Aviso mediante el cual se da a conocer al público en general el otorgamiento de permiso de transporte de gas natural número G/227/TRA/2008 a Fermaca Pipeline del Pacífico, S.A. de C.V.

Fecha de disposición15 Junio 2009
Fecha de publicación15 Junio 2009
EmisorCOMISION REGULADORA DE ENERGIA
SecciónPRIMERA. Organismos Descentralizados Y/o Desconcentrados

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Comisión Reguladora de Energía.- Secretaría Ejecutiva.- SE/DGGN/954/2009. Al público en general:

Asunto: Se comunica el otorgamiento del Permiso de Transporte de Gas Natural número G/227/TRA/2008 a Fermaca Pipeline del Pacífico, S.A. de C.V.

En cumplimiento con lo establecido por el Resolutivo Décimo de la Resolución número RES/398/2008, la Comisión Reguladora de Energía (la Comisión) hace del conocimiento general que el 27 de noviembre de 2008 resolvió otorgar a Fermaca Pipeline del Pacífico, S.A. de C.V., en los términos indicados en la Resolución antes citada, el Permiso de Transporte de Gas Natural G/227/TRA/2008 (el Permiso). El domicilio señalado para oír y recibir notificaciones indicado por Fermaca Pipeline del Pacífico, S.A. de C.V., para efectos del Permiso, es el ubicado en Pedro Luis Ogazón 59-A, colonia Guadalupe Inn, código postal 01020, México, Distrito Federal.

El objeto del Permiso consiste en que Fermaca Pipeline del Pacífico, S.A. de C.V., lleve a cabo el diseño, construcción, operación y mantenimiento de un sistema de transporte de gas natural de 914 mm (36 pulgadas) de diámetro nominal, el cual tendrá una longitud de 303.647 kilómetros, desde su punto de origen ubicado en la interconexión con las instalaciones de entrega de la terminal de gas natural licuado, ubicadas en el sitio denominado El Tepalcate, en el Municipio de Manzanillo, Colima, hasta el punto de destino ubicado en la interconexión con el ducto de 36 pulgadas del Sistema Nacional de Gasoductos de Pemex-Gas y Petroquímica Básica, localizado entre la terminal de almacenamiento El Castillo y la terminal de distribución El Salto, en el Municipio de El Salto, Jalisco.

Fermaca Pipeline del Pacífico, S.A. de C.V., deberá presentar a la Comisión los valores definitivos de los conceptos del requerimiento de ingresos y las tarifas máximas iniciales para su aprobación una vez que cuente con la información técnica y de costos suficiente con la que realizará la ingeniería de detalle, procura y construcción de su sistema.

El incumplimiento en la entrega de los valores definitivos a que se refiere el párrafo anterior implicará la inexistencia de tarifas máximas iniciales para la prestación del servicio de transporte, y dará lugar, en su caso, a la falta de ejercicio de los derechos que el permiso otorga.

El Permiso tendrá una vigencia de 30 años contada a partir de la...

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