Acuerdo mediante el cual se modifica la fracción II del artículo segundo de la autorización otorgada a Paccar Arrendadora Financiera, S.A. de C.V., Organización Auxiliar del Crédito, por aumento de capital

Fecha de disposición01 Noviembre 2002
Fecha de publicación01 Noviembre 2002
EmisorSECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
SecciónPRIMERA. Poder Ejecutivo

ACUERDO mediante el cual se modifica la fracción II del artículo segundo de la autorización otorgada a Paccar Arrendadora Financiera, S.A. de C.V., Organización Auxiliar del Crédito, por aumento de capital.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.- Subsecretaría de Hacienda y Crédito Público.- Dirección General de Seguros y Valores.- Dirección de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito.- 366-I-B-2736.- 723.1/316438.

AUTORIZACIONES A ORGANIZACIONES AUXILIARES DEL CREDITO.- Se modifica la otorgada a esa sociedad por aumento de capital.

Paccar Arrendadora Financiera, S.A. de C.V. Organización Auxiliar del Crédito Km. 10.5 carretera a San Luis R.C. Apdo. Postal 3-739 21100, Mexicali, B.C.

Esa sociedad con el objeto de acreditar el cumplimiento al numeral tercero del Acuerdo por el que se establecen los capitales mínimos pagados con que deberán contar los almacenes generales de depósito, las arrendadoras financieras, uniones de crédito, empresas de factoraje financiero y casas de cambio, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 2 de mayo de 2001, remitió el primer testimonio de la escritura pública número 4,262 de fecha 17 de abril de 2002, otorgada ante la fe del Notario Público número 14, licenciado Arturo López Corella, con ejercicio en Mexicali, B.C., misma que contiene la protocolización de las resoluciones adoptadas por unanimidad de sus accionistas de fecha 31 de diciembre de 2001, en las que acordaron aumentar su capital fijo sin derecho a retiro, totalmente suscrito y pagado de $21 671,000.00 (veintiún millones seiscientos setenta y un mil pesos 00/100 M.N.) a $31 454,580.00 (treinta y un millones cuatrocientos cincuenta y cuatro mil quinientos ochenta pesos 00/100 M.N.), modificando al efecto el artículo séptimo de sus estatutos sociales, por lo que esta Secretaría con base en el artículo 6o. fracción XXII de su Reglamento Interior y con fundamento en los artículos 5o. y 45 Bis 3 de la Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito, ha resuelto dictar el siguiente:

ACUERDO

Se...

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