Respuesta a los comentarios al Proyecto de Norma Oficial Mexicana PROY-NOM-151-SSA1-1996, Que establece las especificaciones sanitarias de las bolsas para ostomía (colostomía, ileostomía, urostomía y drenaje), publicado el 21 de enero de 1999

Fecha de disposición21 Enero 1999
Fecha de publicación06 Septiembre 2000
EmisorSECRETARIA DE SALUD
SecciónPRIMERA. Poder Ejecutivo

RESPUESTA a los comentarios al Proyecto de Norma Oficial Mexicana PROY-NOM-151-SSA1-1996, Que establece las especificaciones sanitarias de las bolsas para ostomía (colostomía, ileostomía, urostomía y drenaje), publicado el 21 de enero de 1999.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Salud.

RESPUESTA A LOS COMENTARIOS AL PROYECTO DE NORMA OFICIAL MEXICANA PROY-NOM-151-SSA1-1996, QUE ESTABLECE LAS ESPECIFICACIONES SANITARIAS DE LAS BOLSAS PARA OSTOMIA (COLOSTOMIA, ILEOSTOMIA, UROSTOMIA Y DRENAJE), PUBLICADO EL 21 DE ENERO DE 1999.

La Dirección General de Insumos para la Salud, por acuerdo del Comité Consultivo Nacional de Normalización de Regulación y Fomento Sanitario, con fundamento en los artículos 39 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 47 fracción III de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización; 10 fracción XII, y 20 fracción III del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud, ordena la publicación de la Respuesta a los Comentarios al Proyecto de Norma Oficial Mexicana NOM-151-SSA1-1996, Que establece las especificaciones sanitarias de las bolsas para ostomía (colostomía, ileostomía, urostomía y drenaje).

PROMOVENTE: RESPUESTA:
Unidad de Control Técnico de Insumos, I.M.S.S. En el numeral 3.1.4, se sugiere eliminar la descripción de la Bolsa para ostomía. La propuesta NO SE ACEPTA, pues es necesaria para la correcta aplicación de los métodos de prueba, y en general para la comprensión de esta norma.
Unidad de Control Técnico de Insumos, I.M.S.S. En el numeral 3.1.12, se sugiere cambiar el texto Sistemas de dos piezas, al sistema formado por dos o más piezas... por Sistema de dos piezas al sistema formado por dos piezas... . La propuesta NO SE ACEPTA, pues bajo esta denominación existen productos de más de dos piezas.
Unidad de Control Técnico de Insumos, I.M.S.S. En el numeral 3.2, se sugiere de cambiar la expresión ISO The International... por ISO International... . SE ACEPTA.
Unidad de Control Técnico de Insumos, I.M.S.S. En el numeral 4, se sugiere modificar la redacción para que la Clasificación se ajuste con las claves y descripciones existentes en el Cuadro Básico. La propuesta NO SE ACEPTA, porque la clasificación debe ser más amplia.
Unidad de Control Técnico de Insumos, I.M.S.S. En el numeral 5. Especificaciones, se sugiere adicionar las especificaciones y Métodos de Prueba para: Dimensiones, Prueba Intracutánea, Inyección Sistémica, Metales Pesados, Irritabilidad en piel del adhesivo, Capacidad Nominal, que el grupo de trabajo elaborará. (El numeral 5 Especificaciones cambia a 6. Especificaciones al incluirse el numeral de Clasificación). SE ACEPTA.
Unidad de Control Técnico de Insumos, I.M.S.S. En el numeral 6.1 Muestreo , se sugiere modificar el texto que dice Se recomienda el uso de la Norma NMX-Z-012-1987, Muestreo para la Inspección por Atributos (11.11) . Ajustando la secuencia de los numerales el texto queda como a continuación se describe: 7.1. Selección de la muestra. Para efectos de muestreo e inspección aplicar la Norma NMX-Z-012-1987. Muestreo para la Inspección por Atributos, conservando invioladas las muestras que presenten defectos . SE ACEPTA.
Unidad de Control Técnico de Insumos, I.M.S.S. En el numeral 6.2, se sugiere modificar el texto, y ajustando la secuencia de los numerales, el texto queda como a continuación se describe: 7.2. Clasificación de defectos. 7.2.1. Defectos críticos: 7.2.1.1. Envase primario, deteriorado, o roto. 7.2.1.2. Número de lote ausente, o ilegible en envase primario.
7.2.1.3. Falta de fecha de fabricación si no está implícita en el lote. 7.2.1.4. Envase primario diferente al especificado. 7.2.1.5. Falta de marca o logotipo, razón social y domicilio comercial del fabricante en el envase primario. 7.2.1.6. Falta de nombre y domicilio comercial del distribuidor mayorista o importador en caso de productos de importación en envase primario. 7.2.1.7. Falta de instrucciones de uso en envase primario.
7.2.1.8. Fecha de caducidad ausente, equivocada o ilegible en empaque primario. 7.2.1.9. Material extraño dentro del equipo. 7.2.1.10. Piezas rotas. 7.2.1.11. Piezas faltantes. 7.2.1.12. Piezas desensambladas (cuando proceda). 7.2.1.13. Ausencia de datos o leyendas en idioma español.
7.2.1.14. Ausencia total o ilegible del nombre genérico del producto. 7.2.1.15. Datos de un producto diferente en envase primario. 7.2.2. Defectos mayores: 7.2.2.1. Envase primario sucio, manchado o deteriorado. 7.2.2.2. Si está ausente o ilegible el registro otorgado por la SSA. 7.2.2.3. Material extraño dentro del envase primario.
7.2.2.4. No cumplir con otros requisitos de etiquetado indicados en la legislación aplicable. 7.2.2.5. Falta de marca o logotipo, razón social y domicilio comercial del fabricante en embalaje. 7.2.2.6. Falta de nombre y domicilio comercial del distribuidor mayorista o importador en caso de productos de importación, en embalaje.
7.2.3. Defectos menores: 7.2.3.1. Si está ilegible o ausente el dato de país de origen en envase primario. 7.2.3.2. Si está borroso pero legible alguno de los datos o leyendas mencionadas en defectos críticos o mayores. 7.2.3.3. Etiquetas rotas, desgarradas o mojadas, pero con información legible y completa en envase primario. 7.3. Criterios de Aceptación y Rechazo.
Tipo de defecto NCA
Crítico 1,0
Mayor 2,5
Menor 6,5
Unidad de Control Técnico de Insumos, I.M.S.S. SE ACEPTA. En el numeral 7, se sugiere adicionar un subnumeral para la selección de la muestra, y ajustando la secuencia de los numerales, el texto queda como a continuación se describe: 8.1. Selección de la Muestra Para pruebas de laboratorio, seleccionar al azar el mínimo de muestras requerido proveniente de un mismo lote . SE ACEPTA.
Unidad de Control Técnico de Insumos, I.M.S.S. En el numeral 7.1.2, se sugiere cambiar el texto ... adherirse entre sí mismas... por ... adherirse entre sí mismas o con el adhesivo... . Ajustando la secuencia de los numerales, el texto queda como a continuación se describe: 8.2.2. Interpretación.
El acabado en la bolsa para ostomía debe estar libre de deformaciones, burbujas, oquedades, rebabas, rugosidades, roturas, piezas desensambladas (cuando proceda), material infusible, fisuras, material extraño, bordes filosos y nódulos. El adhesivo debe estar distribuido uniformemente y libre de grumos. Las paredes internas de la bolsa no deben adherirse entre sí mismas o con el adhesivo, en el caso de productos del sistema de dos piezas, no deben faltar componentes . SE ACEPTA.
Unidad de Control Técnico de Insumos, I.M.S.S. En el numeral 7.2, se sugiere que el volumen para efectuar las pruebas debe aparecer también en el numeral 5. Especificaciones . La propuesta NO SE ACEPTA, pues se aceptó eliminar esta prueba por parte del grupo de trabajo.
Unidad de Control Técnico de Insumos, I.M.S.S. En los numerales 7.3, 7.4, 7.5 y 7.8 correspondientes a escurrimientos en las bolsas sin pestañas, con pestaña, retención del mecanismo de cierre y permeabilidad al olor, respectivamente, se sugiere incluir procedimientos validados. SE ACEPTA, en el entendido que los métodos sugeridos por el grupo de trabajo son adecuados para los productos.
Unidad de Control Técnico de Insumos, I.M.S.S. En el numeral 7.7, se sugiere modificar la redacción Plástico grado médico por Tipo de plástico . La propuesta NO SE ACEPTA, pues el grupo de trabajo decidió eliminar esta prueba.
Unidad de Control Técnico de Insumos, I.M.S.S. En el numeral 7.10, se sugiere adicionar los siguientes requerimientos al texto: - Nombre y Marca del Producto. - Lote de Prueba. - Resultado de la Prueba. - Cualquier incidente que pueda influir en el resultado de la prueba. - Nombre del analista responsable que efectuó la prueba . SE ACEPTA, en consecuencia al ordenar la numeración, el numeral 7.10 quedó incluido en el numeral 8.
Unidad de Control Técnico de Insumos, I.M.S.S. En el numeral 7.10.2, se hace referencia a un numeral 5.4. que no existe. SE ACEPTA la sugerencia de arreglar la referencia. Debido al reajuste de la numeración, el texto queda comprendido en el numeral 8, que dice: 8. Métodos de prueba Los instrumentos y equipos de medición ...(etc)... - Identificación de las muestras según se describe en el numeral 5 de esta norma. - Lugar y fecha... (etc) .
Unidad de Control Técnico de Insumos, I.M.S.S. En el numeral 8.2, se sugiere modificar el texto, y ajustando la secuencia de los numerales, el texto queda como a continuación se describe: 9.2. Envasado. El envasado del producto, además de cumplir con lo establecido en el Reglamento de Insumos para la Salud, debe proteger al producto y resistir las condiciones de manejo, transporte y almacenamiento en los diferentes climas del país. El tipo y la calidad del envase primario y embalaje son responsabilidad del proveedor . SE ACEPTA.
Unidad de Control Técnico de Insumos, I.M.S.S. En el numeral 8.2.2, se sugiere adicionar el texto Atóxico; Fecha de fabricación (puede estar implícita en el número de Lote); Instrucciones de uso. Ajustando la secuencia de los numerales, el texto queda como a continuación se describe: 9.2.4. Etiqueta. El envase primario debe tener impresos, adheridos o adicionados en una etiqueta, además de lo indicado en el Reglamento de Insumos para la Salud, los siguientes datos en idioma español, en forma legible e indeleble:
9.2.4.1. Marca o Logotipo, razón social y domicilio del fabricante y, en su caso, importador y distribuidor. 9.2.4.2.Nombre genérico o comercial del producto. 9.2.4.3. Número de lote. 9.2.4.4. Fecha de caducidad. 9.2.4.5. Número de registro otorgado por la SSA. 9.2.4.6. País de origen o leyenda Hecho en México .
9.2.4.7. Número de catálogo del fabricante. 9.2.4.8. Domicilio del Fabricante. 9.2.4.9. Nombre y domicilio del Distribuidor. 9.2.4.10. Número de piezas que contiene el envase. 9.2.4.11. Instrucciones de conservación. 9.2.4.12. Producto atóxico.
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