Aviso por el cual se da a conocer la Convocatoria dirigida a la Ciudadanía del Distrito Federal, para participar en la Consulta sobre Presupuesto Participativo 2015 que se realizará en noviembre de 2014 en las Colonias y Pueblos Originarios en que se divide el Territorio del Distrito Federal

INSTITUTO ELECTORAL DEL DISTRITO FEDERAL

LIC. BERNARDO VALLE MONROY, SECRETARIO EJECUTIVO DEL CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO ELECTORAL DEL DISTRITO FEDERAL, comunico que el Consejo General del Instituto Electoral del Distrito Federal, de conformidad con los artículos 41, fracción V, Apartado C, numeral 9 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 104, numeral 1, inciso ñ) de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales; 12, fracción XIII y XIV; 21 y 22 del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal; 1, fracciones I, VII y VIII; 3, párrafo tercero; 9, fracciones IV y VI; 10, primer párrafo; 20, fracciones V, VII y IX, párrafo tercero, inciso o), párrafo quinto inciso b); 21, fracciones I, III y VI; 25, primer párrafo; 35, fracción II, inciso d), primer párrafo; 280 y 281 del Código de Instituciones y Procedimientos Electorales del Distrito Federal; 4, fracción IV; 14; 83; 84; 199; 200; 201; 202; 203 y 204 de la Ley de Participación Ciudadana del Distrito Federal, emito el siguiente:

AVISO POR EL CUAL SE DA A CONOCER LA CONVOCATORIA DIRIGIDA A LA CIUDADANÍA DEL DISTRITO FEDERAL, PARA PARTICIPAR EN LA CONSULTA SOBRE PRESUPUESTO PARTICIPATIVO 2015 QUE SE REALIZARÁ EN NOVIEMBRE DE 2014 EN LAS COLONIAS Y PUEBLOS ORIGINARIOS EN QUE SE DIVIDE EL TERRITORIO DEL DISTRITO FEDERAL.

C O N V O C A

A la ciudadanía del Distrito Federal a participar, por Internet, sea a través de la vía remota del 3 al 6 de noviembre; en los Módulos de Opinión (Módulos), los días 5 y 6 de noviembre o, el 9 de noviembre, a través de las Mesas Receptoras de Opinión (Mesas), en la Consulta Ciudadana sobre presupuesto participativo 2015 (Consulta Ciudadana), en la que serán definidos los proyectos específicos de las colonias y pueblos originarios (pueblos) en los que se divide el territorio del Distrito Federal, conforme a las siguientes:

B A S E S

PRIMERA. DISPOSICIONES GENERALES

1. El presupuesto participativo para el año 2015 representará el 3% del presupuesto asignado a cada Delegación para ese ejercicio fiscal, el cual se distribuirá de manera igualitaria entre las colonias y pueblos que la conforman, a efecto de que se utilicen en los proyectos específicos que sean decididos por la opinión mayoritaria de la ciudadanía de cada colonia o pueblo en la Consulta Ciudadana.

2. La organización de la Consulta Ciudadana estará a cargo del Instituto Electoral del Distrito Federal (Instituto Electoral).

3. El Jefe de Gobierno, la Asamblea Legislativa del Distrito Federal y los Jefes Delegacionales, en sus respectivos ámbitos de competencia, coadyuvarán facilitando los espacios públicos necesarios en los que habrán de instalarse los Módulos y las Mesas; asimismo, brindarán los apoyos necesarios para la logística y difusión de la Consulta Ciudadana.

4. La ciudadanía del Distrito Federal podrá participar conforme a lo siguiente:

  1. Mediante la presentación de proyectos específicos que considere prioritarios para el mejoramiento de su colonia o pueblo, a fin de que sean remitidos para su validación a las jefaturas delegacionales, según corresponda y, en caso de obtener el visto bueno sean considerados como una de las alternativas entre las cuales podrán decidir;

  2. A través de la emisión de su opinión para decidir por mayoría el proyecto específico en el que habrá de aplicarse el presupuesto participativo de su respectiva colonia o pueblo. Los ciudadanos que emitan su opinión deberán contar con su credencial para votar con fotografía vigente, y

  3. Como observadores en las Mesas y Módulos, conforme a las disposiciones que para tal efecto emita el Instituto Electoral a través de la Comisión de Participación Ciudadana (Comisión de Participación).

    5. Para la determinación de las colonias y pueblos se tomarán como base los ajustes al Catálogo de Colonias y Pueblos Originarios 2013 del Marco Geográfico de Participación Ciudadana 2013 (Catálogo), aprobados por el Consejo General mediante Acuerdo ACU-33-14, emitido el 14 de agosto de 2014, mismo que puede consultarse en la página de Internet: www.iedf.org.mx, a partir de la publicación de la presente Convocatoria, así como en las 40 Direcciones Distritales y en las oficinas centrales del Instituto Electoral, en un horario de 9:00 a 17:00 horas, de lunes a viernes.

    6. La emisión y recepción de opiniones de la Consulta Ciudadana, garantizará la universalidad, secrecía y libertad para ejercer el derecho de los ciudadanos a través de las modalidades siguientes:

  4. El Sistema Informático por Internet, mediante los mecanismos siguientes:

    1) Vía remota, desde cualquier computadora o dispositivo análogo con acceso a Internet, y

    2) Directamente en los Módulos que serán instalados en lugares de fácil y libre acceso para la ciudadanía, cuya ubicación se difundirá en la página de Internet del Instituto Electoral, conforme a las fechas y horarios establecidos en la Base Cuarta de la presente Convocatoria.

  5. Las Mesas Receptoras de Opinión, en las que utilizarán papeletas para la emisión de la opinión y se instalarán en espacios públicos de fácil y libre acceso de cada colonia o pueblo, en la fecha y horario indicados en la Base Cuarta de la presente Convocatoria.

    7. El proyecto específico que de acuerdo con los resultados de la Consulta Ciudadana se decida realizar en cada colonia o pueblo, será ejecutado por la Jefatura Delegacional correspondiente, siempre y cuando no contravengan alguna disposición jurídica. Asimismo, estarán sujetos, en todo momento, al monto de los recursos que en materia de presupuesto participativo se determine en el Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal para el ejercicio fiscal 2015.

    8. Corresponderá a los Consejos Ciudadanos Delegacionales, en su respectivo ámbito territorial, determinar los proyectos específicos en los que serán aplicados los recursos del presupuesto participativo, en los términos que para tal efecto establezca la Asamblea Legislativa del Distrito Federal en el Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal para el ejercicio fiscal 2015, en las colonias o pueblos donde se presente alguno de los supuestos siguientes:

  6. Por cualquier motivo no se haya celebrado la Consulta Ciudadana;

  7. Habiéndose celebrado, únicamente se presente un proyecto específico y éste no obtenga opinión alguna a su favor;

  8. Se hayan presentado varios proyectos específicos, pero ninguno hubiese recibido opinión alguna a su favor, o

  9. Se presentara empate en primer lugar entre dos o más proyectos.

    SEGUNDA. DE LOS PROYECTOS ESPECÍFICOS QUE PODRÁN SER OPINADOS

    1. Los proyectos específicos que defina la ciudadanía para la aplicación del presupuesto participativo deberán corresponder a alguno de los siguientes:

    Rubros generales

  10. Obras y servicios.

  11. Equipamiento.

  12. Infraestructura urbana.

  13. Prevención del delito.

  14. Los que promuevan actividades recreativas, deportivas y culturales.

    2. Los habitantes y ciudadanos de las colonias y pueblos, así como los integrantes de los órganos de representación ciudadana interesados podrán presentar el o los proyectos específicos que consideren prioritarios para su colonia o pueblo, únicamente ante la Dirección Distrital del Instituto Electoral que corresponda a su ámbito territorial y cuyos domicilios son:

    DISTRITO DOMICILIO DISTRITO DOMICILIO

    I 1a Privada de Venustiano...

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