Decreto que establece las disposiciones para el otorgamiento de aguinaldo o gratificación de fin de año, correspondiente al ejercicio fiscal de 2008

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EmisorSecretaría de Hacienda y Crédito Publico

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia de la República. FELIPE DE JESÚS CALDERÓN HINOJOSA, Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, en ejercicio de la facultad que me confiere la fracción I del artÃculo 89 de la Constitución PolÃtica de los Estados Unidos Mexicanos, con fundamento en los artÃculos 42 bis de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, Reglamentaria del Apartado B) del ArtÃculo 123 Constitucional y 31 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, y

CONSIDERANDO

Que de acuerdo con el artÃculo 42 bis de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, Reglamentaria del Apartado B) del ArtÃculo 123 Constitucional, los servidores públicos cuya relación jurÃdica de trabajo se regula por dicha Ley tienen derecho a un aguinaldo anual del que se deberá pagar un 50 por ciento antes del 15 de diciembre y el otro 50 por ciento a más tardar el 15 de enero, y que será equivalente a 40 dÃas de salario cuando menos, sin deducción alguna;

Que el Ejecutivo Federal a mi cargo ha decidido participar de una gratificación de fin de año al personal civil de confianza, al personal del Servicio Exterior Mexicano y el asimilado a éste y al personal militar en activo, asà como hacer extensivo dicho beneficio a las personas fÃsicas que prestan sus servicios mediante contrato de honorarios en las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal;

Que de igual manera, la gratificación de fin de año incluye a las personas que reciban haberes de retiro, pensión militar, pensión civil y pensión de gracia, asà como a los deudos de dichas personas a quienes se les haya otorgado una pensión del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado o con cargo al erario federal;

Que el otorgamiento del aguinaldo o gratificación de fin de año tiene su sustento en principios de justicia y de equidad, y

Que corresponde al Ejecutivo Federal, en el marco de sus atribuciones, dictar las normas y el procedimiento que se deba aplicar para el pago del aguinaldo o gratificación de fin de año, he tenido a bien expedir el siguiente

DECRETO

Del objeto y ámbito de aplicación institucional

ArtÃculo Primero.- El presente Decreto tiene por objeto establecer las disposiciones para el otorgamiento de aguinaldo o gratificación de fin de año, correspondiente al ejercicio fiscal de 2008, que efectúen:

  1. Las dependencias de la Administración Pública Federal, incluyendo a sus órganos administrativos desconcentrados, la ConsejerÃa JurÃdica del Ejecutivo Federal, la Presidencia de la República, la ProcuradurÃa General de la República y los tribunales administrativos. Para los efectos...

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