Acuerdo General 35/2010 del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que reforma los artículos 4, párrafos primero y penúltimo, 13, fracción I, y 15, párrafo segundo, del diverso Acuerdo General 28/2005, del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que regula el Plan de Pensiones Complementarias de Magistrados de Circuito y Jueces de Distrito

Fecha de Resolución30 de Noviembre de 2010
EmisorPrimera Seccion

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Consejo de la Judicatura Federal.- Secretaría Ejecutiva del Pleno y de la Presidencia. ACUERDO GENERAL 35/2010, DEL PLENO DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL, QUE REFORMA LOS ARTICULOS 4, PARRAFOS PRIMERO Y PENULTIMO, 13, FRACCION I, Y 15, PARRAFO SEGUNDO, DEL DIVERSO ACUERDO GENERAL 28/2005, DEL PLENO DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL, QUE REGULA EL PLAN DE PENSIONES COMPLEMENTARIAS DE MAGISTRADOS DE CIRCUITO Y JUECES DE DISTRITO.

CONSIDERANDO

PRIMERO

Por decretos publicados en el Diario Oficial de la Federación el treinta y uno de diciembre de mil novecientos noventa y cuatro, el veintidós de agosto de mil novecientos noventa y seis, y el once de junio de mil novecientos noventa y nueve, se reformaron, entre otros, los artículos 94, 99 y 100 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, modificando la estructura y competencia del Poder Judicial de la Federación;

SEGUNDO

En términos de lo dispuesto por los artículos 94, párrafo segundo; 100, párrafos primero y octavo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 68 y 81, fracción II, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación; el Consejo de la Judicatura Federal es el órgano encargado de la administración, vigilancia, disciplina y carrera judicial de los Tribunales de Circuito y Juzgados de Distrito, con independencia técnica, de gestión y para emitir sus resoluciones; además, está facultado para expedir acuerdos generales que permitan el adecuado ejercicio de sus funciones.

En consecuencia, con fundamento en los artículos constitucionales y legales invocados, el Pleno del Consejo de la Judicatura Federal expide el siguiente

ACUERDO

UNICO.- Se reforman los artículos 4, párrafos primero y penúltimo, 13, fracción I, y 15, párrafo segundo, del Acuerdo General 28/2005, del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que R. el Plan de Pensiones Complementarias de Magistrados de Circuito y Jueces de Distrito, para quedar como sigue:

Artículo 4.- La pensión total por jubilación que reciban los beneficiarios a que se refiere la fracción I del artículo anterior, ya sea por retiro forzoso o anticipado, podrá alcanzar hasta un 80% del sueldo pensionable, sin que en ningún caso la pensión complementaria sea menor al 25% del salario neto que perciban Jueces de Distrito o Magistrados de Circuito en activo, y se integrará...

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