Acuerdo de la Junta General Ejecutiva del Instituto Federal Electoral por el que se aprueban los modelos de pauta para la transmisión en radio y televisión de los mensajes de las campañas institucionales de las autoridades electorales federal y locales, durante los periodos de intercampaña, campaña y periodo de reflexión dentro del Proceso Electoral Ordinario 2010 que se llevará a cabo en el Estado de Yucatán

Fecha de disposición03 Febrero 2010
Fecha de publicación03 Febrero 2010
MateriaDerecho Constitucional
SecciónPRIMERA. Organismos Autonomos

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Instituto Federal Electoral.- Junta General Ejecutiva.- JGE113/2009. ACUERDO DE LA JUNTA GENERAL EJECUTIVA DEL INSTITUTO FEDERAL ELECTORAL POR EL QUE SE APRUEBAN LOS MODELOS DE PAUTA PARA LA TRANSMISION EN RADIO Y TELEVISION DE LOS MENSAJES DE LAS CAMPAÑAS INSTITUCIONALES DE LAS AUTORIDADES ELECTORALES FEDERAL Y LOCALES, DURANTE LOS PERIODOS DE INTERCAMPAÑA, CAMPAÑA y PERIODO DE REFLEXION DENTRO DEL PROCESO ELECTORAL ORDINARIO 2010 QUE SE LLEVARA A CABO EN EL ESTADO DE YUCATAN.

Antecedentes

  1. El trece de noviembre de dos mil siete se publicó en el Diario Oficial de la Federación el "Decreto que reforma los artículos 6, 41, 85, 99, 108, 116 y 122; adiciona el artículo 134 y deroga un párrafo al artículo 97 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos", el cual entró en vigor al día siguiente al de su publicación en términos de su artículo primero transitorio.

  2. El catorce de enero de dos mil ocho fue publicado en el Diario Oficial de la Federación el "Decreto por el que se expide el Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales", el cual entró en vigor al día siguiente al de su publicación, de acuerdo con su artículo primero transitorio.

  3. En sesión extraordinaria celebrada el ocho de julio de dos mil ocho, con conocimiento de la opinión previa del Comité de Radio y Televisión, la Junta General Ejecutiva aprobó el "Acuerdo [...] por el que se propone al Consejo General la expedición del Reglamento de Acceso a Radio y Televisión en Materia Electoral", identificado con la clave JGE62/2008.

  4. En sesión extraordinaria de fecha diez de julio de dos mil ocho, el Consejo General del Instituto Federal Electoral aprobó el "Acuerdo [...] por el que se expide el Reglamento de Acceso a Radio y Televisión en Materia Electoral", identificado con la clave número CG327/2008, mismo que fue publicado en el Diario Oficial de la Federación el once de agosto del mismo año y entró en vigor al día siguiente, de conformidad con su artículo primero transitorio.

  5. El tres de julio de dos mil nueve se publicó en el Diario Oficial del Gobierno del Estado de Yucatán el Decreto 209 que reforma, deroga y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales del Estado de Yucatán.

  6. Mediante oficio número DEPPP/STCRT/11584/2009 de fecha primero de septiembre de dos mil nueve, el Director Ejecutivo de Prerrogativas y Partidos Políticos y Secretario Técnico del Comité de Radio y Televisión del Instituto Federal Electoral solicitó al Consejero Presidente del Instituto de Procedimientos Electorales y de Participación Ciudadana del Estado de Yucatán, lo siguiente:

    [...]

    Para que esta autoridad federal esté en posibilidad de llevar a cabo las gestiones necesarias para garantizar el acceso de los partidos políticos a la radio y a la televisión en el proceso electoral local que se lleva a cabo en su entidad, el instituto electoral estatal que preside deberá remitir a esta Dirección Ejecutiva la siguiente información a más tardar el próximo 11 de septiembre:

    a. El calendario del proceso local, en el que precise los periodos de precampañas, campañas, suspensión de propaganda electoral y de partidos políticos (periodo de reflexión);

    b. El periodo de acceso conjunto a radio y televisión con motivo de las precampañas electorales locales;

    c. El periodo de acceso conjunto a radio y televisión con motivo de las campañas electorales locales;

    d. El listado actualizado de los partidos políticos con registro local, con el propósito de atender lo dispuesto en el artículo 41, base III, apartado B, inciso c) de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos;

    e. Los porcentajes de votación obtenidos por cada uno de los partidos políticos en la elección inmediata anterior de diputados, así como de los votos nulos y de candidatos no registrados;

    f. De existir partidos locales, el logotipo o emblema que ostentan (en archivo electrónico .jpg);

    g. Plazos para el registro de coaliciones; y

    h. Cualquier otra información relevante que pudiese afectar la asignación de tiempos en radio y televisión para los partidos políticos y la autoridad electoral a su cargo durante los procesos electorales.

    [...]

  7. A través del oficio C.G./S.E./374/2009 de fecha treinta de septiembre del año en curso, el Consejero Presidente del Instituto de procedimientos Electorales y de Participación Ciudadana del Estado de Yucatán dio respuesta a lo solicitado en el oficio referido en el antecedente anterior en los siguientes términos

    "[...]

    1. Los periodos de campaña, de conformidad con la fracción II del artículo 188-A de la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales del Estado de Yucatán, iniciarán la cuarta semana del mes de enero de 2010, para lo cual el Consejo General sesionará en su momento para fijar el día exacto del inicio de las precampañas, mismas que no podrán durar más de 40 de días.

    2. El inicio de las precampañas, será a partir de la fecha de registro de los candidatos, registro que podrá llevarse a cabo del 1 al 15 del marzo de 2010, de lo que se desprende que el inicio de las campañas podría darse del día 1 del mes y año citados.

    3. Con respecto a la suspensión de propaganda electoral y de partidos políticos (periodo de reflexión), son tres días antes de la elección, esto es, que los candidatos y los partidos políticos tienen como fecha para hacer campaña, hasta el día 12 de mayo de 2010.

    Por lo que se refiere al periodo de acceso conjunto a radio y televisión con motivo de las precampañas y campañas electorales, le informo que dichos periodos se desprenden de los incisos anteriores, con motivo de los plazos de inicio y término de las precampañas y las campañas.

    [...]"

  8. Mediante oficio DEPPP/STCRT/12097/2009 de fecha ocho de octubre de dos mil nueve se solicitó al Instituto de Procedimientos Electorales y de Participación Ciudadana del Estado de Yucatán que remitiera la información relativa a la asignación y distribución de tiempos en radio y televisión de partidos políticos y autoridades electorales, con un periodo de sesenta días naturales de anticipación al inicio de las precampañas.

  9. El doce de octubre de dos mil nueve, la Titular de la Fiscalía Especializada para la Atención de Delitos Electorales solicitó al Secretario Ejecutivo del Instituto Federal Electoral la asignación de tiempos en radio y televisión durante los procesos electorales que se llevarán a cabo durante el dos mil diez en diversas entidades federativas, entre ellas, el estado de Yucatán.

  10. A través del oficio C.G./S.E./424/2009, de fecha veinte de octubre de dos mil nueve, el Consejero Presidente del Instituto de Procedimientos Electorales y de Participación Ciudadana del Estado de Yucatán dio contestación al oficio DEPPP/STCRT/12097/2009 y señaló que, de conformidad con la legislación de la materia en el estado de Yucatán y atendiendo a las necesidades del proceso electoral ordinario 2009-2010, solicitaba que la información necesaria para la asignación y distribución de tiempos en radio y televisión de partidos políticos pudiere ser remitida en un plazo de cincuenta días naturales previo al inicio de las precampañas.

  11. En la novena sesión ordinara celebrada el veintiséis de octubre de este año, el Comité de Radio y Televisión del Instituto Federal Electoral emitió el "Acuerdo [...] por el que se aprueban los catálogos de estaciones de radio y canales de televisión que participarán en la cobertura de los procesos electorales locales con jornada comicial durante el año 2010, para dar cumplimiento al artículo 62, párrafo 5 del código federal de instituciones y procedimientos electorales", identificado con la clave ACRT/067/2009.

  12. Mediante oficio DEPPP/STCRT/12314/2009 de fecha veintiocho de octubre de dos mil nueve se solicitó al Consejero Presidente del Instituto de Procedimientos Electorales y de Participación Ciudadana del Estado de Yucatán, lo siguiente:

    [...]

    PRIMERO. Presente su solicitud de tiempos para el periodo comprendido entre el inicio de la precampaña local y hasta el día de la jornada electoral, tomando en consideración los tiempos disponibles al efecto, a más tardar el día 16 de noviembre del año en curso.

    SEGUNDO. Acompañe a su solicitud los materiales que debieran transmitirse en los tiempos que en su momento le sean asignados [...]

  13. Mediante oficio DEPPP/STCRT/12327/2009 de fecha veintiocho de octubre de dos mil nueve se solicitó al Magistrado Presidente del Tribunal Electoral del Estado de Yucatán, lo siguiente:

    "[...]

    PRIMERO. Presente su solicitud de tiempos para el periodo comprendido entre el inicio de la precampaña local y hasta el día de la jornada electoral, tomando en consideración los tiempos disponibles al efecto, a más tardar el día 16 de noviembre del año en curso.

    SEGUNDO. Acompañe a su solicitud los materiales que debieran transmitirse en los tiempos que en su momento le sean asignados [...]"

  14. Mediante oficio C.G./S.E./444/2009 de fecha veintinueve de octubre de dos mil nueve, recibido en la Dirección Ejecutiva de Prerrogativas y Partidos Políticos y Secretaria Técnica del Comité de Radio y Televisión, el Consejero Presidente del Instituto de Procedimientos Electorales y de Participación Ciudadana del Estado de Yucatán envió copia certificada de los acuerdos C.G.-35/2009 y C.G.-36/2009 aprobados por el Consejo General del Instituto de Procedimientos Electorales y de Participación Ciudadana del Estado de Yucatán, en los cuales se refiere al periodo para que los partidos inscritos y registrados lleven a cabo sus actividades relativas a los procesos internos de selección de candidatos y precampañas, así como a la aprobación de la propuesta de distribución de tiempos y pauta para la transmisión en radio y televisión de los mensajes de los partidos políticos, dentro del periodo de precampañas locales.

  15. En sesión ordinaria del Consejo General del Instituto Federal Electoral celebrada el...

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