Pagarán diferencia de tarifa a América Móvil

CIUDAD DE MÉXICO, junio 23 (EL UNIVERSAL).- La resolución de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) implica que Telefónica México y probablemente el resto de empresas de telefonía fija y móvil deben pagar a América Móvil una tarifa de interconexión distinta a la decidida por el regulador para 2015.

La tarifa de interconexión es el costo que paga una empresa de telefonía fija o móvil a otra compañía para que las llamadas de sus clientes se enlacen a la red de otras empresas, a fin de concretar la comunicación.

Este miércoles, la Corte resolvió que se mantienen los cobros de tarifas de interconexión como indica la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, al decidir que el segundo párrafo del artículo vigésimo de la ley es constitucional.

"Para efectos de lo dispuesto en el inciso b) del artículo 131 de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, y hasta en tanto los concesionarios a que se refiere ese inciso no acuerden las tarifas de interconexión correspondientes o, en su caso, el instituto no resuelva cualquier disputa respecto de dichas tarifas, seguirán en vigor las que actualmente aplican, salvo tratándose del agente económico al que se refiere el párrafo segundo del artículo 131 de la ley en cita, al que le será aplicable el inciso a) del mismo artículo", dice.

Sin embargo, dio la razón a América Móvil y le otorgó el amparo en cuanto a que el Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) debió asignar una misma tarifa de interconexión entre América Móvil y Telefónica México aplicable a 2015 y no sólo al periodo de agosto a diciembre de ese año.

A mediados de 2015, el regulador decidió que Telcel debía pagar a Telefónica México una tarifa de 0.3094 pesos para el periodo de agosto a diciembre de 2015, ante lo...

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