Periódico Oficial Anexo - Número 009 - Tomo CXLVII del 20-01-2022

ERIÓDICO FICIAL
ÓRGANO DEL GOBIERNO CONSTITUCIONAL DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE TAMAULIPAS
Periódico Oficial del Estado
TAMAULIPAS
RESPONSABLE
SECRETARÍA GENERAL DE GOBIERNO
Registro Postal publicación periódica
PP28-0009
AUTORIZADO POR SEPOMEX
TOMO CXLVII Victoria, Tam., jueves 20 de enero de 2022. Anexo al Número 09
GOBIERNO DEL ESTADO
PODER EJECUTIVO
SECRETARÍA GENERAL
R. AYUNTAMIENTO CAMARGO, TAM.
PLAN Municipal de Desarrollo 2021-2024 del Municipio de Camargo, Tamaulipas ......................... 2
R. AYUNTAMIENTO OCAMPO, TAM.
PLAN Municipal de Desarrollo 2021-2024 del Municipio de Ocampo, Tamaulipas .......................... 12
R. AYUNTAMIENTO SOTO LA MARINA, TAM.
PLAN Municipal de Desarrollo 2021-2024 del Municipio de Soto La Marina, Tamaulipas ..................... 47
Victoria, Tam., jueves 20 de enero de 2022 Periódico Oficial
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GOBIERNO DEL ESTADO
PODER EJECUTIVO
SECRETARÍA GENERAL
R. AYUNTAMIENTO DE CAMARGO, TAM.
PLAN MUNICIPAL DE DESARROLLO 2021-2024
Mensaje de la Presidenta Municipal:
Como Presidenta Municipal, mi compromiso es transformar a Camargo en un Municipio próspero. Mi
esfuerzo estará concentrado en generar las condiciones necesarias para que las familias camarguenses de
hoy, así como las generaciones venideras, tengan una mejor calidad de vida.
Agradezco enormemente la confianza que depositaron en mí las y los ciudadanos de este hermoso
Municipio, gracias a ello pondremos en marcha este proyecto, para conseguir que nuestro municipio sea un
mejor lugar para vivir y que se transforme y se distinga en nuestra región en su desarrollo y progreso
integral.
Este Plan Municipal de Desarrollo es la guía de todas las Acciones que emprenderá mi Administración con
la cual evaluaremos el desarrollo y cumplimiento de cada uno de los compromisos adquiridos con las y los
camarguenses, y que harán de Camargo un municipio que todos queremos, prospero, humano, seguro, con
desarrollo y con un Gobierno abierto a toda la ciudadanía; siempre respetuoso de los derechos humanos,
con la participación ciudadana y con visión de sustentabilidad.
El Plan Municipal de Desarrollo del Municipio de la H. Cd. De Camargo, Tamaulipas está conformado con 5
Ejes Estratégicos que aseguran que todas las Acciones Emprendidas por esta Administración Municipal se
reflejaran en resultados tangibles para el Bienestar de las Personas y Familias que habitan en nuestro
Municipio.
C. MARÍA DEL CARMEN ROCHA HERNÁNDEZ
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL CAMARGO, TAM.
C.P. REMIGIO SALINAS RÍOS
SÍNDICO
C. LAURA LETICIA DE LA ROSA MASCORRO
PRIMER REGIDOR
DR. GILBERTO MANZANO RODRÍGUEZ
SEGUNDO REGIDOR
C. HERMINIA GARZA MORENO
TERCER REGIDOR
C. GREGORIO COUTIÑO MACÍAS
CUARTO REGIDOR
C. DEYANIRA GARCIA SÁENZ
QUINTO REGIDOR
PROFRA. MARGARITA ROIZ TREVIÑO
SEXTO REGIDOR
ÍNDICE
MENSAJE DE LA ALCALDESA
MISIÓN Y VISIÓN DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA MARCO LEGAL
DIAGNÓSTICO MUNICIPAL DE CAMARGO TAMAULIPAS
EJES RECTORES
EJE TEMÁTICO I DESARROLLO INSTITUCIONAL PARA UN BUEN GOBIERNO.
EJE TEMÁTICO II DESARROLLO ECONÓMICO SOSTENIBLE
EJE TEMÁTICO III BIENESTAR SOCIAL
EJE TEMÁTICO IV DESARROLLO AMBIENTAL SUSTENTABLE
EJE TEMÁTICO V SEGURIDAD CIUDADANA
MISIÓN
Ser una Administración Pública que se distinga por el uso transparente y eficiente de los recursos públicos,
ofreciendo servicios de calidad a los camargueses, realizando obras, proyectos y acciones que contribuyan
a elevar el nivel de vida de todos los habitantes, con un enfoque solidario y subsidiario, en especial para los
más vulnerables, fomentando un entorno saludable y de protección a nuestro ambiente.
Periódico Oficial Victoria, Tam., jueves 20 de enero de 2022 Página 3
VISIÓN
Lograr al término de esta Administración Municipal, un Camargo eficiente en el manejo de los recursos,
recuperando con ello la confianza de las y los ciudadanos en sus Autoridades.
Un Municipio con servicios de calidad, ordenado, limpio, seguro y en armonía con el medio ambiente;
comprometidos con la inclusión, donde sociedad y gobierno trabajemos para el Desarrollo pleno de sus
habitantes y de todas las comunidades que integran nuestro municipio.
MARCO LEGAL
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
En cumplimiento a lo dispuesto en los ordenamientos legales vigentes en materia de la planeación del
desarrollo nacional, estatal y municipal en los artículos 25. Corresponde al Estado la rectoría del desarrollo
nacional para garantizar que éste sea integral y sustentable, que fortalezca la Soberanía de la Nación y su
régimen democrático y que, mediante la competitividad, el fomento del crecimiento económico y el empleo y
una más justa distribución del ingreso y la riqueza, permita el pleno ejercicio de la libertad y la dignidad de
los individuos, grupos y clases sociales, cuya seguridad protege esta Constitución. La competitividad se
entenderá como el conjunto de condiciones necesarias para generar un mayor crecimiento económico,
promoviendo la inversión y la generación de empleo.
El Estado velará por la estabilidad de las finanzas públicas y del sistema financiero para coadyuvar a
generar condiciones favorables para el crecimiento económico y el empleo. El Plan Nacional de Desarrollo y
los planes estatales y municipales deberán observar dicho principio.
Artículo 26
A. El Estado organizará un sistema de planeación democrática del desarrollo nacional que imprima solidéz,
dinamismo, competitividad, permanencia y equidad al crecimiento de la economía para la independencia y
la democratización política, social y cultural de la nación.
Los fines del proyecto nacional contenidos en esta Constitución determinarán los objetivos de la planeación.
La planeación será democrática y deliberativa. Mediante los mecanismos de participación que establezca la
ley, recogerá las aspiraciones y demandas de la sociedad para incorporarlas al plan y los programas de
desarrollo. Habrá un plan nacional de desarrollo al que se sujetarán obligatoriamente los programas de la
Administración Pública
Artículo 115. Los estados adoptarán, para su régimen interior, la forma de gobierno republicano,
representativo, democrático, laico y popular, teniendo como base de su división territorial y de su
organización política y administrativa, el municipio libre, conforme a las bases siguientes:
I. Cada Municipio será gobernado por un Ayuntamiento de elección popular directa, integrado por un
Presidente Municipal y el número de regidores y síndicos que la ley determine. La competencia que esta
Constitución otorga al gobierno municipal se ejercerá por el Ayuntamiento de manera exclusiva y no habrá
autoridad intermedia alguna entre éste y el gobierno del Estado.
Las Constituciones de los estados deberán establecer la elección consecutiva para el mismo cargo de
presidentes municipales, regidores y síndicos, por un período adicional, siempre y cuando el periodo del
mandato de los ayuntamientos no sea superior a tres años. La postulación sólo podrá ser realizada por el
mismo partido o por cualquiera de los partidos integrantes de la coalición que lo hubieren postulado, salvo
que hayan renunciado o perdido su militancia antes de la mitad de su mandato.
Ley estatal de planeación
Artículo 7, Los Ayuntamientos remitirán los Planes Municipales de Desarrollo y Programas Operativos
Anuales a los Poderes Ejecutivo y Legislativo del Estado para su conocimiento.
Artículo 24, Los planes municipales de desarrollo deberán elaborarse y aprobarse en un plazo de tres
meses contados a partir de la fecha en que tome posesión el Ayuntamiento y sus previsiones se realizarán
durante el período constitucional que le corresponda. Las consideraciones y proyecciones de más largo
plazo, sustentadas en acciones ejecutadas total o parcialmente por el Ayuntamiento podrán considerarse
por el Consejo Económico y Social, a fin de impulsar su incorporación en la planeación municipal.
Código municipal para el estado de Tamaulipas
ARTÍCULO 182.- Los Ayuntamientos, para el cumplimiento de sus fines y aprovechamiento de sus
recursos, formularán el Plan Municipal de Desarrollo considerando los Sistemas Nacional y Estatal de
Planeación Democrática y atendiendo a criterios de planeación estratégica, que permitan una visión de
largo plazo y de participación democrática que considere la incorporación de los grupos sociales y del
principio de igualdad entre el hombre y la mujer, a través de los mecanismos de consulta previstos en la Ley
Estatal de Planeación.
En consecuencia, en el proceso de formulación del Plan Municipal de Desarrollo se alentará con la
participación de los diversos grupos sociales, con el propósito de que la población exprese sus opiniones en
las etapas de elaboración, actualización y ejecución, así como de los programas que de él se deriven e
incluirá las estrategias, objetivos y acciones de largo plazo que permitan el crecimiento ordenado de las

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