Resolución del Consejo General del Instituto Federal Electoral, respecto de la pérdida de registro de la Agrupación Política Causa Ciudadana

Fecha de disposición21 Abril 2004
Fecha de publicación21 Abril 2004
SecciónPRIMERA. Organismos Autonomos

Resolución del Consejo General del Instituto Federal Electoral, respecto de la pérdida de registro de la Agrupación Política Causa Ciudadana. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Instituto Federal Electoral.- Consejo General.- CG43/2004. RESOLUCION DEL CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO FEDERAL ELECTORAL, RESPECTO DE LA PERDIDA DE REGISTRO DE LA AGRUPACION POLITICA CAUSA CIUDADANA. ANTECEDENTES I. Mediante resolución aprobada en sesión extraordinaria de fecha quince del mes de enero del año mil novecientos noventa y siete, el Consejo General del Instituto Federal Electoral, otorgó el registro como Agrupación Política Nacional a la asociación civil Causa Ciudadana , dicha resolución fue publicada en el Diario Oficial de la Federación con fecha treinta y uno del mes de enero del mismo año. II. Con fecha veintinueve del mes de marzo del año dos mil tres, la Agrupación Política Causa Ciudadana, celebró Asamblea Nacional Extraordinaria, en la que se acordó la disolución de la citada Agrupación Política Nacional. En virtud de los antecedentes descritos; y CONSIDERANDO 1. Que la Agrupación Política Causa Ciudadana se encuentra registrada como Agrupación Política Nacional en pleno goce de sus derechos y sujeta a las obligaciones que el Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales señala. 2. Que mediante oficio número CAF/O27/2003, de fecha veintitrés del mes de abril del año dos mil tres, dirigido al Secretario Técnico de la Comisión de Prerrogativas, Partidos Políticos y Radiodifusión, el licenciado Javier A. Escalera Leandro, liquidador de la Agrupación Política Causa Ciudadana, notificó los asuntos acordados en la Asamblea Nacional Extraordinaria de fecha veintinueve de marzo de dos mil tres y solicitó, entre otras cuestiones, gestionar ante el Consejo General del Instituto Federal Electoral la cancelación del registro como Agrupación Política Nacional a Causa Ciudadana. 3. Que conforme al artículo 24, fracción V de los estatutos que regulan la vida interna de la Agrupación Política Causa Ciudadana, la Asamblea Nacional se encuentra facultada para resolver sobre la disolución y liquidación de la Agrupación Política Nacional. 4. Que de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 22 de los estatutos de la Agrupación Política Causa Ciudadana, las asambleas nacionales se realizarán previa convocatoria, que será publicada en uno de los diarios de mayor circulación a nivel nacional, con una...

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