Extracto de la modificación del Permiso de Distribución de Gas Natural G/042/DIS/98 para otorgarle a Consorcio Mexi-Gas, S.A. de C.V., los derechos necesarios para prestar el servicio de distribución de gas natural en la zona geográfica del Valle Cuautitlán-Texcoco-Hidalgo

Fecha de disposición07 Febrero 2006
Fecha de publicación07 Febrero 2006
EmisorCOMISION REGULADORA DE ENERGIA
SecciónPRIMERA. Organismos Descentralizados Y/o Desconcentrados

EXTRACTO de la modificación del Permiso de Distribución de Gas Natural G/042/DIS/98 para otorgarle a Consorcio Mexi-Gas, S.A. de C.V., los derechos necesarios para prestar el servicio de distribución de gas natural en la zona geográfica del Valle Cuautitlán-Texcoco-Hidalgo.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Comisión Reguladora de Energía.- Secretaría Ejecutiva.- SE/0188/2006.

Asunto: Se comunica la modificación del Permiso de Distribución de Gas Natural G/042/DIS/98 para otorgarle a Consorcio Mexi-Gas, S.A. de C.V., los derechos necesarios para prestar el servicio de distribución de gas natural en la Zona Geográfica del Valle Cuautitlán-Texcoco-Hidalgo.

Al público en general:

En cumplimiento con lo establecido por el Resolutivo Primero de la Resolución número RES/343/2005, la Comisión Reguladora de Energía (la Comisión) hace del conocimiento general que el 11 de noviembre de 2005, resolvió modificar el Anexo 1 del Permiso de Distribución de Gas Natural número G/042/DIS/98 para otorgarle a Consorcio Mexi-Gas, S.A. de C.V. (Mexi-Gas), los derechos necesarios para prestar el servicio de distribución de gas natural en la Zona Geográfica del Valle Cuautitlán-Texcoco-Hidalgo, en términos de la Resolución número RES/342/2005, por la que se modificó la denominación y los límites de la Zona Geográfica en comento, misma que fue publicada en el Diario Oficial de la Federación de fecha 22 de diciembre de 2005.

De esta forma, adicionalmente a los municipios establecidos en la Resolución número RES/064/97, Mexi-Gas podrá prestar también el servicio de distribución de gas natural en los municipios de Apaxco, Axapusco, Coyotepec, Huehuetoca, Hueypoxtla, Nopaltepec, Temascalapa y Teotihuacan en el Estado de México, así como los municipios de Actopan, Atotonilco de Tula, Epazoyucan, Mineral de la Reforma, Pachuca de Soto, San Agustín Tlaxiaca, Tepeapulco, Tepeji del Río de Ocampo, Tula de Allende, Zapotlán de Juárez y Zempoala en el Estado de Hidalgo.

Lo anterior, para todos los efectos legales a que haya lugar y con fundamento en los artículos 4 segundo párrafo, 14 fracciones I y VI y 16 de la Ley Reglamentaria del artículo 27 Constitucional en el Ramo del Petróleo; 1, 2 fracción VII, 3 fracciones XII, XIV, XVI y XXII, 4 y 11 de la Ley de la Comisión Reguladora de Energía; 1, 3, 4, 12, 13...

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