Decreto por el que se modifican los diversos por los que se establece la Tasa aplicable a partir del 1 de julio de 2007 del Impuesto General de Importación para las mercancías originarias de la República de Nicaragua, y la tasa aplicable para el 2008 del Impuesto General de Importación para las mercancías originarias de El Salvador, Guatemala y Honduras

Fecha de disposición14 Agosto 2008
Fecha de publicación14 Agosto 2008
EmisorSECRETARIA DE ECONOMIA
SecciónPRIMERA. Poder Ejecutivo

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia de la República. FELIPE DE JESÚS CALDERÓN HINOJOSA, Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, en ejercicio de la facultad que me confiere el artículo 89, fracción I de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, con fundamento en los artículos 131 de la propia Constitución; 31 y 34 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 2o., 4o., fracción I y 14 de la Ley de Comercio Exterior, y

CONSIDERANDO

Que el Tratado de Libre Comercio entre el Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos y el Gobierno de la República de Nicaragua fue aprobado por el Senado de la República el 30 de abril de 1998, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 1 de julio de 1998 y entró en vigor ese mismo día;

Que el 30 de mayo de 2007 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Decreto por el que se aprueba el Protocolo por el que se adicionan disposiciones en materia de acumulación textil al Tratado de Libre Comercio entre los Estados Unidos Mexicanos y la República de Nicaragua, suscrito en la Ciudad de Managua, el dieciocho de diciembre de mil novecientos noventa y siete, firmado el doce de abril de dos mil siete, el cual fue aprobado por el Senado de la República el 26 de abril de 2007;

Que el 30 de junio de 2007 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Decreto por el que se establece la Tasa aplicable a partir del 1 de julio de 2007 del Impuesto General de Importación para las mercancías originarias de la República de Nicaragua;

Que el Tratado de Libre Comercio entre los Estados Unidos Mexicanos y las Repúblicas de El Salvador, Guatemala y Honduras fue aprobado por el Senado de la República el 14 de diciembre de 2000, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 14 de marzo de 2001 y entró en vigor el 15 de marzo de 2001 para el comercio entre los Estados Unidos Mexicanos y las Repúblicas de El Salvador y Guatemala, y el 1 de junio de 2001 para el comercio entre los Estados Unidos Mexicanos y la República de Honduras;

Que el 19 de junio de 2007 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Decreto por el que se aprueba el Protocolo por el que se Adicionan Disposiciones en Materia de Acumulación Textil al Tratado de Libre Comercio entre los Estados Unidos Mexicanos y las Repúblicas de El Salvador, Guatemala y...

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