Poder Ejecutivo del estado de Nuevo León Decreto Nùm. 321. por el que se Reforman los Artículos 99 Segundo Párrafo; el Artículo 277; la Fracción Ii del Artículo 282; 323 Bis; el Primer Párrafo del Artículo 414 Bis; el Segundo Párrafo del Artículo 415 Bis; Fracción Iii del Artículo 444; y se Adicionan el Artículo 323 Bis 1; al Título Sexto Denominado “Del Parentesco y de los Alimentos”, un Capítulo Cuarto Denominado “De las Órdenes de Protección”, el cual Contiene los Artículos 323 Bis 2; 323 Bis 3; 323 Bis 4; 323 Bis 5; 323 Bis 6 y 323 Bis 7, todos del Código Civil para el estado de Nuevo León. se Reforman los Artículos, 108 Incisos E) y F) de la Fracción I, Fracción Iii; Fracciones I y Ii del Artículo 111; y Primer Párrafo del Artículo 287 Bis; y se Adicionan un Inciso G) en la Fracción I y de un Quinto y Sexto Párrafo a la Fracción Ii del Artículo 108; la Fracción Iii al Artículo 111 y de un Cuarto Párrafo al Artículo 287 Bis del Código Penal para el estado de Nuevo León. se Reforman los Artículos 22 ...

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