Periódico Oficial Anexo - Número 115 - Tomo CXLIII de 2018-09-25

Fecha de Entrada en Vigor30 de Septiembre de 2018
PERIÓDICO OFICIAL
ÓRGANO DEL GOBIERNO CONSTITUCIONAL DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE TAMAULIPAS
Periódico Oficial del Estado
TAMAULIPAS
RESPONSABLE
SECRETARÍA GENERAL DE GOBIERNO
Registro Postal publicación periódica
PP28-0009
AUTORIZADO POR SEPOMEX
TOMO CXLIII Victoria, Tam., martes 25 de septiembre de 2018. Anexo al Número 115
GOBIERNO DEL ESTADO
PODER EJECUTIVO
SECRETARÍA GENERAL
R. AYUNTAMIENTO NUEVO LAREDO, TAM.
REGLAMENTO para la Preservación del Patrimonio Edificado, Protección y Mejoramiento
de la Imagen Urbana en el Centro Histórico y su Zona Prioritaria de Influencia y Zona
Patrimonial de Nuevo Laredo, Tamaulipas………..……………………………………... 2
Victoria, Tam., martes 25 de septiembre de 2018 Periódico Oficial
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GOBIERNO DEL ESTADO
PODER EJECUTIVO
SECRETARÍA GENERAL
R. AYUNTAMIENTO DE NUEVO LAREDO, TAMAULIPAS
C. C.P. OSCAR ENRIQUE RIVAS CUÉLLAR, Presidente Municipal y LIC. RAÚL CÁRDENAS THOMAE,
Secretario del Ayuntamiento, respectivamente del Republicano Ayuntamiento Constitucional de Nuevo Laredo,
Tamaulipas, en uso de las facultades que a nuestro cargo confieren los artículos 115 fracción II de la Constitución
Política de los Estados Unidos Mexicanos; 131 primer párrafo de la Constitución Política del Estado de
Tamaulipas; 2o, 3o, 4o, 5o fracción V, 21, 49 fracción III, 53, 54 y 55 fracciones IV y V del Código Municipal para
el Estado de Tamaulipas; con apego a lo establecido en las anteriores bases normativas, comparecemos ante
Usted, remitiéndole el “Reglamento para la Preservación del Patrimonio Edificado, Protección y
Mejoramiento de la Imagen Urbana en el Centro Histórico y su Zona Prioritaria de Influencia y Zona
Patrimonial de Nuevo Laredo, Tamaulipas”, para que una vez realizados los trámites legales correspondientes,
tenga a bien ordenar su publicación en el Periódico Oficial del Estado de Tamaulipas, de acuerdo a los
siguientes:
C O N S I D E R A N D O S
PRIMERO.- Que el ayuntamiento goza de facultades para aprobar los reglamentos, bandos y disposiciones
administrativas de observancia general dentro de sus respectivas jurisdicciones que organicen la administración
pública municipal, regulen las materias, procedimientos, funciones y servicios públicos de su competencia, con
fundamento en el artículo 49 fracción III del Código Municipal para el Estado de Tamaulipas, y que solo podrán
entrar en vigor una vez que hayan sido aprobadas por la mayoría de los miembros del R. Ayuntamiento, previa
consulta pública y se publiquen en el Periódico Oficial del Estado de Tamaulipas.
SEGUNDO.- Que en ese sentido, el viernes 7 de julio de 2017, previa publicidad en medios impresos sobre la
convocatoria pública, se llevó a cabo el foro de consulta ciudadana para la elaboración del Reglamento para la
Preservación del Patrimonio Edificado, Protección y Mejoramiento de la Imagen Urbana en el Centro
Histórico y su Zona Prioritaria de Influencia y Zona Patrimonial de Nuevo Laredo, Tamaulipas, al cual
asistieron ciudadanos, profesionistas, representantes de asociaciones civiles, así como diversas autoridades
municipales; todo esto con el ánimo de presentar inquietudes, dudas, opiniones, y colaborar en la elaboración del
Reglamento mencionado. Una vez que se efectuó dicho foro de consulta, dentro de los trabajos que este R.
Ayuntamiento realiza, se elaboró el proyecto del reglamento.
TERCERO.- Que el municipio de Nuevo Laredo, Tamaulipas, cuenta con un patrimonio natural y cultural de gran
valor, que se manifiesta en la imagen de la localidad, reflejo de su historia.
CUARTO.- Que los constantes cambios económicos y culturales del Municipio, afectan, alteran y amenazan el
patrimonio, lo que hace necesaria la creación de instrumentos que normen y regulen el ordenamiento y
conservación del mismo.
QUINTO.- Que como parte del Patrimonio Histórico y Cultural del municipio de Nuevo Laredo, Tamaulipas,
existen inmuebles patrimoniales catalogados como monumentos históricos, artísticos, así como la arquitectura
tradicional y popular, hoy amenazada por el desarrollo inmobiliario de la ciudad.
SEXTO.- Que debe impedirse que la imagen del Centro Histórico del municipio de Nuevo Laredo, Tamaulipas,
donde se localiza la mayor parte del Patrimonio Edificado, se vea alterada y contaminada por una señalización
comercial caótica y por una edificación desordenada.
SÉPTIMO.- Que los cambios y alteraciones al patrimonio cultural y a la imagen, afectará irremediablemente la
fisonomía de la localidad, sus características socio-culturales, su medio ambiente y presencia en el ámbito
turístico nacional e internacional.
OCTAVO.- Que el presente Reglamento tiene como objeto reglamentar, fijar las normas y formas conforme a las
cuales se sujetarán los lineamientos y política, a fin de establecer las normas básicas para la política integral de
protección, consolidación y conservación del patrimonio histórico y cultural del municipio de Nuevo Laredo,
Tamaulipas, en los términos de las disposiciones legales aplicables en el Municipio; asimismo, el funcionamiento,
la estructura y la organización de las dependencias que realizarán dicho trámite.
NOVENO.- Que en consecuencia, en el acta número treinta y dos correspondiente a la vigésima sesión ordinaria
del H. Cabildo de fecha 10 de julio de 2017, en el punto cuatro del Orden del Día, se aprueba por unanimidad, el
Reglamento para la Preservación del Patrimonio Edificado, Protección y Mejoramiento de la Imagen Urbana en el
Centro Histórico y su Zona Prioritaria de Influencia y Zona Patrimonial de Nuevo Laredo, Tamaulipas, de acuerdo
a la siguiente:

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