Decreto por el que se reforma el párrafo segundo de la fracción II y se adicionan los párrafos tercero y cuarto al artículo 114 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación
Fecha de disposición | 26 Mayo 2011 |
Fecha de publicación | 26 Mayo 2011 |
Materia | Derecho Fiscal |
Emisor | SECRETARIA DE GOBERNACION |
Sección | PRIMERA. Poder Ejecutivo |
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia de la República. FELIPE DE JESÚS CALDERÓN HINOJOSA, Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, a sus habitantes sabed:
Que el Honorable Congreso de la Unión, se ha servido dirigirme el siguiente
DECRETO
EL CONGRESO GENERAL DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, DECRETA:
SE REFORMA EL PÁRRAFO SEGUNDO DE LA FRACCIÓN II Y SE ADICIONAN LOS PÁRRAFOS TERCERO Y CUARTO AL ARTÍCULO 114 DE LA LEY ORGÁNICA DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN.
Artículo Único.-
Se reforma el párrafo segundo de la fracción II y se adicionan los párrafos tercero y cuarto al artículo 114 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, para quedar como sigue:
Artículo 114.-
Los concursos de oposición libre e internos de oposición para el ingreso a las categorías de magistrado de circuito y juez de distrito se sujetarán al siguiente procedimiento:
I. ...
...
II. Los aspirantes inscritos deberán resolver por escrito un cuestionario cuyo contenido versará sobre materias que se relacionen con la función de la plaza para la que se concursa.
De entre el número total de aspirantes tendrán derecho a pasar a la siguiente etapa quienes hayan obtenido las más altas calificaciones, asegurando que el número de los seleccionados sea mayor al de las plazas vacantes.
El Consejo de la Judicatura Federal, deberá establecer en la convocatoria respectiva, de manera clara y precisa, los parámetros para definir las más altas calificaciones y el mínimo aprobatorio para esta etapa dentro del concurso de oposición.
En caso de empate, se resolverá con criterio de acción afirmativa de equidad.
III. y IV. ...
TRANSITORIO
Único.- El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
México, D.F., a 24 de febrero de 2011.- Dip. Jorge Carlos Ramirez Marin...
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