Decreto No. 418 Se Concede Pensión por Vejez al C. Miguel ángel Núñez y Mendoza Equivalente al 56.61% de Su Sueldo Correspondiente a La Categoría de 'jefe de Oficina A', Plaza de Confianza, Adscrito a La Dirección de Proyectos, Dependiente de La Secretaría de Desarrollo Urbano

DEL GOBIERNO DEL ESTADOPODER LEGISLATIVODECRETO No. 418

SE CONCEDE PENSIÓN POR VEJEZ AL C. MIGUEL ÁNGEL NÚÑEZ Y MENDOZA EQUIVALENTE AL 56.61% DE SU SUELDO CORRESPONDIENTE A LA CATEGORÍA DE "JEFE DE OFICINA A", PLAZA DE CONFIANZA, ADSCRITO A LA DIRECCIÓN DE PROYECTOS, DEPENDIENTE DE LA SECRETARÍA DE DESARROLLO URBANO.

LIC. JESÚS SILVERIO CAVAZOS CEBALLOS, Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Colima, a sus habitantes sabed:

Que el H. Congreso del Estado me ha dirigido para su publicación el siguiente D E C R E T OEL HONORABLE CONGRESO CONSTITUCIONAL DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE COLIMA, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIEREN LOS ARTÍCULOS 33, FRACCIÓN XL Y 39 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE COLIMA, EN NOMBRE DEL PUEBLO, YC O N S I D E R A N D O:

PRIMERO.-

Que mediante oficio número DGG-714/06 de fecha 31 de agosto del presente año, se turnó por conducto de la Directora General de Gobierno, la iniciativa suscrita por los CC. Jesús Silverio Cavazos Ceballos y Juan José Sevilla Solórzano, Gobernador Constitucional del Estado y Secretario General de Gobierno, respectivamente, para otorgar pensión por vejez a favor del C. Miguel Ángel Núñez y Mendoza.

SEGUNDO.-

Que el Director de Recursos Humanos, mediante oficio número DRH/0905/2006, de fecha 4 de agosto del año en curso, solicitó al Ejecutivo Estatal, el seguimiento del trámite para autorizar la pensión por vejez a favor del trabajador mencionado en el Considerando anterior.

TERCERO.-

Que el citado trabajador se encuentra actualmente adscrito a la Dirección de Proyectos, dependiente de la Secretaría de Desarrollo Urbano, con la categoría de "JEFE DE OFICINA A", plaza de confianza y cuenta a la fecha con una antigüedad de 17 años de servicio activo, de acuerdo con la constancia expedida con fecha 13 de julio de 2006, por el Director de Recursos Humanos de la Secretaría de Administración del Gobierno del Estado.

CUARTO.-

Que el C. Miguel Ángel Núñez y Mendoza, nació el día 02 de octubre de 1921, contando a la fecha con 84 años de edad, según consta en la certificación del acta de nacimiento No. 364, expedida por el Oficial No. 01 del Registro Civil de Colima, Colima, de fecha 26 de diciembre de 1991.

QUINTO.-

Que de conformidad con lo anterior es procedente otorgar pensión por vejez al C. Miguel Ángel Núñez y Mendoza equivalente al 56.61% de su sueldo correspondiente a la...

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