Penan encubrir a pederastas

AutorClaudia Salazar

La Cámara de Diputados aprobó reformas al Código Penal Federal para que el servidor público que encubra a un pederasta sea destituido o inhabilitado.

Con la adhesión del artículo 209 Bis 1, los funcionarios podrían ser imposibilitados para desempeñar cualquier cargo hasta por la mitad del tiempo de la pena impuesta al autor del delito, que va de nueve a 18 años de prisión, de acuerdo con la ley vigente.

El documento señala que encubrir este delito atenta en contra del propio servicio público y de los derechos de la niñez, al trasgredir su sano esparcimiento.

Por dichos motivos, consideraron los legisladores, los implicados no podrán volver a formar parte de las actividades formales del Estado.

El diputado Rubén Cayetano García (Morena), secretario de la Comisión de Justicia, señaló que la gravedad de este delito se explica por dos condiciones: "la primera, que implica la ejecución de un acto sexual sobre una persona menor de 18 años; la segunda, que la ejecución se condiciona por la existencia de una relación de confianza".

Asimismo, refirió que las consecuencias que el delito tiene sobre la víctima son tales que es preciso establecer la imprescriptibilidad de la sanción.

EL DELITO

Estas reformas también contemplan que el delito de pederastia no prescriba, al añadir en el artículo 205 Bis que las sanciones correspondientes no pierdan vigencia, como sucede actualmente.

De acuerdo con la ley, serán castigados quienes se aprovechen de la confianza, subordinación o superioridad que tiene sobre un menor de 18 años, derivada de su parentesco en cualquier grado, tutela, curatela, guarda o custodia, relación docente, religiosa, laboral, médica, cultural, doméstica o de cualquier índole y ejecute, obligue, induzca o convenza a ejecutar cualquier acto sexual, con o sin su consentimiento.

La misma pena se aplicará a quien cometa la conducta descrita del párrafo anterior, en contra de la persona que no tenga la capacidad de comprender el significado del hecho o para resistirlo.

Si el agente hace uso de violencia física, el castigo aumentará en una mitad más.

El autor de este delito podrá ser sujeto a tratamiento médico integral el tiempo que se requiera, mismo que no podrá exceder el periodo que dure la pena de cárcel impuesta.

Cuando el delito sea cometido por un servidor público o profesionista en ejercicio de sus funciones, además de...

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