estado de Baja California, los Decretos, Reglamentos, Acuerdos, Circulares y disposiciones
de carácter general que la Gobernadora del Estado, expida en el ejercicio de sus
atribucione s, para su validez deberán ser firmadas por la persona titular de la Secretaría
General de Gobierno y publicados en el Periódico Oficial del Estado.
5.- Que de acuerdo a lo dispuesto en los artículos 49 fracción I de la Constitución Política
del Estado Libre y Soberano de Baja California y 8 fracción II de la Ley Orgánica del Poder
Ejecutivo del Estado de Baja California, la Gobernadora del Estado está facultada para
expedir, promulgar y ejecutar, los Decretos, Acuerdos, Lineamientos, Instructivos,
Circulares y disposiciones de carácter general para el buen desempeño de sus atribuciones
que tengan vigencia en el Estado, por lo que tengo a bien expedir el siguiente:

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