Parámetro de regularidad constitucional: diez años de la reforma constitucional en derechos humanos. Implicaciones teóricas y limitaciones prácticas

AutorArmando Ramón Mata Miranda
CargoMaestro en Justicia Constitucional por la División de Derecho, Política y Gobierno de la Universidad de Guanajuato y doctorando en el programa del Doctorado Interinstitucional en Derechos Humanos por la misma Institución.
Páginas39-77
Ciencia Jurídica, Vol. 12, Núm. 23, enero-junio 2023, pp. 39-77
Fecha de aceptación: 17 enero 2023
Fecha de recepción: 27 julio 2021
PARÁMETRO DE REGULARIDAD CONSTITUCIONAL:
DIEZ AÑOS DE LA REFORMA CONSTITUCIONAL EN
DERECHOS HUMANOS. IMPLICACIONES TEÓRICAS Y
LIMITACIONES PRÁCTICAS
Parameter of Constitutional Regularity: Ten Years After the
Constitutional Reform on Human Rights. Theoretical Implications
and Practical Limitations
Armando Ramón MATA MIRANDA*
DOI: https://doi.org/ 10.15174/cj.v12i23.435
Para Armando Báawe Mata,
Porque tú eres toda mi alegría, la razón
y el motivo de mí vivir. Gracias, hijo.
“La razón, significa la absoluta aniquilación
del mundo del sentido común”.
F. Hegel
Sumario:
I. Nota introductoria II. Parámetro de regularidad constitucional: aproximaciones
III. Consideraciones teóricas y prácticas IV. Sentencia varios 293/2011 ¿conflicto o principio de
especialidad constitucional? V. Giro a babor: Onceava época VI. Corolario VII. Biblio-hemerografía
Resumen: Han transcurrido 10 años desde aquella paradigmática reforma constitucional en
derechos humanos, que dio lugar a una gran diversidad de consecuencias interpretativas,
constitucionales y normativas. Entre ellas, se conformó una egida protectora de derechos
humanos: el parámetro de regularidad constitucional. En contraste, otro aspecto de este
legado nos remite necesariamente a la sentencia varios 293/2011, en la que se privilegió el
aspecto restrictivo a los derechos humanos cuando la Constitución así lo determina, frente a
una protección más amplia dispuesta en tratados internacionales. Se trata de una peculiaridad
propia del complejo marco constitucional, que implica algunos aspectos teóricos y ciertas
* Maestro en Justicia Constitucional por la División de Derecho, Política y Gobierno de la
Universidad de Guanajuato y doctorando en el programa del Doctorado Interinstitucional en
Derechos Humanos por la misma Institución. ORCID: 0000-0002-6364-057X. Contacto:
armatamiranda@gmail.com
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Ciencia Jurídica, Vol. 12, Núm. 23, enero-junio 2023
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limitaciones prácticas que merecen ser analizadas, y que pretendemos dilucidar en el
desarrollo del presente trabajo.
Palabras clave: Reforma de junio del 2011; parámetro de regularidad; restricciones a derechos
humanos; principio de especialidad constitucional; reforma judicial.
Abstract: Ten years have passed since that paradigmatic constitutional reform on human
rights. Which resulted in a great diversity of interpretative, constitutional, and normative
consequences. Among them, an aegis for the protection of human rights was established: the
parameter of constitutional regularity. In contrast, another aspect of this legacy, necessarily
refers us to the various sentence 293/2011, a ruling in which the restrictive aspect of human
rights was privileged, when the Constitution so determines, compared to a broader protection
provided in international treaties. Peculiarity of the complex constitutional framework. This
implies some theoretical aspects and certain practical limitations that deserve to be analyzed,
and that in the development of this work we intend to elucidate.
Keywords: Reform of June 2011; Parameter of Regularity; Restrictions on Human Rights;
Principle of Constitutional Specialty; Judicial Reform.
I. Nota introductoria
La constitucionalización de los derechos humanos en la reforma de junio de 2011 marcó
un hito en la historia del derecho en México, pero desde entonces se han presentado
algunos desafíos. Uno de estos desafíos es el parámetro de regularidad constitucional,
que se ha erigido como una herramienta no solo interpretativa, sino también
prescriptiva. Esto tiene implicaciones en una variedad de circunstancias que han
generado controversias tanto teóricas como prácticas.
Dentro de este contexto, es importante considerar la conocida contradicción de tesis
293/2011, ya que esta sentencia pone en duda muchos de los alcances de la reforma en
materia de derechos humanos. A través de este criterio se cuestiona no solo la jerarquía
de una categoría de derechos, sino que se otorga preeminencia a un criterio restrictivo de
derechos humanos. Esto ha generado inconsistencias y falta de coherencia en el
ordenamiento constitucional, ya que se encuentra el sentido protector e
internacionalista de derechos humanos, por un lado, y por otro un aspecto restrictivo.
Este conflicto es contrario al espíritu que el permanente constituyente pretendía con la
reforma de junio de 2011, y entre sus consecuencias más palpables se ha vulnerado no
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Armando Ramón Mata Miranda
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solo el sentido del texto, sino los principios y valores que destacan el efecto inhibitorio
hacia el principio pro personae.
En el desarrollo de este trabajo, pretendemos dilucidar algunas cuestiones derivadas
de la reforma, precisamente ante la contradicción jurisprudencial 293/2011. Esto con el
objetivo de romper con este enredo normativo e interpretativo anudado en el complejo
sistema jurídico mexicano. Para tal fin, procederemos de la siguiente manera: en la
primera parte (I, infra), examinaremos diversos elementos generales de la reforma;
asimismo, dentro del segundo y tercer apartado (II y III, infra), abordaremos algunas
cuestiones fundamentales del parámetro, desarrollando algunos puntos teóricos y otros
prácticos; posteriormente, analizaremos de manera sistemática y normativa la
contradicción de tesis 293/2011 (IV, infra), donde expondremos algunas razones que
explican dicha problemática, asimismo, analizaremos un concepto a manera de
propuesta, el principio de especialidad constitucional, cuyo a análisis pretende contribuir
a superar este impasse normativo inmerso en el ordenamiento constitucional; en seguida,
por medio de un ejercicio de derecho comparado, analizaremos algunas expectativas
normativas a propósito de la reforma judicial de marzo del 2021 (V, infra), esbozando
algunas pinceladas sobre esta cuestión; finalmente, en el apartado de conclusiones (VI,
infra), expondremos algunos hallazgos encontrados en el estudio propuesto, los cuales
se encuentran direccionados a reflexionar, sobre una de las posibles rutas que nos
permitan acercarnos o aproximarnos a una teoría y práctica constitucional más
consistente y coherente con el ordenamiento, bajo su mejor luz: los derechos humanos.
Es importante destacar que no se trata de corregir esta problemática desde una visión
unilateral del derecho, sino de encontrar el camino que permita corregir el rumbo con
las herramientas normativas e interpretativas que se encuentran a nuestro alcance.
Particularmente, con los mecanismos que el propio ordenamiento dispone, como el
parámetro de regularidad constitucional, aunque limitados por la sombra del
formalismo judicial. Finalmente, en un Estado democrático se integran límites al
ejercicio de los derechos humanos, pero es cuestionable que dentro de un Estado
constitucional se otorgue primacía a una interpretación restrictiva de derechos
humanos. Por consiguiente, se busca contribuir a cambiar esta perspectiva,
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