Periódico Oficial Anexo - Número 150 - Tomo CXLVIII del 14-12-2023

PERIÓDICO OFICIAL
ÓRGANO DEL GOBIERNO CONSTITUCIONAL DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE TAMAULIPAS
Periódico Oficial del Estado
TAMAULIPAS
RESPONSABLE
SECRETARÍA GENERAL DE GOBIERNO
Registro Postal publicación periódica
PP28-0009
AUTORIZADO POR SEPOMEX
TOMO CXLVIII
Anexo al Número 150
GOBIERNO FEDERAL
PODER EJECUTIVO
INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL
ANEXO Técnico Número Uno al Convenio General de Coordinación y Colaboración
celebrado entre el Instituto Nacional Electoral y el Instituto Electoral de Tamaulipas,
para precisar las actividades y mecanismos del Proceso Electoral Concurrente
Ordinario 2023-2024 en el Estado de Tamaulipas, para la renovación de los cargos
de diputaciones locales e integrantes de ayuntamientos, cuya jornada Electoral
será el 2 de junio de 2024.
Victoria, Tam., jueves 14 de diciembre de 2023
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GOBIERNO FEDERAL
PODER EJECUTIVO
INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL
ANEXO TÉCNICO NÚMERO UNO AL CONVENIO GENERAL DE COORDINACIÓN Y COLABORACIÓN QUE
CELEBRAN POR UNA PARTE, EL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL, EN LO SUCESIVO “EL INE”,
REPRESENTADO POR LA LICENCIADA GUADALUPE TADDEI ZAVALA Y LA LICENCIADA MARÍA ELENA
CORNEJO ESPARZA, CONSEJERA PRESIDENTA Y ENCARGADA DEL DESPACHO DE LA SECRETARÍA
EJECUTIVA, RESPECTIVAMENTE, ASISTIDAS POR EL DOCTOR SERGIO IVÁN RUIZ CASTELLOT, VOCAL
EJECUTIVO DE LA JUNTA LOCAL EJECUTIVA EN EL ESTADO DE TAMAULIPAS; Y POR LA OTRA, EL
INSTITUTO ELECTORAL DE TAMAULIPAS, EN LO SUCESIVO “EL IETAM”, REPRESENTADO POR EL
LICENCIADO JUAN JOSÉ GUADALUPE RAMOS CHARRE Y EL INGENIERO JUAN DE DIOS ÁLVAREZ
ORTIZ, CONSEJERO PRESIDENTE Y SECRETARIO EJECUTIVO, RESPECTIVAMENTE; INSTITUCIONES
QUE AL ACTUAR DE FORMA CONJUNTA SE LES DENOMINARÁ “LAS PARTES”; PARA PRECISAR LAS
ACTIVIDADES Y MECANISMOS DEL PROCESO ELECTORAL CONCURRENTE ORDINARIO 2023-2024 EN
EL ESTADO DE TAMAULIPAS, PARA LA RENOVACIÓN DE LOS CARGOS DE DIPUTACIONES LOCALES
E INTEGRANTES DE AYUNTAMIENTOS, CUYA JORNADA ELECTORAL SERÁ EL 2 DE JUNIO DE 2024,
AL TENOR DE LOS ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLÁUSULAS SIGUIENTES:
A N T E C E D E N T E S
1. Con fecha 7 de septiembre de 2023, “LAS PARTESsuscribieron un Convenio General de Coordinación y
Colaboración, con el objeto de establecer las bases de coordinación para hacer efectiva la realización del
Proceso Electoral Concurrente Ordinario 2023-2024 en el estado de Tamaulipas, cuya Jornada Electoral
tendrá verificativo el 2 de junio de 2023.
2. En la cláusula Tercera del Convenio General de Coordinación y Colaboración referido, se prevé la suscripción
de un Anexo Técnico que defina los procedimientos y especificaciones técnicas para la consecución de los
compromisos asumidos en ese instrumento.
DECLARACIONES
ÚNICA. “LAS PARTES” reconocen expresamente la personalidad que ostentan como autoridades firmantes y
acuerdan tener por reproducidas como si se insertaran a la letra las declaraciones contenidas en el Convenio
General de Coordinación y Colaboración mencionado en el Antecedente Único del presente instrumento.
De conformidad con lo anterior, y en términos de los artículos 27, numeral 1, inciso a) y 31 del Reglamento de
Elecciones de “EL INE”, en lo sucesivo “EL REGLAMENTO”, “LAS PARTES” convienen suscribir el presente
Anexo Técnico Número Uno, al tenor de las siguientes:
CLÁUSULAS
PRIMERA. El presente Anexo Técnico Número Uno, tiene por objeto precisar los procedimientos, actividades,
plazos, obligaciones, acciones y mecanismos de colaboración pactados en el Convenio General de Coordinación
y Colaboración entre “LAS PARTES”, respecto de la organización y desarrollo del Proceso Electoral
Concurrente Ordinario 2023-2024 en el estado de Tamaulipas, donde se renovarán los cargos a Diputaciones
Locales y Ayuntamientos, con Jornada Electoral el día 2 de junio de 2024, de conformidad con los siguientes:
A P A R T A D O S
1. INTEGRACIÓN DE LOS ÓRGANOS DESCONCENTRADOS DE “EL IETAM”.
a) “EL IETAM” deberá informar a “EL INE”, sobre la convocatoria, acuerdo de designación y la fecha de
instalación de los comités/consejos distritales y/o municipales, conforme al Plan Integral y los Calendarios
de Coordinación de los Procesos Electorales Concurrentes con el Federal 2023-2024 aprobado mediante
Acuerdo INE/CG446/2023 por el Consejo General de “EL INE”.
b) A la convocatoria que apruebe el Consejo General de “EL IETAMse les dará la publicidad necesaria a
través de la página oficial de internet de “EL IETAM” y en los estrados de sus instalaciones y de los
órganos jurisdiccionales electorales de la entidad, así como lugares públicos de mayor afluencia
ciudadana, en universidades, colegios, líderes de opinión de la entidad, en periódicos de circulación local
y a través de redes sociales, así como organizaciones de la sociedad civil, comunidades y organizaciones
indígenas, afromexicanas, de diversidad sexual (LGBTTTIQA+), jóvenes, adultos mayores, con
discapacidad y otros grupos en situación de discriminación.
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c) De igual manera, se le dará la más amplia difusión a la convocatoria en la Junta Local Ejecutiva, juntas
distritales ejecutivas, en su caso, oficinas municipales y los Módulos de Atención Ciudadana en adelante
MAC de “EL INE”.
d) De forma previa a la designación de quienes integrarán los órganos desconcentrados de “EL IETAM”,
éste proporcionará a “EL INE” la lista de personas aspirantes que podrán integrar la propuesta, a fin de
cotejarlas con los listados de quienes conforman los consejos locales y distritales de “EL INE”, a fin de
evitar la duplicidad de nombramientos que implique una incompatibilidad de funciones. La información se
entregará en medio digital, en formato Excel, conteniendo los siguientes campos: Primer apellido,
segundo apellido, nombre, clave de elector, municipio de residencia. “EL IETAMa través de su
Presidencia entregará la información mediante oficio a la Vocalía Ejecutiva de la Junta Local Ejecutiva de
“EL INEa más tardar en el mes de diciembre de 2023, además de informarlo a la Dirección Ejecutiva de
Organización en adelante “LA DEOE”, a través de la Unidad Técnica de Vinculación con los Organismos
Públicos Locales en adelante “LA UTVOPL”.
e) “EL INE” proporcionará a “EL IETAMa más tardar el 30 de noviembre de 2023, las designaciones de
quienes conformen los consejos Local y distritales de “EL INE”, a fin de cotejarlas con las listas de
propuestas de quienes integrarán los órganos desconcentrados de “EL IETAM” previo a su designación;
a fin de evitar la duplicidad de nombramientos que implique una incompatibilidad de funciones. La
información se entregará en medio digital, en formato Excel, conteniendo los siguientes campos: Nombre,
clave de elector, órgano de actuación y municipio, una vez que sean designados por EL INE.
2. CAMPAÑAS DE ACTUALIZACIÓN DEL PADRÓN Y DE CREDENCIALIZACIÓN.
De conformidad con lo dispuesto en el Libro Tercero, Título I, Capítulo II, de “EL REGLAMENTO”, “LAS
PARTESdeberán cumplir con lo siguiente:
2.1 Actualización del Padrón Electoral y la generación de la Lista Nominal del Electorado para el
Proceso Electoral Concurrente Ordinario.
a) Para el Proceso Electoral Concurrente Ordinario 2023-2024, “EL INE”, por conducto de la Dirección
Ejecutiva del Registro Federal de Electores, en lo sucesivo “LA DERFE”, proporcionará a “EL IETAM”
los instrumentos y productos registrales electorales debidamente actualizados en la parte que
corresponde a dicha entidad federativa.
b) Para este efecto, “LA DERFE” tomará como referencia los trámites que se reciban en los Módulos de
Atención Ciudadana, en adelante MAC, del 1 de septiembre de 2023 al 22 de enero de 2024 de la
ciudadanía mexicana residente en la entidad, que solicite su inscripción o su reincorporación al Padrón
Electoral o, en su caso, realice algún movimiento de actualización a dicho instrumento electoral
(notificación de cambio de domicilio, corrección de datos personales, corrección de datos de dirección,
reincorporación y de remplazo por pérdida de vigencia).
c) Durante el periodo comprendido del 1 de septiembre de 2023 al 8 de febrero de 2024, la ciudadanía
podrá solicitar la reposición de la Credencial para Votar por extravío, robo o deterioro grave.
d) Asimismo, se recibirán del 1 de septiembre de 2023 al 22 de enero de 2024, las solicitudes de inscripción
al Padrón Electoral de las personas jóvenes mexicanas que cumplan 18 años de edad antes o bien,
inclusive el día de la jornada electoral del 2 de junio de 2024.
e) Para efectos de la integración de la Lista Nominal del Electorado Definitiva con Fotografía, “LA DERFE”
pondrá a disposición de la ciudadanía que haya realizado su trámite de inscripción, reincorporación, o en
su caso, actualización hasta el 22 de enero de 2024, o bien, la reposición por causa de robo, extravío o
deterioro grave, al 8 de febrero de 2024, los formatos de Credencial para Votar, en los MAC del Registro
Federal de Electores, hasta el 14 de marzo de 2024.
f) La ciudadanía que extravíe o le sea robada su Credencial para Votar, o aquella que sufra deterioro, podrá
solicitar la reimpresión de dicho instrumento electoral, del 9 de febrero al 20 de mayo de 2024.
g) Las credenciales para votar que se generen durante el periodo establecido en el párrafo anterior y
producto de instancias administrativas distintas a las de reimpresión, así como de demandas de Juicio
para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano, serán entregadas a sus titulares a
más tardar el 31 de mayo de 2024, en el MAC correspondiente.
h) Las credenciales para votar de la ciudadanía que haya interpuesto una instancia administrativa o una
demanda de Juicio para la Protección de los Derechos Político-Electorales del Ciudadano o, en su caso,
hubiere solicitado la reimpresión de ésta, al 20 de mayo de 2024 y no hayan sido recogidas por sus
titulares, serán resguardadas a más tardar el 1 de junio de 2024, en las vocalías del Registro Federal de
Electores de las juntas distritales ejecutivas, conforme al procedimiento que para tal efecto determine “LA
DERFE” y permanecerán en esas condiciones hasta el día 4 de junio de 2024.
i) A la conclusión del periodo de credencialización señalado,LA DERFE”, realizará el retiro y la lectura de
los formatos de Credencial para Votar que no hayan sido recogidos por sus titulares y procederá a su
resguardo a más tardar el 08 de abril de 2024, los que deberán permanecer en esas condiciones hasta el
día 4 de junio de 2024, de conformidad con lo dispuesto en el Anexo 2 de “EL REGLAMENTO”.

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