Periódico Número 174 Primera Parte

Fecha de Entrada en Vigor31 de Agosto de 2023
31 DE AGOSTO - 2023
PERIÓDICO OFICIAL PÁGINA 1
31 de Agosto de 2023
Guanajuato, Gto. periodico.guanajuato.gob.mx
PERIÓDICO OFICIAL
DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE
GuanajuatoGuanajuato
Fundado el
14 de Enero de 1877
Registrado en la
Administración
de Correos el 1° de
Marzo de 1924
Año: CX
Tomo: CLXI
Número: 174
PRIMERA PARTE
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31 DE AGOSTO - 2023
PÁGINA 2 PERIÓDICO OFICIAL
S U M A R I O :
S E C C I O N J U D I C I A L
EDICTOS Y AVISOS
EDICTOS ELECTRÓNICOS 2
EDICTOS ELECTRÓNICOS
08995 E D I C T O
Por éste publíquense, durante cuarenta y cinco
días, con intervalos de quince días en el Periódico
Ocial del Estado, y en uno de los periódicos del
último domicilio del ausente, siendo el ubicado
en San Miguel Allende, Guanajuato y fíjese en
la puerta de este Tribunal, anunciando que el
C. ABRAHAM ALEJANDRO FABIÁN VALENCIA
promueve JUICIO ESPECIAL CIVIL SOBRE
DECLARACIÓ N DE AUSENCIA de JOSÉ MANUEL
FABIAN VALENCIA número C-0675/2022. Para que
sea presente persona interesada que diere noticias
del paradero del presunto ausente o presente
oposición a la Declaración de Ausencia.
Salvatierra, Guanajuato, a 08 de Junio del 2023.
LIC. DANIELA LORENA MANDUJANO ZAMORA
LA SECRETARIA DEL JUZGADO CIVIL DE ESTE
PARTIDO JUDICIAL. FIRMA ELECTRÓNICA.
119-133-159-174
10574 E D I C T O
Por este publicarse tres veces en Periódico Ocial
del Gobierno del Estado y diario de mayor circulación
en la localidad, con intervalo de quince dı́as, ambas
publicaciones se repetirán cada dos años, hasta que
se declare la presunción de muerte en el Periódico
Ocial del Gobierno del Estado y del Periódico de
mayor circulación, de esta Ciud ad, noticndose,el
auto de fecha 07 de Septiembre del 2016, dictado
en el Juicio promovido en la vı́a de Jurisdicción
Voluntaria sobre designación de representante
de presunto ausente del C. FRANCISCO JAVIER
CANO GONZÁLEZ, que promueve su cónyuge
la C. María Maura Galván Rodríguez, en el
expediente número C563/2015 radicado en este
Juzgado, anúnciese que: VISTO el estado que
guardan los autos del juicio que nos ocupa y toda vez
que la C. Marı́a Maura Galvn Rodrı́guez, hasta el
momento ha cumplido con los requisitos establecidos
por la legislación civil del Estado, al haber aportado
al presente juicio pruebas con valor crediticio, este
Tribunal considera que son sucientes para el primer
periodo llamado presunción de ausencia , ya que en
esta primera etapa del procedimiento es cuando se
tiene más fuerte la presunción que la persona viva,
por lo que primeramente se velaran por los derechos
y obligaciones del ausente, lo que se caracteriza por
la adopción de medidas tendientes a los derechos y
obligaciones del ausente y prever de representación
legal a los menores incapaces que estuvieran bajo
su patria potestad o tutela de quién abandono
su domicilio si no hay ascendientes que deban
ejercer la primera, ni tutor testamentario o legı́timo,
también se cita al ausente por edictos, por lo que
para determinar las medidas provisionales antes de
entrar a la segunda etapa de declaración de ausencia
ya que esta empezaráa contar a partir de dos años
de que fuera nombrado el Representante Legal del
ausente.- En consecuencia con fundamento en los
artı́culos 701, 702 y 705 del Código en mención,
se nombra a la C. María Maura Galván Rodríguez,
como Representante Legal del ausente el C.
Francisco Javier Cano González, misma que deberá
comparecer ante este Tribunal en el término de 03
tres dı́as, para la aceptación y protesta del cargo
conferido, se le exime de otorgar anza, toda vez
que como de los autos se desprende que la actora
manifestó que el ausente no cuenta con bienes
muebles o inmuebles. - Asimismo, se le hace saber
a la C. Marı́a Maura Galvn Rodrı́guez, que queda
obligada a la publicación de nuevos edictos llamando
al ausente, cada año a partir del presente auto, en
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PERIÓDICO OFICIAL PÁGINA 3
trminos de los artı́culos 714 y 715 del Código Civil
para el Estado de Guanajuato, al incumplimiento de
esa obligación se hace responsable de los daños
y perjuicios que se sigan al ausente y es causa de
su legı́tima de remoción.- Al haberse acreditado
la existencia de dos menores de edad, como se
desprende de sus actas de nacimiento, la ciudadana
Marı́a Maura Galvn Rodrı́guez, deberá ejercer
la patria potestad sobre los menores de nombres
Michelle Aristbhe Cano Galván y Brandon Jeremy
Cano Galván, lo anterior de acuerdo a lo dispuesto
por el artı́culo 468 del Código Civil en cita.- Dese
de baja el presente expediente solo para nes
estadı́sticos. Ası́lo resolvióy rma el Licenciado Luis
Alfonso Escobedo Flores, Juez Tercero de lo Civil
de este Partido Judicial, quien actúa en forma legal
con Secretaria de Acuerdos Licenciada Marı́a Lucila
Rodrı́guez Ojeda. Doy fe.
Celaya, Gto., a 03 de julio de 2023. Lic. María
Lucila Rodríguez Ojeda. Secretaria Del Juzgado
Tercero Civil. Firma Electrónica.
134-159-174
12421 AVISO NOTARIAL
La suscrita Licenciada GABRIELA PUENTE
GARCIA, Titular de la NOTARIA PUBLICA No. 60
de la ciudad de LEON, GUANAJUATO, ubicada
en la calle Hidalgo número 212 interior 405 en la
Zona Centro, en cumplimiento a lo establecido por
el articulo 672 del Código de Procedimientos Civiles
del Estado, hago saber que por escritura pública
número 14,537 de fecha 10 de agosto del 2023,
otorgada ante mi fe se formalizó la INICIACIÓN
de la SUCESION TESTAMENTARIA A BIENES de
MA. GUADALUPE VAZQUEZ, teniéndose a los
señores CRESCENCIO, MARTIN y VICTOR todos
de apellidos LAUREANO VAZQUEZ, reconociendo
la validez del Testamento Público Abierto, otorgado
mediante escritura pública número 2,795, de
fecha 29 de septiembre del 2004, otorgada ante
la fe del Notario Público número 33 del municipio
de León, Guanajuato, Licenciado Jaime Martin
Aranda Villalobos, y aceptando la herencia que les
corresponde instituida en el mismo e igualmente
se le tuvo aceptando al señor CRESCENCIO
LAUREANO VAZQUEZ el cargo de Albacea que
la autora de la sucesión le designó en dicho
instrumento. Este aviso deberá publicarse dos
veces de diez en diez días en el Periódico Ocial del
Gobierno del Estado de Guanajuato.
León, Guanajuato a 14 de agosto del 2023. Lic.
GABRIELA PUENTE GARCIA N.P. No. 60 FIRMA
ELECTRÓNICA.
165-174
12511 EDICTO
Por este publicarse dos veces de ocho en ocho
días. Periódico Ocial Gobierno del Estado, tablas
de avisos este Juzgado anunciando radicación del
expediente C589/2023, mediante el cual María
del Rocío Duarte Morín promueve en la Vía de
Jurisdicción Voluntaria, Diligencias de Información
Testimonial ad Perpetuam, a efecto de justicar la
posesión como medio para acreditar el dominio pleno
de un predio ubicado en la comunidad de Berlín,
en el Camino Real que conduce de la comunidad
Berlín a la comunidad de Cruz de Guerrero de este
municipio de San Luis de la Paz Guanajuato, el
cual cuenta con una supercie de 426.74 metros y
las medidas y colindancias siguientes: Al Noreste:
Una línea de 49.43 metros colindando con Jesús
Guillermo Montoya Morales, Al Sureste: Una línea
de 10.08 metros colindando con Camino Real que
conduce a la comunidad de Berlín a la comunidad
de Cruz de Guerrero, Al Suroeste: En una línea
de 44.16 metros colindando con Laura Alicia Ortiz
García, Al Noroeste: En una línea de 9.73 metros
colindando con Laura Alicia Ortiz García. Doy fe.
San Luis de la Paz, Gto. 14 de agosto de
2023 2024, 200 Años de Grandeza: Guanajuato
como Entidad Federativa, Libre y Soberana
LICENCIADO RODRIGO BARAJAS LÓPEZ
SECRETARIO DEL JUZGADO SEGUNDO CIVIL
FIRMA ELECTRÓNICA.
166-174
12561 A V I S O
Por medio del presente se ordena publicar por
dos veces de ocho en ocho días en el Periódico
Ocial del Estado y tablero de avisos de este
Tribunal, haciéndose saber que ANABEL BARAJAS
MARAVILLA, promovió diligencias de Jurisdicción
Voluntaria sobre Información Ad-Perpétuam, para

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