Periódico Número 36 Primera Parte

Fecha de Entrada en Vigor15 de Marzo de 2017
PERIODICO OFICIAL 3 DE MARZO - 2017 PAGINA 1
Fundado el 14 de Enero de 1877
Registrado en la Administración de Correos el 1o. de Marzo de 1924
GUANAJUATO, GTO., A 3 DE MARZO DEL 2017 NUMERO 36
AÑO CIV
TOMO CLV
P R I M E R A P A R T E
S U M A R I O :
S E C C I O N J U D I C I A L
EDICTOS Y AVISOS 1
0810 AVISO NOTARIAL
Al margen un sello con el Escudo de la Nación.-
Lic. Arturo Torres Martín del Campo.- Notaría Pública
No. 102.- León, Gto.
En cumplimiento con el artículo 672 del Código de
Procedimientos Civiles del Estado de Guanajuato,
se hace saber que por Escritura Pública número
14,301 catorce mil trescientos uno, de fecha 17
diecisiete de diciembre de 17 diecisiete en enero de
2017 dos mil diecisiete, se radico en esta Notaria
a mi cargo la Sucesión Testamentaria a bienes de
PEDRO VERGARA LARA, promovida por la señora
MARÍA y/o MA. DE LOURDES SILVA PÉREZ, quien
maniesta aceptar la herencia. Estas declaraciones
se harán saber por tres publicaciones de diez en
diez días en el Periódico Ocial del Estado.
León, Gto., a 17 de Enero de 2017.- El Notario
Público No. 102.- Lic. Arturo Torres Martín del
Campo.
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Al margen un sello con el Escudo de la Nación.-
Poder Judicial del Estado.- Juzgado Décimo Civil de
Partido.- León, Gto.
Por este publicarse por 02 dos veces
consecutivas en el Periódico Oficial del Estado,
02 dos veces seguidas en el Diario de Mayor
Circulación de esta Ciudad y Tabla de Avisos
de este Tribunal, la radicación del expediente
número 798/16-C relativo al Juicio Sucesorio
Intestamentario promovido por ANA LUCIA
VELAZQUEZ DELGADO por propio derecho
y en representación de sus menores hijos
CRISTIAN JOSE Y EMMANUEL de apellidos
VELOZ VELAZQUEZ A BIENES DE EFREN
VELOZ ORTIZ, para que en el término de 30
días contados a partir del siguiente al de la última
publicación en el Periódico Oficial se presenten
acreedores y quienes se crean con derecho a la
herencia.
3 DE MARZO - 2017
PAGINA 2 PERIODICO OFICIAL
León, Gto., a 09 de Diciembre de 2016.- La
Secretaria del Juzgado Décimo Civil.- Lic. Lucero
Iraiz Miranda García.
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1726 E D I C T O
Al margen un sello con el Escudo de la Nación.-
Poder Judicial del Estado.- Juzgado Primero Civil de
Partido.- Secretaría.- León, Gto.
Publíquese dos veces consecutivas Periódico
Ocial del Estado, Puerta avisos de este Juzgado
y Diario Mayor Circulación esta localidad por medio
del cual se notica a FRANCIS LEE TUMBLESON, la
sentencia dictada en el Juicio ordinario civil número
C-255/13, promovido por MARIA JUANA TERESA
MIRANDA ARROYO, la que en lo conducente dice:
Sentencia de seis de enero del dos mil diecisiete.-
Visto.-... Resultando. Único... Considerandos...
Puntos... Resolutivos. PRIMERO.- Este Juzgado
fue competente para conocer y decidir el presente
juicio.- SEGUNDO.- La vía por la que se encausó
el procedimiento fue la correcta.- TERCERO.- Se
decreta la disolución del vínculo matrimonial que
une a MARÍA JUANA TERESA MIRANDA ARROYO
Y FRANCIS LEE TUMBLESON, celebrado el día
seis de marzo del mil novecientos noventa y ocho,
que ha quedado registrado ante el Ocial del
Registro Civil número 01 de la ciudad de Valle de
Santiago, Guanajuato; por tanto, ambas personas
recobran su entera capacidad para contraer nuevo
matrimonio y la mujer no podrá seguir usando el
apellido de FRANCIS LEE TUMBLESON en caso
de que así lo hiciere; además, no se hace especial
pronunciamiento respecto a la división de bienes.-
CUARTO.- Una vez que la presente sentencia
cause ejecutoria, remítase atento exhorto al Juez
competente de la cuidad de Valle de Santiago,
Guanajuato, para que en auxilio de este Tribunal
remita copia certicada de la presente sentencia
al Ocial del Registro Civil número 01 de la
ciudad de Valle de Santiago, Guanajuato, lugar de
registro del matrimonio que ahora se disuelve; así
como a las ocialías del registro civil en donde se
haya registrado el nacimiento de los divorciados,
respectivamente, a efecto de que se realicen
las anotaciones marginales correspondientes.-
QUINTO.- La parte actora acreditó su acción de
pérdida de la patria potestad, y el demandado no
acudió a dar contestación a la demanda instaurada
en su contra, por lo que se condena al señor
FRANCIS LEE TUMBLESON a la pérdida de la patria
potestad que ejerce sobre EMILIO FRANCISCO
TUMBLESON MIRANDA; pero, no obstante a ello,
queda obligado a cumplir con los deberes impuestos
por el artículo 339 del Código Civil vigente en la
Entidad. De la misma manera, esta Juzgadora
estima conveniente decretar mediante la presente
sentencia que la custodia la seguirá detentando
su progenitora MARÍA JUANA TERESA MIRANDA
ARROYO, no obstante queda vigente el derecho de
convivencia de Emilio Francisco Tumbleson Miranda
con su progenitor FRANCIS LEE TUMBLESON,
para lo cual se deja expedito tal derecho para que
lo haga valer en su oportunidad en la vía y forma
autorizadas en ley, pues dicho infante tiene derecho
a mantener relaciones personales y contacto directo
con ambos padres de modo regular.- SEXTO.-
Dese salida al presente en los libros de gobierno
de este Juzgado, aviso de ello a la superioridad y
en su oportunidad archívese el mismo como asunto
concluido.- SEPTIMO.- Notifíquese la presente
resolución de manera personal a la parte actora,
siendo a la actora en la Dirección Electrónica del
Sistema Informático del Poder Judicial del Estado,
y al Ministerio Público en el domicilio que señaló
para tales efectos, por conducto del actuario en
turno que designe la Ocina Central de Actuarios
de esta ciudad; y, a la parte demandada por
medio de edictos que se publicaran por dos veces
consecutivas en el Periódico Ocial del Estado y por
dos veces seguidas en uno de los diarios de mayor
circulación en el Partido Judicial, en términos del
del Estado. Así lo resolvió y rma la Licenciada
OFELIA ALDACO FRAUSTO, Jueza Primero Civil
de este Partido Judicial, que actúa con Secretario
licenciado ULISES ZAPIAIN FLORES.- Doy fe.- Dos
Firmas Ilegibles.
León, Gto. 08 de Febrero de 2017.- 2017. Año del
Centenario de la Promulgación de la Constitución
Política de los Estados Unidos Mexicanos”.- El
C. Secretario Juzgado Primero Civil.- Lic. Ulises
Zapiain Flores.
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PERIODICO OFICIAL 3 DE MARZO - 2017 PAGINA 3
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Al margen un sello con el Escudo de la Nación.-
Poder Judicial del Estado.- Juzgado Primero Civil de
Partido.- Secretaría.- Salvatierra, Gto.
Por éste publíquense, 02 dos veces consecutivas
en el Periódico Ocial del Estado, 02 dos veces
seguidas en uno de los diarios de mayor circulación
en ésta localidad y fíjese en la puerta de éste Tribunal,
anunciando radicación de JUICIO SUCESORIO
IN-TESTAMENTARIO número C-039/17, en el
Juzgado Primero Civil en este Partido Judicial,
denunciado por el C. JUVENAL PEREZ ROJAS,
a bienes del de cujus MIGUEL PEREZ ROJAS,
citándose a las personas que se crean con derecho
a la herencia y acreedores a la misma, se presenten
a deducir sus derechos dentro del término de 30
treinta días a partir de la última publicación del
Edicto en el Periódico Ocial del Estado.
Salvatierra, Gto., a 23 de Enero de 2017.-
La Secretaria del Juzgado Civil de este Partido
Judicial.- Lic. Daniela Lorena Mandujano Zamora.
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1728 E D I C T O
Al margen un sello con el Escudo de la Nación.-
Poder Judicial del Estado de Guanajuato.- Juzgado
Décimo Cuarto Civil de Partido.- Secretaría.- León,
Gto.
Por éste publicarse dos veces consecutivas
Periódico Ocial Gobierno Estado, dos veces
seguidas en uno de los periódicos de Mayor
Circulación en el partido judicial y Tabla Avisos del
Juzgado, anunciándose la radicación de la Sucesión
Intestamentario a bienes de CARMELO QUEZADA
ALBA, quien falleció en esta Ciudad, el día el día
cuatro de abril del año dos mil ocho, denunciado
por los ciudadanos MARÍA GUADALUPE
VALLEJO RODRÍGUEZ, JESÚS ALEJANDRO,
MARÍA GUADALUPE, MARÍA AUXILIO, MARIAL
DEL ROCÍO, JUAN MANUEL, MA. DE LA LUZ Y
EPIFANIO DE APELLIDOS QUEZADA VALLEJO
expediente número 84/17-C. Cítese a interesados y
acreedores del autor de la sucesión si los hubiere
para que comparezcan a deducir sus derechos
dentro término 30 días contados a partir de la última
publicación en el Periódico Ocial del Estado.
León, Gto., a 07 de Febrero de 2017.- “2017. Año
del Centenario de la Promulgación de la Constitución
Política de los Estados Unidos Mexicanos”.- La
Secretaria del Juzgado Décimo Cuarto Civil.- Lic.
Gabriela Rodríguez Gómez.
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1729 E D I C T O
Al margen un sello con el Escudo de la Nación.-
Poder Judicial del Estado.- Juzgado Civil de Partido.-
Secretaría.- Cortazar, Gto.
Este Publicarse dos veces consecutivas en
el Periódico Ocial, diario de Mayor Circulación y
Tablero de Avisos de este Juzgado Único Civil de
Partido anunciando radicación juicio Sucesorio
Testamentario número C8/2017, denunciado por
BLANCA OJEDA MARTÍNEZ Y ANGELA OJEDA
MARTÍNEZ apoderadas legales de FRANCISCA
MARTINEZ MERCADO a bienes de JOSEFINA
MARTÍNEZ MERCADO citándose a personas se
crean con derecho a la herencia y acreedores de la
misma se presenten a deducir derechos dentro del
término de 40 cuarenta días contados a partir de la
última publicación periódico Ocial del estado.
Cortazar, Gto., a 25 de Enero de 2017.- El
Secretario del Juzgado Unico Civil de Cortazar.- Lic.
José Manuel González Cervantes.
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1730 E D I C T O
Al margen un sello con el Escudo de la Nación.-
Poder Judicial del Estado.- Juzgado Primero Civil de
Partido.- Secretaría.- Irapuato, Gto.
ESTE PUBLICARASE POR DOS VECES
SEGUIDAS PERIODICO OFICIAL GOBIERNO
ESTADO GUANAJUATO Y PERIODICO DE MAYOR
CIRCULACION ESTA CIUDAD ANUNCIASE
RADICACION ESTE JUZGADO PRIMERO CIVIL
JUICIO SUCESORIO INTESTAMENTARIO A
BIENES DE JUAN MANUEL LUNA RAMÍREZ,
EXPEDIENTE NÚMERO C-66/2017 PROMOVIDO

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