Periódico Número 159 Primera Parte

Fecha de Entrada en Vigor10 de Agosto de 2023
10 DE AGOSTO - 2023
PERIÓDICO OFICIAL PÁGINA 1
10 de Agosto de 2023
Guanajuato, Gto. periodico.guanajuato.gob.mx
PERIÓDICO OFICIAL
DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE
GuanajuatoGuanajuato
Fundado el
14 de Enero de 1877
Registrado en la
Administración
de Correos el 1° de
Marzo de 1924
Año: CX
Tomo: CLXI
Número: 159
PRIMERA PARTE
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en su versión digital
10 DE AGOSTO - 2023
PÁGINA 2 PERIÓDICO OFICIAL
S U M A R I O :
S E C C I O N J U D I C I A L
EDICTOS Y AVISOS
EDICTOS ELECTRÓNICOS 2
EDICTOS ELECTRÓNICOS
08995 E D I C T O
Por éste publíquense, durante cuarenta y cinco
días, con intervalos de quince días en el Periódico
Ocial del Estado, y en uno de los periódicos del
último domicilio del ausente, siendo el ubicado
en San Miguel Allende, Guanajuato y fíjese en
la puerta de este Tribunal, anunciando que el
C. ABRAHAM ALEJANDRO FABIÁN VALENCIA
promueve JUICIO ESPECIAL CIVIL SOBRE
DECLARACIÓ N DE AUSENCIA de JOSÉ MANUEL
FABIAN VALENCIA número C-0675/2022. Para que
sea presente persona interesada que diere noticias
del paradero del presunto ausente o presente
oposición a la Declaración de Ausencia.
Salvatierra, Guanajuato, a 08 de Junio del 2023.
LIC. DANIELA LORENA MANDUJANO ZAMORA
LA SECRETARIA DEL JUZGADO CIVIL DE ESTE
PARTIDO JUDICIAL. FIRMA ELECTRÓNICA.
119-133-159-174
10574 E D I C T O
Por este publicarse tres veces en Periódico Ocial
del Gobierno del Estado y diario de mayor circulación
en la localidad, con intervalo de quince dı́as, ambas
publicaciones se repetirán cada dos años, hasta que
se declare la presunción de muerte en el Periódico
Ocial del Gobierno del Estado y del Periódico de
mayor circulación, de esta Ciud ad, noticndose,el
auto de fecha 07 de Septiembre del 2016, dictado
en el Juicio promovido en la vı́a de Jurisdicción
Voluntaria sobre designación de representante
de presunto ausente del C. FRANCISCO JAVIER
CANO GONZÁLEZ, que promueve su cónyuge
la C. María Maura Galván Rodríguez, en el
expediente número C563/2015 radicado en este
Juzgado, anúnciese que: VISTO el estado que
guardan los autos del juicio que nos ocupa y toda vez
que la C. Marı́a Maura Galvn Rodrı́guez, hasta el
momento ha cumplido con los requisitos establecidos
por la legislación civil del Estado, al haber aportado
al presente juicio pruebas con valor crediticio, este
Tribunal considera que son sucientes para el primer
periodo llamado presunción de ausencia , ya que en
esta primera etapa del procedimiento es cuando se
tiene más fuerte la presunción que la persona viva,
por lo que primeramente se velaran por los derechos
y obligaciones del ausente, lo que se caracteriza por
la adopción de medidas tendientes a los derechos y
obligaciones del ausente y prever de representación
legal a los menores incapaces que estuvieran bajo
su patria potestad o tutela de quién abandono
su domicilio si no hay ascendientes que deban
ejercer la primera, ni tutor testamentario o legı́timo,
también se cita al ausente por edictos, por lo que
para determinar las medidas provisionales antes de
entrar a la segunda etapa de declaración de ausencia
ya que esta empezaráa contar a partir de dos años
de que fuera nombrado el Representante Legal del
ausente.- En consecuencia con fundamento en los
artı́culos 701, 702 y 705 del Código en mención,
se nombra a la C. María Maura Galván Rodríguez,
como Representante Legal del ausente el C.
Francisco Javier Cano González, misma que deberá
comparecer ante este Tribunal en el término de 03
tres dı́as, para la aceptación y protesta del cargo
conferido, se le exime de otorgar anza, toda vez
que como de los autos se desprende que la actora
manifestó que el ausente no cuenta con bienes
muebles o inmuebles. - Asimismo, se le hace saber
a la C. Marı́a Maura Galvn Rodrı́guez, que queda
obligada a la publicación de nuevos edictos llamando
al ausente, cada año a partir del presente auto, en
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PERIÓDICO OFICIAL PÁGINA 3
trminos de los artı́culos 714 y 715 del Código Civil
para el Estado de Guanajuato, al incumplimiento de
esa obligación se hace responsable de los daños
y perjuicios que se sigan al ausente y es causa de
su legı́tima de remoción.- Al haberse acreditado
la existencia de dos menores de edad, como se
desprende de sus actas de nacimiento, la ciudadana
Marı́a Maura Galvn Rodrı́guez, deberá ejercer
la patria potestad sobre los menores de nombres
Michelle Aristbhe Cano Galván y Brandon Jeremy
Cano Galván, lo anterior de acuerdo a lo dispuesto
por el artı́culo 468 del Código Civil en cita.- Dese
de baja el presente expediente solo para nes
estadı́sticos. Ası́lo resolvióy rma el Licenciado Luis
Alfonso Escobedo Flores, Juez Tercero de lo Civil
de este Partido Judicial, quien actúa en forma legal
con Secretaria de Acuerdos Licenciada Marı́a Lucila
Rodrı́guez Ojeda. Doy fe.
Celaya, Gto., a 03 de julio de 2023. Lic. María
Lucila Rodríguez Ojeda. Secretaria Del Juzgado
Tercero Civil. Firma Electrónica.
134-159-174
11005 A V I S O N O T A R I A L
Por éste publicaráse dos veces de diez en diez
días Periódico Ocial del Gobierno del Estado de
Guanajuato, la radicación en la Notaría a mi cargo
y bajo acta número 13,004 de fecha 27 de Junio
del 2023 de la Sucesión Testamentaria a bienes
de la señora ALICIA RIVAS TAMBIEN CONOCIDA
COMO ALICIA RIVAS DE FONSECA promovido por
la señora MA. ISABEL FONSECA RIVAS designada
como única y universal heredera y declaró que:
ACEPTA EL CARGO DE ALBACEA y que va a
proceder a formar el inventario de los bienes de la
herencia.
SALAMANCA, GTO., A 4 DE JULIO DEL AÑO
2023. LIC. GABRIEL MEDINA RODRIGUEZ.
TITULAR DE LA NOTARÍA PÚBLICA NÚMERO 3.
FIRMA ELECTRÓNICA.
150-159
11006 AVISO NOTARIAL
En cumplimiento a lo dispuesto por el
último párrafo del artículo 672 del Código de
Procedimientos Civiles del Estado de Guanajuato,
se hace de su conocimiento que por escritura
pública 44071 cuarenta y cuatro mil setenta y uno
de fecha 5 cinco de julio del 2023 dos mil veintitrés,
los señores PORFIRIO, MA DEL CARMEN, RUFINA
y LETICIA de apellidos FERNÁNDEZ MALDONADO
y ALICIA ALVARADO HURTADO por su propio
derecho como HEREDEROS y la tercera además
como ALBACEA, dieron inicio en ésta Notaria a mi
cargo, a la tramitación extrajudicial de la SUCESIÓN
TESTAMENTARIA a bienes de la señora HERMINIA
MALDONADO RAMOS, reconociendo la validez del
testamento, aceptando la herencia, y el cargo de
Albacea; procediendo a realizar inventario de los
bienes que constituyen la masa hereditaria. Este
aviso deberá publicarse por 2 veces en un período
de 10 en 10 días a n de que los posibles aspirantes
a la herencia, y en su caso los acreedores de la de
cujus, comparezcan a efecto de hacer valer sus
posibles derechos. A T E N T A M E N T E
León, Guanajuato julio 5 del 2023. LIC. JOSÉ
ANTONIO TORRES ÁLVAREZ TITULAR DE
LA NOTARIA PÚBLICA NÚMERO 78. FIRMA
ELECTRÓNICA.
150-159
11007 AVISO NOTARIAL
En cumplimiento del artículo 672 del Código
de Procedimientos Civiles para el Estado de
Guanajuato, doy a conocer que mediante Escritura
Pública número 18381 de esta fecha, tirada ante mi
fe, la señora NARDA JACOBA MANDUJANO SILVA
aceptó la herencia que constituyó a su favor la señora
BEDA SILVA SANDOVAL en el testamento público
abierto otorgado en escritura pública número 6138
del 12 de enero de 2017 ante la fe de la Licenciada
Guadalupe del Pilar Fuentes Cortéz, titular de la
notaría pública número 10 de esta ciudad. Reconoce
y acepta los derechos hereditarios constituidos en
su favor, así como acepta y protesta el el y legal
desempeño del cargo de albacea conferido por la
de cujus, manifestando que procederá a formar el
inventario y avalúo de los bienes que integran el
caudal hereditario. El presente publíquese 2 dos
veces de 10 en 10 días en el Periódico Ocial del
Gobierno del Estado.- DOY FE.-

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