Se Notifica Mediante Edictos al C. Gabriel García, Respecto al Predio la Candelaria y la Sucesión a Bienes del C. José María Pereyra, Respecto de la Finca Cerro Grande, Así como al Representante Legal de la Persona Moral Denominada Compañía de Tabacos San Andrés, S.a., y Toda Vez que Están Sujetos a Afectación de Tierras de las que Aparecen como Propietarios y que se Destinarían para Constituir el Poblado que se Denominaría la Candelaria, en el Municipio de Catemaco, Ver.

TRIBUNAL UNITARIO AGRARIO

Al margen un sello que dice: Estados Unidos Mexicanos. Tribunal Unitario Agrario, San Andrés Tuxtla, Ver.

Expediente número: 2/2011 T.S.A.

Despacho: 15/2011.

Poblado: La Candelaria. Municipio: Catemaco.

Estado: Veracruz.

Acción: Dotación de Tierras.

E D I C T O

Para su conocimiento general se hace saber que en el auto de fecha primero de octubre de 2012, se dictó un acuerdo que a la letra dice: Tal como se desprende de la razón actuarial del C. licenciado Abel Francisco Magaña actuario de este Tribunal Agrario y toda vez que se desconocen el domicilio de la sucesión a bienes de Gabriel García respecto al predio La Candelaria y la sucesión a bienes de José María Pereyra, respecto de la finca Cerro Grande, así como al representante legal de la persona moral denominada Compañía de Tabacos San Andrés, S.A., y toda vez que están sujetos a afectación de tierras de las que aparecen como propietarios y que se destinarían para constituir el poblado que se denominaría La Candelaria; en consecuencia; y para el efecto de no vulnerar sus garantías de audiencia y legalidad prevista en los artículos 14 y 16 constitucionales y de conformidad con el artículo 173 de la Ley Agraria notifique, mediante la publicación de edictos, para el efecto de requerir a las partes con los lineamientos del auto de fecha diez de agosto de dos mil once, para que señalen domicilio en el Distrito Federal, ciudad donde tiene su sede el Tribunal Superior Agrario, sito en avenida Orizaba número 16, colonia Roma, delegación Cuauhtémoc, México, Distrito Federal, C.P. 006700; con la salvedad que de no hacerlo, las subsecuentes notificaciones, aun las de carácter personal se harán por medio de rotulón que serán fijados en los estrados de este órgano jurisdiccional. Publíquese por dos veces consecutivas dentro de un plazo de diez días en uno de los diarios de mayor circulación en la región como es el periódico diario de Los Tuxtlas donde se ubica el inmueble materia de la controversia, así como en la Gaceta Oficial, órgano del Gobierno del Estado para que con fundamento en los artículos 298 y 306 de la derogada Ley Federal de Reforma Agraria, ordene su publicación por dos veces consecutivas en el mismo plazo de diez días; publíquese en las oficinas de la Presidencia Municipal de Catemaco, Veracruz; en los estrados de este tribunal y en los lugares más visibles del poblado La Candelaria,

EDICTOS Y ANUNCIOS

PODER JUDICIAL

JUZGADO 2º DE 1ª INSTANCIA.VERACRUZ,

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