Plan Parcial de Desarrollo Urbano para la Delegación Felipe Carrillo Puerto, Versión Abreviada.

Pág. 2268 PERIÓDICO OFICIAL 1 de abril de 2008
GOBIERNO MUNICIPAL
Plan Parcial de Desarrollo Urbano
para la Delegación Felipe Carrillo Puerto
VERSIÓN ABREVIADA
DICIEMBRE DE 2007
1 de abril de 2008 LA SOMBRA DE ARTEAGA Pág. 2269
1. ANTECEDENTES
1.1 Introducción
La Modificación del Plan Parcial de Desarrollo Urbano para la Delegación Felipe Carrillo Puerto (PPDUDFCP)
surge como respuesta a la necesidad de establecer los planteamientos técnicos y jurídicos, para organizar y
prever el crecimiento del territorio delegacional integrándose con su entorno, resolviendo y mitigando los efectos
negativos del crecimiento urbano desordenado, el cual se manifiestan en la carencia o insuficiencia de la
infraestructura instalada, como lo son las redes de agua potable, drenaje sanitario, alcantarillado público,
vialidad, electricidad y alumbrado público; de los servicios urbanos tales como el transporte público y la
recolección de basura, los elementos de equipamiento urbano especialmente los relativos a los sistemas de
salud, educación, recreación y deporte; el deterioro de la imagen urbana y del medio ambiente, así como el uso
inadecuado del suelo tanto por los particulares como por las autoridades encargadas de su administración.
1.2 Fundamentación Jurídica
A fin de satisfacer los objetivos del proyecto global de gobierno, y la visión de revertir el crecimiento horizontal
de la ciudad, reorientando sus zonas urbanas y rurales hacia un desarrollo sustentable, estableciendo medidas
para optimizar el uso de suelo, definir las estrategias para controlar y evitar su crecimiento desarticulado e
irregular, evitando con ello las derramas innecesarias de infraestructura y recursos públicos, y repercusión al
medio ambiente; es por ello que se hace necesaria la modificación del Plan Parcial de Desarrollo Urbano para la
Delegación Felipe Carrillo Puerto (PPDUDFCP), misma que se realiza a partir de una evaluación exhaustiva,
desde el punto de vista de su aplicación, recolección e incorporación de la información urbana y social,
estableciendo lineamientos necesarios para cumplir y hacer cumplir la visión integral de un adecuado
ordenamiento territorial urbano-ambiental.
Así, el PPDUDFCP en su nueva versión, constituye un instrumento indispensable para orientar el desarrollo
urbano y el ordenamiento territorial, como expresión de la voluntad de la ciudadanía para la aplicación
transparente de los recursos públicos disponibles, en un marco de acción coordinada entre las distintas
instancias a quienes corresponde operarlo y todos los agentes interesados en mejorar la capacidad productiva y
ambiental de la Delegación Felipe Carrillo Puerto en el contexto urbano del Municipio de Querétaro.
Todo ello, respetando el marco jurídico aplicable en la materia del que se sustenta para la presente reforma, y
que radica en artículos 25, 26, 27 y 115 fracciones I, II, III y V de la Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos; artículos 1°, 3°, 4°, 5° fracción II, 6, 9º, 12, 15, 16, 17, 19, 27, 31, 34, 35 y 40 de la Ley General de
Asentamientos Humanos; artículos 1°, 2°, 3°, 4°, 5°, 8°, 9°, 10, 11, 12, 13, 14, 14 Bis, 15, 16, 17, 18, 19 a 20 Bis
a 20 Bis 7, 21, 22 Bis y 23 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y de Protección al Ambiente; artículos 2º,
63, 64, 65, 66, 73 y 87 de la Ley Agraria; artículos 1, 44, 45, 46 y 47 de la Ley de Aguas Nacionales; artículo 22
de la Ley de Planeación para el Estado de Querétaro, artículos 1, 6º, 7º, 8º, 9º, 10º, 11, 13, 28, 29, 30, 31, 32
del Código Urbano para el Estado de Querétaro; artículos 3º, 5º fracciones V y X, 6º fracción II, 7º, 25, 27 y 32
de la Ley Estatal del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente; artículo 24 de la Ley Orgánica de la
Administración Pública Estatal; artículos 116, 117, 118, 119, 120, 121, 122, 123, 124, 125, 126, 127 y 128 de la
Ley para la Organización y Administrativa del Municipio Libre del Estado de Querétaro; 73 del Código Municipal
de Querétaro; de igual manera, sirve de sustento por el contenido del Plan Nacional de Desarrollo 2001-2006, el
Programa Nacional de Desarrollo Urbano y Ordenación del Territorio 2001-2006, la Declaratoria que constituye
la Zona Conurbada de la Ciudad de Querétaro, el Plan Estatal de Desarrollo Urbano 2006, y Programas
Sectoriales en el Estado de Querétaro.
1.3 Contexto local de la Delegación Felipe Carrillo Puerto
El área de estudio que corresponde a la delegación municipal Felipe Carrillo Puerto se localiza al oeste de la
zona urbana de la ciudad de Querétaro, entre las coordenadas geográficas 20° 45’ a 20° 34’50” de latitud norte
y 100° 24' a 100° 36' de longitud oeste y abarca una superficie de 147.74 km2. (14,774 has.) que representa el
20.16% % de la superficie total del Municipio, ésta zona ocupa parte de la zona la zona poniente del área
urbana. y colinda al norte con la delegación Santa rosa Jáuregui y el Estado de Guanajuato, al sur con la
delegación Josefa Vergara y Hernández al oriente con la delegaciones Félix Osores, Centro histórico y Santa
Rosa Jáuregui y al poniente con el Estado de Guanajuato.

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